Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
El jurado popular declaró esta noche de viernes culpable por unanimidad a Amanda Alves Ferreira del homicidio de su amiga y subrogante de vientre Eduarda Santos de Oliveira, que ocurrió la madrugada del 16 de febrero del año pasado en la zona de Circuito Chico, en las afueras de Bariloche.
Los doce jurados populares concluyeron que la fiscalía probó que Alves Ferreira fue el autor de un homicidio agravado por el uso de arma de fuego y cometido con alevosía. Sin embargo, entendieron que la fiscalía no demostró que se trató de un femicidio. Por eso, excluyeron ese agravante.
En consecuencia, se impuso parcialmente la teoría de la defensa que alegó que Amanda ya se autopercibía mujer cuando mató a la joven brasileña. Para la fiscalía, era una estrategia “para zafar” del agravante del femicidio.
EL VEREDICTO
El fiscal jefe Martín Lozada recordó que cuando había empezado la investigación se identificó como Fernando Alves Ferreira. De hecho, en la audiencia de formulación de cargos que se hizo dos días después del crimen dio esos datos al juez. El fiscal advirtió a los jurados que recién comunicó diez meses después del homicidio que se autopercibía mujer. Pero no logró convencer a los jurados.
Tampoco los defensores oficiales Nelson Vigueras y Mónica Goye convencieron al jurado con su pedido de declararla no culpable por inimputabilidad. Sostuvieron que al momento del crimen la imputada tuvo un trastorno mental transitorio que le impidió comprender y dirigir sus acciones.
En realidad, observadores del juicio sostuvieron que los jurados descartaron el femicidio pero no por la "autopercepción", sino porque no se probó el contexto de violencia de género.
El juez Martín Arroyo, de excelente desempeño en su primer juicio por jurados, instruyó expresamente al jurado acerca de este punto crucial: que para que haya femicidio, no sólo debe probarse que el autor es varón, sino también que existió un contexto de violencia de género previo. Cualquier observador neutral del juicio advirtió que tal cosa no se probó jamás.
Es decir, el jurado descartó el femicidio por otra vía muy distinta a lo solicitado por el fiscal.
Los doce jurados titulares ingresaron a las 20.45 a deliberar tras recibir las indicaciones del juez Juan Martín Arroyo, que dirigió el juicio. A las 23.20 se anunció que habían arribado a un veredicto y entraron a la sala de audiencias. En el aire se percibía la incertidumbre por una resolución.
Juez Martín Arroyo
El presidente del jurado informó que el veredicto unánime era culpable del homicidio agravado por el uso de arma de fuego y cometido con alevosía. No dio más explicaciones. El jurado popular no tiene la obligación de explicar ni fundamentar su decisión. Todas sus deliberaciones son secretas.
Cuando escuchó el veredicto, la imputada no se inmutó. Se mantuvo serena como lo hizo durante todo el juicio por jurados, que empezó el lunes y finalizó esta noche con el veredicto de culpabilidad. Aún falta la segunda etapa donde se definirá la condena.
LOS HECHOS
Las dos jóvenes se habían conocido en su país natal, Brasil. Viajaron a Bariloche y Amanda (que entonces era Fernando) se casó en 2018 con Marcelo Ramírez. La pareja le propuso a Eduarda subrogar el vientre para ser padres. En el transcurso del embarazo, Ramírez murió en agosto del 2021.
En noviembre de ese año, Eduarda tuvo dos mellizos en el hospital Ramón Carrillo de Bariloche. Los nenes llevan el apellido de Alves Ferreira y de la madre. La joven regresó a su país, donde tenía otros tres hijos. Allá quedó embarazada. Le pidió ayuda a Alves Ferreira, que le propuso regresar a Bariloche con el bebé. Retornó y todos vivieron en el domicilio, que le dejó Ramírez a su esposo.
La fiscalía aseguró ante el jurado que Alves Ferreira planificó el crimen de Eduarda para poder disponer de los tres niños y regresar con ellos a su país. Manifestó que llevó a Eduarda la madrugada del 16 de febrero hasta el sendero de acceso al mirador del lago Escondido, donde le efectuó 9 disparos. Para lograrlo vació un cargador y volvió a cargar el tambor, que aloja hasta 6 proyectiles.
