AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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jueves, 23 de marzo de 2023

SAN MARTÍN: No culpable a obrero metalúrgico por legítima defensa y quedó libre tras 4 años preso. Gran triunfo de la defensa pública

El acusado José Rodríguez y las defensoras
oficiales Viviana Fernández y Luba Lazarczuk

Terminó el calvario  para José Rodríguez. Esta es la historia de otro hombre inocente que estuvo cuatro años y medio en prisión preventiva. Un obrero metalúrgico que conoció a su pequeña beba en la prisión. La niña Ámbar, hoy con 4 años de edad, pudo ayer abrazar a su papá definitivamente en libertad.

José tuvo dos grandes ayudas. Por un lado, un generoso empleador llamado Martín Tristán, dueño la fábrica MTG Tornerías, que lo mantuvo en blanco y pagándole el salario a pesar de estar preso. 

Por el otro, el brillante equipo de abogadas de la defensoría pública que litigaron el caso con tremendo profesionalismo y preparación. Ellas fueron las defensoras públicas María Luba Lazarczuk y Viviana Fernández y el secretario Martín Cabrera.

Algunos testigos y los jurados creían que eran abogados particulares de un estudio jurídico poderoso. No podían creer cuando les aclararon que eran de la defensa oficial.


Ámbar y el feliz papá en su casa


El veredicto del jurado fue unánime. Les llevó no más de diez minutos de deliberación a los doce jurados (seis mujeres y seis hombres) para decidir que José Rodríguez se había defendido del ataque de los hermanos Ariel y Roberto Lizarraga.

Estos últimos era conocidos rateros del barrio. José volvía de la fábrica y lo quisieron asaltar el día 24 de enero del 2019. Eran cerca de las 17 horas. José llegó del trabajo, entró a su casa,  besó a su esposa y se fue al kiosco a comprar galletitas. 

Allí lo interceptan los Lizarraga. Primero lo empezaron a apurar verbalmente. Le exigieron cigarrillos, les dijo que no. Después lo empezaron a golpear y a querer sacarle todo lo que llevaba. José se plantó y empezaron las trompadas. Al ver que perdían la batalla, uno de los Lizarraga saca un revólver y empiezan a forcejear. Allí se escapa un disparo y Ariel Lizarraga queda herido y cae al suelo. 

José escapa. El arma queda tirada y Roberto Lizarraga sugestivamente se va del lugar, dejando a su hermano allí tirado en agonía. El arma de fuego jamás fue encontrada. 

Cuando los vecinos se acercan a asistirlo, Ariel Lizarraga ya estaba muerto. José asustado se fue del barrio junto a su familia. Cuando se enteró de lo sucedido se entregó a la comisaría y allí quedó detenido. Jamás le concedieron un solo beneficio. Ni caución real, ni prisión domiciliaria, ni nada. Estuvo en las Unidades de Florencio Varela y San Martín. Así fueron los hechos.

La fiscal Rosana Cutitta lo acusó de homicidio con arma de fuego y, sorpresivamente, basó todo su caso en el testigo estrella Roberto Lizarraga. El problema para él fue que las defensoras lo masacraron en el contraexamen. 

Por ejemplo, ya nomás con su nombre e identificación, tuvo que reconocer ante el jurado que dio ocho nombres distintos en las múltiples causas judiciales por robo que tuvo que enfrentar (Lizarriaga, Izarraga, Mizarriaga, Alirriaga, Onlurriaga, Cachurriaga, Burruchaga, Olarticoechea, Cucciuffo, etc). El resto puede obviarse, Hizo agua por todos los costados. Su relato era insostenible. 


The only star of the trial


 
José declaró ante el jurado y dio su versión de los hechos. Explicó que se defendió cuando le quisieron robar, que se trabó en un forcejeo y en el mismo se escapó un disparo del arma del delincuente. Que él ni siquiera disparó. Que lo único que hizo fue defenderse de dos chorros armados que lo golpearon. Que era un obrero metalúrgico que venía de su trabajo y que jamás había estado en prisión.

La fiscalía hizo su último esfuerzo en el alegato de clausura. Sostuvo que si hubiera sido inocente lo habría dicho en el primer momento en que cayó detenido y no meses después.
 
Pero ya era tarde. Era visible en la sala de juicio que la teoría del caso de la fiscalía no tenía asidero en las pruebas. No había arma y nadie pudo testimoniar haber visto a José Rodríguez disparar.

Pero, además, la credibilidad del testigo Roberto era poco menos que nula. 

Las defensoras oficiales, en su brillante contraexamen, lograron hacerlo tartamudear, carraspear, mover nerviosamente los ojos y boca, ladear su cara y frotarse la entrepierna al hacerle esta sencilla pregunta: 

"Señor Roberto Iza, Liza, Micharraga o como usted quiera llamarse, ¿no es cierto que usted abandonó la escena dejando a su hermano tirado y además llevándose el arma?

