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AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 7 de agosto de 2020

Amplia repercusión periodística tras el cuarto juicio por jurados de San Rafael, Mendoza

El sorprendente juicio por jurado en el sur mendocino


Así tituló su nota en el Sitio Andino el reconocido periodista Cristian Pérez Barceló, nominado al Premio Martín Fierro 2019 por su labor en temas judiciales en su programa "Curiosos del Poder".

El periodista sanrafaelino siguió el debate contra el policía Acuña y quedó tan impactado con la labor del jurado, que decidió escribir un artículo que retrata de un modo único lo que significan sus veredictos (El jurado condenó al policía que mató a su esposa).

La nota no tiene desperdicio y la reproducimos en su totalidad:

"Un juicio popular vio lo que no se detuvieron a mirar con detenimiento los representantes de las partes, ni los periodistas que asistieron al debate: un policía mató a su mujer en circunstancias extraordinarias de atenuación con un disparo de su arma reglamentaria, por lo que no merecía la cadena perpetua y terminará purgando una pena de 15 años. 

Víctor Hugo Acuña discutió el 15 de abril minutos antes del mediodía con su esposa, y en esa discusión manipuló un arma de fuego, con la que amagó un intento de suicidio, según contó, pero con la que finalmente disparó dos tiros, uno de los cuales lo hirió en su mano izquierda y el otro mató a Lorena. 

Nuevamente el juego, la salida con los amigos, las llegadas en la madrugada motivaron un desencuentro como tantos otros, aunque todos los testigos señalaron que solían resolverlos conversando hasta "en voz baja". 

El policía Acuña

La presencia de hermanos por parte del padre de la víctima convencidos de que esto no había sido un accidente, nunca pudo, sin embargo abonar la teoría de una vida de violencia intrafamiliar, ni mucho menos de violencia de género, algo que siempre descartó el Ministerio Público Fiscal.

Sólo restaba saber si Hugo había querido matar a Lorena, si esos problemas eran motivo suficiente para semejante decisión. Pero el papá de la víctima, la hermana Romina, el esposo de esta, entre otros familiares, no creían que Acuña quisiera matarla y estaban convencidos de que esa mañana sólo hubo un accidente fatal. 

"Si la misma hermana de Lorena nos dijo que dejaba a su hija de 10 años al cuidado de Hugo", recordó en sus alegatos el defensor oficial, Jorge Luque, quien dio las bases quizá a lo que se puede interpretar como las circunsancias extraordinarias vividas al momento del crimen. 

El relato de una vida amorosa desde que se pusieron de novios, tuvo como único hecho distinto, este episodio criminal. Quizá todo eso, más el hecho de que las manchas hemáticas en el suelo marcaban dos regueros paralelos, por la sangre de la víctima y del propio victimario, por la herida en su mano producto del primero disparo, lo muestran intentando auxiliarla inmediatamente, porque así señalan esas huellas hasta la puerta, donde Lorena se desvanece. 

Hugo desesperadamente intenta ayudarla, busca su auto en el garage, con la colaboración de una vecina la sube para llevarla al hospital, luego del infructuoso llamado al 911 reclamando una ambulancia urgente, en evidente estado de shock, al punto de que ni su propia dirección podía precisar. Los fiscales dijeron que Acuña provocó el disparo letal. 

La defensa dijo que hubo un forcejeo. Los acusadores se apoyaron en un perito que con barrido electrónico en las prendas, dijo que el disparo se dio a un metro y medio de distancia. El representante de Hugo se apoyó en el jefe de criminalística que estuvo en el lugar, hizo medidas y concluyó que allí hubo un forcejeo y en con ese marco, se dieron los disparos de forma más cercana.

Una dialéctica pericial que, parece ser, no quitó al jurado la idea central de que si bien Acuña fue el autor del crimen, este se dio por circunstancias especiales, no queridas. Una muerte no deseada, aunque provocada. Los agravantes eran evidentes. 

Los dos estaban casados, había vínculo. Y nunca se cuestionó el arma. Pero se ve que primó la idea de que elementos especiales rodearon este hecho y por ello, no se le puede endilgar la responsabilidad plena como para caer en una condena a cadena perpetua. Al llegar al veredicto en forma unánime los 12 jurados, sólo quedaba ver qué pena le iba a dar la jueza Laigle. Tenía una escala de 8 a 25 años. Optó por quince. 

La familia Segura, seguirá dividida, quizá por un tiempo, pero se notó alivio incluso entre quienes estaban convencidos de que esto no fue un accidente. Los juicios por jurado vuelven a impactar. El cuarto realizado en el sur provincial concluyó en forma sorprendente, pero no por ello de manera injusta. Quizá la sabiduría popular sirva para conciliar a la sociedad con la idea de Justicia."


Punto final para una nota que es un hallazgo periodístico, en línea con lo que sostuvo la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su ya célebre fallo "Canales": el juicio por jurados es generador de ciudadanía.

Leer noticias aquÍ:

- Sitio Andino (7/08/20): "El sorprendente juicio por jurado en el sur mendocino" (ver)