El dato no es menor. Para la fiscalía esa acción fue pensada y el autor lo hizo con plena conciencia y dispuesto a ejecutar su plan macabro. Destacó que así lo señalaron varios peritos que declararon en el juicio que comenzó el lunes en Bariloche.
El fiscal Martín Lozada, tras el veredicto
La defensa alegaba que Amanda era inimputable
El defensor oficial Nelson Vigueras planteó esta tarde de viernes ante los jurados que la fiscalía no probó fuera de toda duda razonable la acusación.
Aseveró que no puede imponerse el agravante del femicidio cuando la acusada, Amanda, se autopercibe mujer. Es más, afirmó que se autopercibe mujer desde que era adolescente y explicó que así lo aseveraron una hermana de Amanda y una amiga de Brasil.
Descartó la violencia de género. Recordó que Eduarda se ofreció a subrogar el vientre para que su amiga Amanda y su esposo sean padres. Y enfatizó que no hubo una relación de poder asimétrica ni un homicidio causado por odio hacia Eduarda por su condición de mujer porque la acusada se autopercibe mujer.
Vigueras desestimó también la alevosía porque afirmó que la fiscalía no lo demostró con certeza. Y planteó que Amanda cuando ocurrió el homicidio sufrió un trastorno mental transitorio que le impidió comprender y dirigir sus acciones.
Dijo que así lo indicó en el juicio el psicólogo forense del Poder Judicial, Alfredo Fernícola, que entrevistó a Amanda a finales del 2022. Por eso, Vigueras pidió la declaración de no culpabilidad porque es inimputable.
Además, el jurado declaró por unanimidad culpable a Amanda por la portación de un arma de guerra de uso civil condicional sin la autorización legal necesaria.
Las instrucciones del juez
Leer noticias aquí:
- Diario Rìo Negro (1/7/23): "Bariloche: el jurado declaró culpable a Amanda por el homicidio de Eduarda, pero descartó el femicidio" (ver)
- Ámbito Financiero (1/7/23): "Declaran culpable por "homicidio" al ciudadano brasileño que se autopercibe mujer" (ver)
- Perfil (8//23): "Amanda, la criminal que se autopercibe mujer y sorteó el agravante de femicidio" (ver)
La deliberación del jurado popular del tercer juicio por jurados en Bariloche declaró culpable a un hombre acusado del delito de abuso sexual agravado cometidos en perjuicio de una niña.
El presidente del jurado informó la decisión tomada en la audiencia presidida por la jueza Romina Martini anoche, pasadas las 21:30. Habían deliberado un récord de ocho horas corridas.
Tras varias horas de deliberación, los jurados le informaron a la jueza que estaban estancados. No se podían poner de acuerdo de manera unánime sobre la culpabilidad del acusado, quien declaró negando tajantemente su autoría y defendiendo su inocencia.
Es la primera vez que el veredicto no fue unánime en Río Negro, lo que obligó a la jueza Martini, de destacada actuación en su primer juicio por jurados, a informarle al jurado que estaban autorizados a emitir un veredicto válido con 10 votos. De otra manera, el acusado debería ser absuelto y quedar en libertad.
Fue evidente que ciertas actitudes de los litigantes con el trato dispensado a los testigos más humildes que declararon en el debate cayó muy mal.
En todas partes del mundo sucede lo mismo: los jurados suelen hacer pagar muy caro las actitudes despectivas y altaneras de los actores judiciales. Por eso han comenzado a aparecer en las leyes argentinas, como las recientes de Chaco, CABA, Entre Ríos y Catamarca, las llamadas Reglas Éticas de la Abogacía (ver): "La segunda es que el artículo 33 de la ley de CABA (reglas éticas de la abogacía) es el inicio de un programa de capacitación a largo plazo de toda la abogacía y de los operadores judiciales tendiente a advertir un extremo evidente: en un juicio por jurados no se puede decir ni hacer cualquier cosa....".