Los gestos de Roberto todo lo decían. Era un manojo incontrolable de nervios. La condena se cayó.


Todos los nombres de Roberto.
Todos los hombres del presidente


El juez Julio Di Giorgio instruyó correctamente al jurado con tres opciones de veredicto. Homicidio simple, Exceso en la legítima defensa y No culpable.

El jurado terminó todo en 10 minutos. No culpable por legítima defensa. José Rodríguez se fue libre para siempre de la misma sala de juicios. Tres varones del jurado le fueron a dar un abrazo. Ayer cenó en su casa con su familia y el lunes se reintegra a la fábrica metalúrgica.




Las defensoras oficiales y el secretario
Martín Cabrera

Leer noticias aquí:

INFOBAE (28/3/23): "“Me devolvieron la vida”: estuvo preso 4 años por matar a un ladrón para defenderse y un jurado popular lo absolvió" (ver)

lunes, 20 de marzo de 2023

CHUBUT: Comenzó el primer juicio por jurados en Esquel y lo transmiten en vivo por YouTube

 

El juez Jorge Criado, de toga y con martillo

Empezó hoy en Esquel el primer juicio por jurados del siglo XXI en esa Circunscripción Judicial de la cordillera chubutense. Es el segundo en la provincia mediante ese sistema bajo la ley XV n° 30 sancionada en 2019. 

Los juicios por jurados se hicieron en toda la comarca chubutense en el siglo XIX en Chubut gracias a los colonos llegados del país de Gales. Hoy vuelven para quedarse definitivamente

En esta oportunidad se trata de un debate oral y público con la presencia de 12 jurados populares y cuatro suplentes, quienes deberán determinar la culpabilidad o no culpabilidad de un imputado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por alevosía.

VEA EL JUICIO EN VIVO POR YOUTUBE

AQUÍ


El juicio se realiza en el salón de la Asociación de la Magistratura y Funcionariado Judicial de Chubut en Esquel, sito en calle Darwin al 700, y el juez que dirije3 el debate, de rigurosa toga y martillo, es Jorge Alberto Criado. La acusación está a cargo de la Fiscal General, María Bottini y la defensa particular del único imputado es ejercida por el Dr. Hugo Rubén Cancino.

El pasado viernes se concretó la audiencia de voir dire para la selección de jurados, con la presencia de alrededor de 40 personas que se encontraban preseleccionadas, y al final de la jornada se culminó con la selección de los 12 jurados titulares y los 4 suplentes que intervendrán en el juicio.

Los jurados populares deberán en esta oportunidad decidir sobre la responsabilidad de Juan Fernando Domínguez en un hecho ocurrido en la ciudad de Esquel el 21 de noviembre del año 2021, alrededor de las 02:20 hs. de la madrugada cuando la víctima del hecho, Gastón Exequiel Gibbon transitaba por la vía pública y, según la acusación fiscal en las audiencias preliminares, momentos después de mantener un entredicho con el acusado, fue atacado mediante un disparo de arma de fuego primero y luego fue golpeado con un elemento contundente en el rostro.

Las lesiones recibidas derivaron en la muerte de Gibbon y la posterior detención de Domínguez como único imputado por el crimen.

domingo, 4 de diciembre de 2022

QUILMES: Declararon "no culpable" al acusado de haberle pegado un martillazo en la cabeza a un joven que lo dejó ciego

El abogado Cazorla abraza a la mamá del joven acusado


El jurado de Quilmes declaró no culpable a Juan Manuel Ángel por considerar que se defendió legítimamente -a él y a su familia- de un ataque de cuatro forajidos en su casa a las tres de la mañana.

Le pegó un martillazo en la cabeza a uno de sus agresores, de nombre Gonzalo Amaya (que era conocido y vecino suyo), y le produjo lesiones gravísimas, ya que perdió la visión.

Como siempre, Data Judicial dio la primicia.


Thank you, William


MADRUGADA VIOLENTA

Los hechos se dieron el 7 de mayo de 2020 a las 3 en una vivienda de Calingasta de la localidad de Bosques, cuando el imputado estaba trenzado en lucha con la víctima, en esas circunstancias el primero tomó un martillo dentro de su casa y le aplicó un contundente golpe en la cabeza a la víctima que derivó en el desvanecimiento de éste, su inmediata internación y lesiones de tal gravedad que le provocaron perder de manera constante la visión.

La víctima declaró muy mal. Desconcertó a todos cuando dijo que, tiempo después del hecho, "lo  vio" en la cola del Coto y lo cagó a trompadas. Los jurados se miraban atónitos.

Lo que no pudo explicar es qué hacía en casa ajena a las 3 am cuando lo fue a buscar a JM Ángel. Había broncas previas entre ellos, pero nada justificaba el ataque y todo justificaba el martillazo.

El reconocido y mediático abogado Roberto Cazorla Yalet dio en la tecla con la estrategia y apuntó con todo a la legítima defensa necesaria.


