Páginas

miércoles, 5 de enero de 2022

RÍO NEGRO: "NO SE CUESTIONA A LOS JURADOS", dijo el Tribunal de Impugnación al ratificar una condena

Massetta padre e hijo

El Tribunal de Impugnación de la provincia de Río Negro rechazó las apelaciones de Víctor y César Massetta, condenados luego de un veredicto de culpabilidad surgido de un juicio por jurados por homicidio y otros delitos en el marco de un homicidio ocurrido en Sierra Grande. 

Fue un caso muy sonado, que llegó incluso a las primeras planas de los diarios nacionales (Fueron a la comisaría y entregaron el cadáver "a la rastra". CULPABLES en el primer juicio por jurados de Viedma).

Oportunamente Víctor Edgardo Massetta fue condenado a la pena de 11 años y 6 meses de prisión por los delitos de homicidio simple agravado por el empleo de arma de fuego y abuso de armas en concurso real y Cesar Alejandro Massetta a la pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva, accesorias legales y costas, por los delitos de lesiones leves agravadas por el empleo de arma de fuego y abuso de armas en concurso real.

Alegaron de todo en la revisión: que el veredicto era arbitrario, que no se condecía con las pruebas, que los delitos menores incluidos estaban mal incluidos, etc.

Los jueces del TI Carlos Mohamed Mussi, Miguel Ángel Cardella y María Rita Custet Llambí desestimaron la demanda, respondieron punto por punto con gran nivel y ratificaron el veredicto del jurado. 


Jueza Rita Custet Llambí


DESCARGUE FALLO 
(AQUÍ)


Explicaron que "Al momento de realizar la revisión conforme a los puntos de agravios y sus respuestas  por parte de la acusación, se puede concluir que el jurado ha sido debidamente instruido y pudo llegar razonablemente a ese veredicto".

"Las partes han alegado y, el jurado, en su deliberación (de acuerdo a las instrucciones) tomó una decisión que en su unanimidad es la más razonable en cuanto a la información probatoria que le presentaron la Acusación y la Defensa". 

"Por eso se puede concluir que los agravios expuestos no son más que un análisis sesgado de la prueba y evita las referencias a las posibles inferencias que pudo desarrollar el Jurado, sostuvieron los jueces.


Juez Miguel Angel Cardella

Para los magistrados, “el esfuerzo en la labor del defensor se destaca en pretender que este cuerpo realice una nueva ponderación de las pruebas para arribar a una conclusión distinta del jurado. El desarrollo de las pruebas que el defensor señaló en la audiencia ya ha sido ponderado por el jurado”.

Por ese motivo, “se advierte sin mayor esfuerzo la claridad de la expresión de las instrucciones brindadas al jurado, que las propias defensas pudieron incluso controlar, y sobre esta base es que el jurado popular concluye en relación a la responsabilidad de Cesar Massetta”.


Juez Mohamed Mussi

Finalmente, al pedido de que la condena del jurado era arbitraria, el TI le cayó con todo:

"Como ya lo ha venido sosteniendo este cuerpo, ante la falta de demostración de la irrazonabilidad de tal decisión por parte de la defensa, no corresponde a este Tribunal realizar la labor que el jurado ya realizó en el marco de un procedimiento que se ha ajustado a derecho. 

"En función de ello, cabe rechazar los agravios expuestos por la defensa, en tanto solo exponen -a partir de una mirada diferenciada sobre las pruebas producidas- su disconformidad con lo resuelto por el jurado pero, reitero, no demuestra la irracionalidad del veredicto de dicho cuerpo popular".

Notas relacionadas:

- Diario Judicial (3/1/22): "No se cuestiona a los jurados" (ver)