A ello debió sumarse, además, las dudas que generaron la potente declaración en su defensa del acusado y a que los jurados suelen analizar toda la prueba con extremo detalle.
El jurado volvió a deliberar otra hora y media corrida y le anunció a la jueza el veredicto de culpabilidad con diez votos.
Por la fiscalía estuvieron Betiana Cendón y César Lanfranchi, la defensora del niño Victoria Allen y el abogado de la querella Martín Paterlini, en representación de la madre de la niña víctima. El acusado fue repesentado por el abogado particular Diego Navarro.
La jueza Martini ponderó la seriedad que demostraron a lo largo de todos los días del juicio. La magistrada agradeció en nombre del Poder Judicial y en nombre del pueblo la participación en este juicio. “No sólo es una carga pública, sino un privilegio”, resaltó.
El juicio por jurados se realizó a puertas cerradas, sin acceso a la prensa, por tratarse de un delito sexual que involucra a una menor de edad.
Leer noticias aquí:
- Diario Río Negro (3/12/21): "Por mayoría, el jurado popular definió que un hombre es culpable por abuso sexual en Bariloche" (ver)
"Tengo la conciencia tranquila, porque no hice nada",le dijo la imputada al jurado en su poderosa declaración de más de una hora. Dio su versión de lo que ocurrió en ese domicilio de Bariloche. Negó haber asesinado a su pareja, le dijo al jurado quién fue el autor material del cuchillazo que la policía sospechosamente decidió no investigar y contó el largo historial de víctima de violencia de género que padeció de parte de su ex pareja.
JORNADA HISTÓRICA
Fue otra jornada trascendente e inolvidable para la historia judicial de la Argentina y para la expansión indetenible del juicio por jurados en el país y el continente iberoamericano. En la mítica ciudad de Bariloche, un jurado de doce personas declaró no culpablepor unanimidad a Marta Valle por considerar no probada más allá de duda razonable su autoría en el presunto asesinato de una puñalada a su pareja Fernando Huenuqueo.
El jurado delibera
El veredicto de este jurado popular terminó de coronar con gran éxito una profunda reforma procesal que emprendió Río Negro, allá por diciembre de 2013. Tras décadas de un sistema escrito e inquisitivo con jueces de instrucción, la provincia sancionó un código procesal penal cuyos puntos centrales son la absoluta oralidad y publicidad en todas sus etapas, plazos fatales para terminar las causas, fiscales que solamente investigan, jueces imparciales que controlan que las garantías del proceso sean resguardadas y jurados ciudadanos que juzgan los casos más graves. En síntesis: con este juicio, Río Negro consumó una proeza sin precedentes, no sin un gran esfuerzo y múltiples dificultades. No sólo que se convirtió en la quinta provincia argentina en realizar un juicio por jurados, sino que le demostró al país que es posible transformar con éxito los sistemas judiciales y hacer que ellos se vuelvan más creíbles y comprensibles para la ciudadanía. Para muestra baste este caso: este gravísimo hecho ocurrió en junio de 2019. Ocho meses después ya fue decidido por un jurado popular, tras un proceso con la máxima transparencia y garantías para las partes. Eso se debió a otra reforma no menor: una organización flexible de colegio de jueces sin formaciones fijas y una oficina judicial muy eficiente para garantizar audiencias y comparendos de jurados y testigos. Cotéjese este impresionante logro con las causas interminables que plagan nuestra administración de justicia a nivel federal, para así tomar conciencia de lo que acaba de mostrar Río Negro.
El juez Marcos Burgos, la fiscalía, la acusada
y el defensor alegando ante el jurado
LOS HECHOS CONTROVERTIDOS
El sábado 23 de junio de 2019 hubo una reunión de cinco amigos con un asado y abundante alcohol en una casa de Bariloche. Estuvieron hasta altas horas de la madrugada. Al parecer, varios de ellos quedaron prácticamente borrachos. Allí fue cuando, según la acusación del fiscal Lozada en el alegato de apertura, Huenuqueo se desplomó sobre las faldas de Valle totalmente ebrio. En ese momento, Marte Valle, de 37 años y también muy alcoholizada, le propinó varias patadas a Huenuqueo en el suelo y después le aplicó un puntazo mortal con un cuchillo en su mano derecha en el hemitórax izquierdo.