El abogado defensor Roberto Carzola

Eso decidió el jurado. Mientras los familiares del imputado estallaron en un aplauso, la hermana de la víctima expresó su malestar por la decisión de los ciudadanos.

El fiscal fue Dino Maistruk. El particular damnificado fue Rafael Panza y el defensor particular, Roberto Cazorla. Los primeros pidieron a los 12 ciudadanos citados que condenasen al acusado por "homicidio en grado de tentativa", es decir que éste con su accionar “quiso matar al otro al aplicarle un certero golpe con un martillo en la cabeza”.

A su turno, el defensor Cazorla alegó por la libre absolución al referir que su defendido había actuado en "legítima defensa" cuando ingresaron en su vivienda. 

La jueza Florencia Butiérrez instruyó por tentativa de homicidio, lesiones gravísimas y no culpable por legítima defensa. Esto último eligió razonablemente el jurado.

Leer aquí:

- Perspectiva Sur (2/12/22): "Declararon "no culpable" al acusado de haberle pegado un martillazo en la cabeza a un joven que lo dejó ciego" (ver)

viernes, 25 de noviembre de 2022

SAN MARTÍN: Tío mató a sobrino en legítima defensa. Not Guilty en Saint Michael

Un nuevo juicio por jurados llegó a su fin en San Martín, provincia de Buenos Aires, con la declaración de no culpabilidad de Fernando David Valdez por el delito de homicidio, ante el juez Javier Antonucci. Otro logro muy importante de la defensa pública.


El triunfante defensor oficial Osiris Albarracín


La fiscal Ana Armetta acusó al tío Valdez de apuñalar a su sobrino Elías Emanuel Palomeque. Los hechos ocurrieron el 13 de mayo de 2020 en horas del mediodía en la puerta de ingreso de la casa del acusado, en San Miguel (Intendente Arricau 5365). 

Pero surgió en el debate que acusado y víctima se enfrentaron en una pelea que venía de larga data. Taitas de barrio, reyertas familiares, broncas acumuladas. 

El conflicto quedó sin conducción, rolando en el aire. Por las características del rioba, era inimaginable una asistencia terapéutica capaz de encauzar la ira desatada con reiki, masajes híbridos, perdón, constelaciones o conductismo.


Sigmundo, Sigmundo, Sigmundo,
 adónde fuiste, adónde fuiste
 yeaahhh


La cosa es que el finado lo fue a buscar a su tío a su domicilio fuera de sí y armado con un palo y un cuchillo.

El Tío querido no se quedó atrás y agarró un cuchillo de descomunales proporciones (casi una cimitarra qatarí) y le dio una certera puñalada cerca del corazón a su sobrino. Púsole fin así a la agresión ilegítima, antijurídica, actual e inminente.

Obviamente el pobre Palomeque murió con semejante mandoble. Expiró camino al Hospital Santa María.



Valdez, de 46 años, fue detenido en el acto y estuvo en prisión preventiva hasta hoy. En el juicio se demostró claramente que se había defendido de una agresión ilegítima.

El defensor oficial Osiris Albarracín planteó una clara defensa de legítima defensa y tuvo éxito en toda la línea.

En efecto, al jurado le costó menos de media hora definir el caso a favor de su defendido.


Osiris, Dios egipcio
del Inframundo 


A pesar de ser declarado no culpable y libre para siempre por decisión unánime del Soberano, Valdez fue víctima otra vez de la famosa consuetudo "siempre se hizo así" y, en vez de recuperar su libertad en el acto desde la sala, volvió a la unidad penitenciaria de Florencio Varela a controlar que no tuviera capturas pendientes.

Es decir, un "viaje" en el camión de detenidos de más de 60 km en el que llegará, con suerte, de madrugada. Quizás mañana pueda ser realmente libre. Inadmisible.


Leer noticias aquí:

- 15/05/20 - Cronos - "Lo mató de un puntazo en el pecho: se peleó con su sobrino armado con un palo y un cuchillo" (ver)

- 15/05/20 - Infocielo - "Se peleó con su sobrino armado con un palo y un cuchillo y lo mató de un puntazo en el pecho" (ver)

viernes, 12 de agosto de 2022

SAN MARTÍN: El jurado declaró no culpable por legítima defensa al “KIKE”, acusado de matar al “CHOLITO”.


Qué estampa, qué jugador....
Defensor oficial Fernando Lagares


Concluyó un nuevo juicio popular en el Departamento Judicial de San Martín, donde el jurado dictaminó la no culpabilidad por legítima defensa de Jorge Alberto Aguilar, alias “KIKE” en orden al delito de homicidio simple.

La Sala A del Edificio Central de Tribunales de San Martín fue testigo de otra clase de litigación adversarial de las partes. La acusación estuvo en cabeza de la experimentada fiscal Mónica Carreira. La defensa privada abandonó el caso días antes del juicio y tomó el caso el defensor oficial Fernando L. Lagares.  

El juez fue Raúl A. Luchelli Ramos.

LA ACUSACIÓN

La causa comenzó en 2018. La fría letra de la requisitoria decía que el : “El día 1 de abril de 2018, siendo aproximadamente las 23:30 hs., KIKE y sus amigues estaban tomando vaya a saber qué cosa en la vereda de la calle Echeverría 2959, entre Las Heras e Ituzaingó, de la localidad de Villa Maipú, Partido de San Martín. Por cuestiones que se desconocen, cayó a la escena con intenciones moi agresivas el CHOLITO Pacheco. Lo empezó a correr al KIKE por los pasillos de la villa y se trenzaron en lucha. Allí es donde el KIKE le mete un puntazo y el CHOLITO la queda definitivamente en óbito cúbito-dorsal”. Es decir, murió.


EL JUICIO

El  “Kike” es un joven que, luego de perder su trabajo de cocinero, quedó en situación de calle. Solía vivir en un pasillo de ingreso a distintas casas tipo PH, se quedaba ahí y sólo accedía, cada tanto, a alguna de las viviendas de un familiar para higienizarse.

En la media noche del día trágico, el “Kike” estaba en la puerta de acceso al pasillo que hacía las veces de hogar, junto con tres amigos,  tomado unas cervezas.

En ese momento, abordo de su bicicleta, aparece el “Cholito” (Rodrigo Pacheco) amenazante y de muy malas maneras. Kike lo ve y fue como si hubiera visto al Yeti o a una yarará-cuzú y sale rajando. Ingresó inmediatamente al pasillo y ahí mismo comenzó el tole tole, los gritos e insultos, describiendo los testigos del caso ver salir corriendo del pasillo a Kike, con cuchillo (tipo cocina). 

Mientras tanto, el Cholito quedó tirado en su interior con una herida en su pecho, producida por una arma blanca que perforó su corazón. Esa herida le provocó su muerte por desangrado pocos minutos después en el nosocomio.

A lo largo de las dos jornadas que duró el juicio, el jurado pudo escuchar atentamente no sólo a los distintos testigos del caso, sino que también fue el propio “Kike” quien dio su versión del evento.

Ningún testigo pudo ver precisamente qué fue lo que pasó esa noche en el interior del oscuro pasillo.

Los jurados también escucharon cómo el día anterior a la muerte,  mientras “Kike” se encontraba  intentando salir adelante en la vida juntando cartones, pasó por la casa de “Cholito”, quien no sólo lo echó del lugar a “Kike”, sino que además lo maltrató al punto tal de golpearlo en la cabeza con una tijera de gran tamaño  (tipo jardinero). Ese tijeretazo le dejó un profundo corte en la testa a Kike.

El encono del “Cholito” con el “Kike” no era nuevo. Y no iba a quedar ahí. Se imponía una segunda temporada, cuyo desenlace sería funesto. Y así fue. Se veía venir.

El hábil defensor oficial Lagares pudo demostrar que Cholito no tenía ninguna autorización para ingresar en el pasillo donde Kike vivía. Era su lugar, su casa, el sitio en donde sobrevivía. Demostró así que Cholito cruzó la puerta de ingreso -sin orden judicial de allanamiento de un juez- con un único motivo: “atacar Kike”.

Kike dio claras precisiones de cómo su agresor entró al pasillo cuchillo en mano, con afán de ataque. Su única alternativa fue defenderse, trabarse en lucha y pelear por su vida.

Frente a este cuadro y, tras una ardua deliberación de varias horas, el jurado encontró a “Kike” no culpable por no haberse probado más allá de toda duda razonable su culpabilidad.


domingo, 1 de marzo de 2020

BAHÍA BLANCA: El jurado declaró no culpable a peón de campo que se defendió

Ni un huesito del asado le tiraron al pobre galgo

Javier Iván Frank (34) estaba acusado y detenido desde hacía casi tres años por matar a su primo Mario Frank (52) en Coronel Rosales a finales de 2017. El viernes fue declarado no culpable en un juicio por jurados llevado a cabo en el Tribunal Criminal N° 1. Quedó en inmediata libertad tras el veredicto de sus pares.

La votación arrojó un resultado de 11-1 en favor de su absolución. Contundente. El debate fue llevado adelante por el juez Christian Yésari y la acusación por el fiscal Jorge Viego. La exitosa defensa la realizó el abogado Leonardo Gómez Talamoni.

Javier Frank estaba preso por el homicidio de Mario Frank (52 años), quien fue encontrado el 17 de diciembre de 2017 con una herida de bala en la cabeza en una precaria vivienda ubicada en la zona de quintas de calle Resistencia, entre Corrientes y Primera Junta.


El arma con la que el muerto atacó a Javier Frank


LOS HECHOS

El hecho se inició durante un asado con familiares, regado con abundante alcohol y mala vida. Como en todo asado en que se precie, algún evento o comentario banal desató una absurda discusión, que terminó con Mario Frank muerto.