La fiscalía presentó testigos y peritos para intentar probar su tesis. Pero lo cierto es que el jurado se inclinó por la tesis de la defensa en tres puntos centrales: la pésima instrucción policial, las serias contradicciones entre los presuntos testigos presenciales y las pericias y la perspectiva de género.
La fiscalía, de absoluta buena fe, sin dudas, cometió el error de "comprar" el paquete de una pésima y sesgada instrucción policial. Eso siempre se paga caro ante un jurado. El veredicto dejó en profunda reflexión a todo el Poder Judicial, como lo suelen hacer los jurados.
LAS CONTRADICCIONES EN LA PRUEBA DE CARGO
El fiscal jefe Lozada ante la atenta mirada del juez
Primera contradicción: la defensa sostuvo que no coincidía el relato sobre el lugar del hecho planteado por la fiscalía con las manchas de sangre que había en el piso.
Segunda contradicción: la defensa planteó que la forma en que la fiscalía y los testigos presenciales (Rocío y Sebastián Monsalve) dijeron cómo Marta Valle había acuchillado a Huenuqueo no coincidía con la forma en que estaba distribuida la sangre en el pantalón de la imputada, según lo que declararon ante el jurado los peritos expertos de la propia fiscalía. Por el despliegue de las manchas, el cuchillazo fatal fue aplicado por alguien zurdo. Y Valle tenía enyesado el brazo izquierdo.
Tercera contradicción: la sangre en el pantalón de Valle era una mancha de contacto en la pierna derecha y gotas en forma de spray en la pierna izquierda. Esas gotas se producen, según los propios peritos de la acsuación, como consecuencia de sacar el cuchillo del cuerpo. Si Valle hubiese apuñalado con la derecha, ese spray debería estar en la otra pierna. Esta parte del relato de los peritos fue fatal para la fiscalía.
Omisión grave n° 1: no sacaron fotos de las manos de Valle. Si hubiese sido la autora tendría la mano ensangrentada
Omisión grave n° 2: la fiscalía y testigos presenciales plantearon que Valle esa noche había recibido un golpe de puño en la cara por parte del dueño de la casa, porque ella se negaba a prestar auxilio a Fernando encerrándose en el auto y no dejándolos ingresar al mismo. Las pericias demostraron que hubo muchas más lesiones en la cara de Valle. La defensa planteó por qué no sacaron fotos del rostro de Marta Valle.
Omisión grave n° 3: No le hicieron el test de alcoholemia a nadie. Omisión n° 4: la fiscalía no se hizo cargo de desmentir con prueba la violencia de género alegada por Valle a manos de Huenuqueo. Los dichos de la acusada, debe siempre recordarse, constituyen prueba.
Síntesis: el procedimiento policial fue en una noche de lluvia, muy oscura (no hay luz pública) y fue completamente sesgado, porque sólo se secuestraron las ropas de Valle y no de las otras tres personas que estaban en el hecho. El testigo presencial Sergio declaró en un momento haberle metido cuatro dedos en la herida a Huenuqueo para parar la hemorragia. No secuestraron sus ropas que posiblemente tenían sangre.
LA DEFENSA Y UN LLAMADO DE ATENCIÓN DEL JUEZ AL FISCAL
El defensor Hugo Cancino y la propia acusada en su potente declaración ante el jurado fueron muy críticos hacia el operativo desarrollado por el personal policial al momento de concurrir al lugar del hecho cuando fueran alertados a traves del 911. Ejemplo: la policía y luego la fiscalía se quedaron con el relato de dos de los asistentes al asado: Sebastián Monsalve y su pareja Rocío Hernández ("Marta lo apuñaló, dijeron), cuando cualquier investigador medianamente competente habría puesto en duda cualquier versión que allí se diera y habría secuestrado las ropas y calzados de todos para su pericia. Elemental.