La acusación sostuvo en la IPP que “aquella noche se habría realizado un asado con familiares, donde en un momento comenzó una discusión muy agitada entre los Frank. En ese momento, Mario tomó un arma y disparó al piso”. Y añadieron en el relato que “Javier se dirigió a su domicilio de enfrente y tomó una carabina, regresó al lugar y desde la puerta realizó varios disparos, impactando en la humanidad de Mario, produciéndose el deceso”.

El 28 de septiembre de 2018 y luego de sendos allanamientos, se detuvo a Javier Ivan Frank y se encontró la supuesta arma homicida.

En el juicio afloró la verdad y quedó establecido que lo único que hizo Javier fue defenderse de una copiosa balacera que le había dirigido su primo con el arma que se ve en la foto.


Leer noticias aquí:

-Punta Noticias (28/09/18): "Detienen a sujeto acusado de ser el autor de un homicidio en una quinta" (ver)

- La Brújula (27/02/20): "Juicio por jurados: declaran inocente a un hombre acusado de matar a su primo" (ver)

- La Nueva Provincia (27/02/20): "Juicio por jurados: declararon no culpable a un detenido por homicidio" (ver)

jueves, 22 de agosto de 2019

NECOCHEA: "inocente" del homicidio de un joven dominicano

El infortunado Yefri, en selfies a la  Latino Solanas

Un jurado de Nechochea dictó un veredicto de “no culpable” a favor de Héctor Leguizamón (50), quien estaba acusado por el homicidio del joven dominicano Yefri Ledesma Arias (20).

jueves, 30 de mayo de 2019

AZUL: Defendió a su hermano de una agresión y el jurado lo declaró no culpable

En un nuevo juicio realizado en la localidad de Azul, el jurado popular declaró no culpable a Roberto Lara. La fiscalía lo acusaba por una tentativa de homicidio en el marco de una discusión de tránsito, pero el jurado hizo lugar al planteo de la defensa, que durante todo el debate sostuvo que Lara actuó en legítima defensa de su hermano.


El hecho comenzó en la vía pública, luego de que Fernández, la presunta víctima, golpeara con su auto el espejo del de Lara y se fuera del lugar. Unas cuadras después los vehículos volvieron a coincidir. El hermano de Lara, quien sufre de una invalidez en una de sus manos, aprovechó la oportunidad para descender del vehículo y recriminarle a Fernández por el golpe al espejo. Lo que no sabía era que el conductor era un sujeto particularmente violento, tal como acreditó la defensa a lo largo del juicio. La reacción fue mayor a la esperada: el hermano de Lara empezó a ser agredido, en evidente inferioridad de condiciones.

Al advertir el riesgo que corría su hermano, Roberto Lara descendió del auto y tomó lo que tenía a mano para defenderlo. Agarró una botella de cerveza y golpeó al desencajado conductor del otro auto produciéndole un corte en la zona del estómago. Pese a que las agresiones  no cesaron con el botellazo, Lara vio pasar un patrullero y no dudó en solicitar auxilio, poniendo fin a la gresca.


La fiscalía, a cargo de Laura Margaretuic, acusó a Lara por tentativa de homicidio. El defensor oficial Gustavo Emiliozzi, por su parte, puso a disposición del jurado dos alternativas. La primera era decidir que Lara actuó en legítima defensa de un tercero, en este caso, su hermano. Subsidiariamente, le permitieron al jurado optar por una condena pero por el cargo de lesiones graves, un delito menor al señalado por la fiscalía.

El jurado no dudó y entendió que la actitud de Lara se encontraba dentro del margen de la legítima defensa, cuyos límites les hizo saber el Juez Gustavo Pablo Borghi. Por ese motivo, declararon al acusado no culpable.

martes, 9 de abril de 2019

NECOCHEA: Histórica jornada en Lobería. Absolvieron a un joven por legítima defensa

Lobería vivió ayer una jornada histórica. Es que el séptimo juicio por jurado del distrito de Necochea se mudó al lugar en donde ocurrió la muerte de un joven. La idea, cuando no, fue una brillante iniciativa del juez Mario Juliano. El pueblo quedó revolucionado con el juicio por jurados.



El intendente Juan José Fioramonti cedió ni más ni menos que la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. El Palacio Muncipal se convirtió por un día en una corte de justicia. Un día que el pueblo de Lobería no olvidará jamás.

Se juzgó allí un hecho dramático. Tras una pelea absurda por el volumen de la música de una fiesta, se produjo una discusión entre Sergio Guglielmetti y Gabriel Ceci Losada. "Ceci" cayó muerto tras una confusa pelea.

El juez Mario Juliano

Además de familiares de los implicados en el hecho, se hicieron presentes, entre otros, el presidente del Concejo Deliberante, Mario Hardoy, alumnos y docentes de instituciones educativas y vecinos que mostraron interés en el histórico juicio desarrollado en Lobería.