Cancino enumeró varias más: no se efectuaron secuestros de otras ropas (sólo la de Valle) y no se periciaron huellas del calzado. No se sacaron fotos de las manos de Marta Valle ni de los demás asistentes, ni se hizo test de alcoholemia a nadie. "Faltaron pericias y pruebas básicas, hoy ya es imposible realizarlas" dijo el abogado.
Por su parte, la acusada declaró largamente ante el jurado, negó terminantemente haber sido la autora de la puñalada mortal y señaló que fue el tal Monsalve. “¿Por qué me voy a hacer cargo de algo que no hice? Yo lo único que quiero es que tras las rejas esté el que lo cortó. A ellos (por los otros asistentes al asado) no les secuestraron ni la ropa, cuando debían ser tan sospechosos como yo, la Policía actuó mal”. "Sufrí graves episodios de violencia de género. Fui golpeada y maltratada por Huenuqueo".
Con voz firme sostuvo: “Llevo ocho meses detenida y estoy pagando por algo que no hice”. "El defensor oficial anterior me ofreció un abreviado y dije que no. ¿Por qué iba a firmar algo así si yo no fui? Si soy yo, me hago cargo y firmo. Pero yo no lo apuñalé". ¿Por qué la policía les creyó así nomás a Sebastián Monsalve y a Rocío? En otras palabras, Valle le dijo al jurado que los asistentes a esa fiesta debían haber sido llevados mínimamente como coimputados y no como testigos. Otro buen ejemplo de selectividad penal de la agencia policial, en esta caso sobre una mujer pobre, sola y con problemas de violencia de género y alcoholismo.
La fiscal Betiana Cendón
Hubo un momento de tensión cuando el juez Burgos advirtió severamente al fiscal Lozada de que no fuera tan inquisitivo en el contraexamen a la acusada. Fue evidente que cayó pésimo esa actitud en varios de los jurados.
EL JURADO Y EL VEREDICTO
En este primer juicio por jurados de la provincia de Río Negro el jurado quedó integrado por doce ciudadanos, seis mujeres y seis varones, entre ellos una médica, un radiólogo, una ama de casa, estudiantes, desempleados y trabajadores en relación de dependencia.
"Hubo gente de las ciudades de Jacobacci, de Bariloche y de El Bolsón", dijo Luciano Videla, director de Medios del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) rionegrino y calificó a este proceso como "un paso histórico".
Todas las partes del juicio quedaron impresionadas con la responsabilidad y atención que prestó el jurado durante el desarrollo del debate. En ello tuvo mucho que ver el profesionalismo del juez Marcos Burgos, quien condujo con mucha habilidad las cuatro audiencias de juicio y el voir dire de su primer juicio por jurados.
El juez Marcos Burgos
Tras los alegatos de clausura, el juez instruyó al jurado sobre la ley a aplicar al caso concreto y las opciones de veredicto, que eran cuatro: 1) Culpable de homicidio agravado por el vínculo; 2) Culpable de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación; 3) Culpable de homicidio simple y 4) No culpable.
SEIS HORAS DE DELIBERACIÓN Y VEREDICTO
Tras una maratónica deliberación de seis horas, el jurado retornó con un veredicto unánime de no culpabilidad.
VER VIDEO DEL VEREDICTO AQUÍ
REPERCUSIONES
Lógica desazón en la fiscalía en un caso que creían cerrado y llanto de los familiares de Huenuqueo. Sin embargo, el veredicto del jurado, con el correr de las horas, fue apreciado por su extrema rigurosidad en el análisis de las pruebas y por su indiscutible perspectiva de género. Doce cabezas de diferentes extracciones sociales se pusieron de acuerdo unánimemente en que el caso tenía profundos defectos en la instrucción policial. Todo un mensaje ciudadano para las distintas agencias de la policía y del ámbito judicial.
Leer noticias aquí:
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- El Cordillerano (4/03/20): "Largo relato de la acusada declamando su inocencia en el juicio por jurados" (ver)
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- Diario Judicial (3/03/20): "Jurados de estreno en Río Negro" (ver)
- Diario Río Negro (7/03/20): "Errores de fiscales y fallas de policías en el primer juicio por jurados" (ver)