El desarrollo del juicio, en general, fue tranquilo, sin vivirse situaciones de extrema tensión, hasta el momento en que se dio a conocer el veredicto. Allí, al anunciar el jurado que Guglielmetti había sido encontrado “no culpable”, la madre y otros familiares de Ceci Losada, comenzaron a insultar al imputado e incluso a la esposa de éste. Fue el momento de mayor tirantez del día, hasta que el personal policial los acompañó hasta el exterior de la sala.

El juez Juliano entendió la situación como comprensible y posteriormente agradeció a los integrantes del jurado.

El acusado y su defensora

En cuanto a Guglielmetti, se mostró conmovido durante la mayor parte del día, rompiendo en llanto en reiteradas ocasiones, algo que se vio también entre sus familiares. En el momento en que fue declarado “no culpable”, no pudo contener las lágrimas, mientras era saludado por su abogada y su ayudante, algo que luego hicieron su esposa y demás familiares. Enseguida tomó en sus brazos a su pequeña hija.

El juicio y los hechos

Vale aclarar que en ningún momento se puso en discusión la autoría del hecho, puesto que la defensa comenzó aceptando que su asistido era el autor del crimen, aunque lo había hecho en “legítima defensa”, tanto de su persona como de su esposa, en ese momento, embarazada.

A lo largo del debate, declararon efectivos policiales, vecinos, familiares y hasta el propio imputado, cuyo testimonio, a decir del propio fiscal, resultó fundamental para que finalmente fuera declarado “no culpable”.

La teoría del caso de la abogada defensora Laura Barbafina fue clara: el acusado reaccionó ante el ataque ilegítimo de Ceci Losada con un elemento contundente, con el que lastimó en la cabeza a Guglielmetti. El origen de la absurda pelea había sido el volumen de la música que sonaba en una fiesta.

El fiscal Cipoletti y la familia del difunto

El fiscal Cipolletti relativizó la agresión y afirmó que dicho elemento era un “caño de luz de poco peso” y que el agresor no actuó en legítima defensa.

A la hora de dársele la última palabra al imputado, sólo atinó a decir “sé que está la familia de él, les quiero decir que yo no tuve la intención de matarlo”.

Tras los alegatos, el jurado deliberó por espacio de una hora hasta que obtuvo un veredicto, que fue anunciado por la presidente del jurado. El “no culpable” indica que el jurado consideró que Guglielmetti actuó en “legítima defensa”. Consultado por la AAJJ, el juez consideró que el veredicto se ajustaba a las pruebas del juicio.

Emoción y temor

Tras conocerse el fallo, Sergio Guglielmetti se mostró muy emocionado y, con su hija en brazos y sin poder contener el llanto, habló brevemente con la prensa local (Sendero Regional), afirmando que “yo siempre dije que yo no había tenido intenciones de lastimarlo, pero sabía que era algo grave que había pasado, que había una persona que había fallecido y que yo podía pagar igual, y si tenía que pagar lo iba a hacer, pero yo sabía que había defendido a mi familia, a mi señora y a mí”.




Luego indicó que el que pasó “fue el peor año de mi vida”, para agregar que “ahora tengo miedo que me quieran hacer algo, porque después de que pasó lo que pasó, a mí el padrastro de él que en ese momento estaba preso, me amenazó, y tiraron tiros afuera de mi casa, y tengo miedo que ellos vayan otra vez y quieran hacer quilombo”. Por último afirmó que su idea es irse a vivir con su familia lejos de la ciudad.

Leer noticias aquí: 

- Sendero Regional (9/04/18): "Lobería vivió un juicio histórico" (ver)

jueves, 21 de marzo de 2019

ZÁRATE-CAMPANA: No culpable a un ex policía por actuar en legítima defensa

El jurado popular declaró no culpable a Damián Velázquez, quien por entonces cumplía tareas en la División Rural de la Policía Local de dicho distrito, aunque al momento del trágico suceso se encontraba de franco. Lo acusaron de homicidio calificado por el uso de arma de fuego, pero el jurado lo declaró no culpable tras considerar que actuó en legítima defensa. El juicio se llevó a cabo del 18 al 20 de marzo en el Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Zárate-Campana. 

El juicio estuvo dirigido por el Juez técnico Daniel Rópolo, mientras que el fiscal fue José Luis Castaño y la defensora oficial fue Fabiana Elisa Florentín.

martes, 12 de marzo de 2019

NECOCHEA: Un jubilado fue absuelto de homicidio por actuar en legítima defensa de su hijo discapacitado y condenado por portación ilegal del arma

En otra muestra notable de justicia popular, el jurado declaró no culpable de homicidio a un jubilado por considerar que se defendió ante un hombre extremadamente peligroso pero, a la vez, lo declaró culpable del delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

LOS HECHOS:

Juan Bellavía, un jubilado de Quequén de 73 años, fue declarado no culpable de manera unánime del cargo de homicidio por un jurado de sus pares, al entender que se defendió legítimamente de un agresor totalmente violento y borracho, Marcelo Gastón González (32 años), que molió a palos y le robó a Emiliando Bellavía, su hijo discapacitado, el celular. Sin embargo, el jurado consideró que la portación del arma que Bellavía empleó en el hecho era ilegal, y por ese hecho n° 2 lo declaró culpable. 


Juan Bellavía, absuelto por el jurado popular del cargo más grave

Se lo dijo al jurado en la cara: “Me salvé porque él estaba borracho, sino no estaría acá”. "Le salvé la vida a mi hijo", aseguró Juan Omar Bellavía, el jubilado al que un jurado popular declaró “no culpable” por matar de varios disparos a un malviviente de frondoso prontuario que le había robado el teléfono celular a su hijo discapacitado mental. 

El hecho se registró el 24 de noviembre de 2017 en Quequén en el domicilio del fallecido. El veredicto del jurado permitió que Bellavía recuperara en el acto su libertad, ya que estaba con arresto domiciliario.

EL JUICIO:

Los hechos que determinó el jurado fueron los siguientes: Mauricio Gastón González estaba en la vereda de su casa tomando alcohol y drogándose con cocaína junto a varios de sus compañeros de fechorías. 

El hijo de Bellavía, Emiliando, con una severa discapacidad mental, pasó por allí y fue molido a golpes con un palo por González para robarle el celular y así canjearlo en la zona por más droga. González además tenía antecedentes penales por el asesinato de un gomero que había ocurrido años atrás también en Quequén. 

VER VIDEO DEL RESUMEN DEL JUICIO  (VER VIDEO AQUÍY EL VEREDICTO DEL JURADO (VER VEREDICTO Y DECLARACIONES DEL ACUSADO)

Al regresar a su casa el muchacho todo golpeado, le pudo decir al padre lo sucedido. Bellavía entonces agarró su revólver calibre 32 y fue con su hijo hasta el domicilio de González para que le devolviera el teléfono.

Aún así, Bellavía llamó al 911 en el camino pidiendo el auxilio policial. Concurrió entonces una oficial de policía, que se los cruzó por el camino y que les aconsejó radicar una denuncia. Ante la insistencia de Bellavía para que los acompañara a recuperar lo robado, la policía se limitó a decir: "No vayan. No voy a acompañarlos. Son gente muy pesada y peligrosa. Hagan la denuncia". La policía llegó a cachear a Emiliano, pero no a su papá.

Bellavía le dijo al jurado que ese celular era esencial para ellos, dada la discapacidad grave de su hijo. Al irse la policía, los Bellavía llegaron hasta el domicilio, reclamaron el celular y el finado González los insultó varias veces. La increíble saga prosiguió cuando alguien, desde adentro de la casa, les arrojó un celular que no era el de su hijo para que se fueran. 

Los insultos siguieron y González se les fue al humo. Allí nomás, Bellavía padre efectuó al menos dos disparos que terminaron con la vida de González. 

Jueza Luciana Yrigoyen Testa

LOS ALEGATOS DE CLAUSURA

La fiscal Silvia Gabriele fue clara en su teoría del caso: Bellavía fue a tomar venganza. No hubo ataque de González. Nada justificó su accionar. "Debió dejar que actuara la justicia, en vez de tomarla él en sus manos", finalizó. 

El defensor oficial Daniel Surgen no se quedó atrás. En su excelente alegato de clausura sostuvo: "No conozco a ningún asesino que llame antes al 911". "Bellavía tuvo que interactuar con un sujeto peligrosísimo, que ya tenía tres homicidios en su haber y que había molido a palos y robado a su hijo discapacitado mental". "La policía lo dejó solo, no lo acompañó". "De haberlo hecho, como era su deber, nada de esto hubiera pasado".

INSTRUCCIONES DE LA JUEZ: el veredicto

La jueza  Luciana Yrigoyen Testa instruyó al jurado sobre todas estas alternativas. Hecho n° 1: homicidio agravado por el empleo de arma de fuego". Hecho n° 2: portación ilegal de arma de uso civil.

El jurado encontró por unanimidad que el accionar estaba justificado y lo declaró no culpable del homicidio, aunque culpable de la portación ilegal de arma de fuego. 

Al escuchar el veredicto, Bellavía agradeció al jurado. Cual jugador del Scratch brasileño, alzó sus brazos al cielo y exclamó: " Que Dios los bendiga" (ver video "Gracias a Dios y que los Bendiga").

Que Deus esteja contigo

Leer noticias aquí:

- TSN noticias (12/03/19): "Declararon “no culpable” a Juan Bellavía" (ver)

- TSN Noticias (12/03/19): "Juan Bellavía “no culpable” – Legítima Defensa" (ver)

martes, 18 de septiembre de 2018

SAN NICOLÁS: Veredicto de no culpabilidad por un homicidio en el Barrio Ginés García

El Barrio Ginés García vendría a ser algo así como el Fuerte Apache de San Nicolás.

Los diarios locales no dejan dudas de lo pesado que es ese rioba en forma de "T". El Norte Bonaerense consignó, allá por 2015: "Ginés García, un barrio ganado por el miedo"

El barrio Ginés García


domingo, 16 de septiembre de 2018

LA REVOLUCIÓN DEL JUICIO POR JURADOS EN LA ARGENTINA. Absolvieron al carnicero.

Ya nada será igual para el sistema judicial de Argentina tras el veredicto unánime de no culpable que absolvió al carnicero Daniel Oyarzún.


No se habla de otra cosa en la Argentina que del caso del carnicero y del juicio por jurados. Es una verdadera revolución. El juicio por jurados obtiene un abrumador apoyo en la opinión pública y se prevé su rápida extensión a todo el país. 


Jamás se vio en el país semejante repercusión, ni siquiera con el famoso veredicto de culpabilidad por femicidio del caso Farré (El país entero habla del caso Farré). La gente opina de los valores que trae el jurado como novedad a la justicia: el sentido común, la equidad, el valor de la unanimidad, del número de doce jurados, que representen directamente a la comunidad y de que sus veredictos son inapelables y definitivos.

El carnicero, tras el veredicto del jurado que lo liberó

lunes, 10 de septiembre de 2018

COMIENZA EL JUICIO POR JURADOS AL CARNICERO DE ZÁRATE CAMPANA. Enorme repercusión nacional

En medio de una gran expectativa nacional, comenzó hoy el juicio por jurados al carnicero Daniel Oyarzún para determinar si es culpable de homicidio simple o no culpable por haber actuado en legítima defensa.

El carnicero Daniel Oyarzún

Como ordena la Constitución Nacional, serán doce jurados los que darán su veredicto. Doce vecinos comunes de Zárate-Campana serán los encargados de evaluar las pruebas, escuchar los alegatos de los abogados y de juzgar el accionar del carnicero.

El país entero espera el desenlace y se hace las mismas preguntas: 


¿Qué hará el jurado con un comerciante que persigue a un ladrón armado que lo robó y le provoca la muerte? 

1) ¿Lo dejará libre? 

2) ¿Lo condenará por hacer justicia por mano propia? 

3) ¿O lo condenará a una pena más atenuada porque "se le fue la mano"? 

jueves, 23 de agosto de 2018

LA MATANZA: CULPABLE DE HOMICIDIO CON ARMA DE FUEGO

Finalizó ayer un debate de dos jornadas en un juicio por jurados que se desarrolló en la sede de la Universidad Nacional de La Matanza (UNLAM).

Ante una nutrida concurrencia, conformada principalmente por cientos de estudiantes universitarios, el jurado arribó a un veredicto unánime de "culpable de homicidio con arma de fuego" contra el Chani Molina.

Además, estuvieron presentes el Subsecretario de Justicia de Mendoza, Dr. Marcelo D´Agostino y el Presidente de la AAAJ, Dr Héctor Granillo Fernández. El funcionario mendocino, ante la inminente sanción de la ley de juicio por jurados, llegó desde su provincia para presenciar un juicio por jurados real.  



sábado, 19 de mayo de 2018

ZÁRATE CAMPANA: Por unanimidad, el jurado absolvió al obrero José Paz

Los doce jurados coincidieron en un veredicto de no culpabilidad por actuar en legítima defensa para José Paz. Por ello, después de quince meses de estar detenido, el obrero de 53 años, que sólo fue a recuperar el lavarropas que le habían robado,  recupera la libertad.

Efectivamente, en febrero de 2017, José Antonio Paz averiguó por el barrio y supo quién la había robado el lavarropas de su casa y dónde estaba el aparato. Indignado, caminó medida cuadra adonde vivía Juan Gabriel Ortiz, su vecino. Sabía que se iba a enfrentar a un muchacho de 24 años que era boxeador profesional y que tenía antecedentes penales. Ortiz tenía un hijo y entrenaba boxeo. Incluso, por esos días se preparaba para participar de una velada boxística en el Club Plaza Italia.

La víctima fatal


viernes, 11 de mayo de 2018

SAN MARTÍN: Los jurados absolvieron al tío que salió a defender a su sobrino

Juan Antonio Calderon, de 27 años de edad, fue declarado no culpable por un jurado popular del cargo de homicidio simple por la muerte de Jorge Forzano que le imputó el fiscal Miguel Angel Gragnoli. El jurado consideró suficientemente probado que el acusado actuó en legítima defensa de un tercero. En este caso, de su sobrino. Esa fue la teoría del caso del abogado defensor, Juan A. Bottegal. El veredicto de no culpabilidad del jurado fue rendido tras varias horas de deliberación.

El hecho se produjo el  19 de agosto de 2016 en la calle Quito, entre las de Puerto de Palos y Sordeaux  de la localidad bonaerense  de Bella Vista, Partido de San Miguel.