AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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martes, 19 de noviembre de 2024

DOCTRINA: se publicó el libro EL JURADO CIVIL


La AAJJ siempre ha mantenido su inalterable compromiso con la implementación del juicio por jurados en materia civil y comercial que ordena el artículo 24 de la Constitución Nacional. 

Tenemos muy en claro que mientras la Argentina siga sumida en un proceso civil escrito, por actas y expediente -aunque sea digital- la oralidad plena en todos los fueros tardará mucho más tiempo en ser realidad. La presencia del jurado en el fuero civil es hoy la única garantía para que la oralidad y la publicidad se implementen en serio en el país.

Que no haya juicios civiles orales y públicos afecta incluso el desarrollo de la litigación adversarial en materia penal, ya que el 80% de los abogados del país se dedican a asuntos civiles. 

Las Universidades carecen de incentivos para enseñar litigación adversarial, ya que la práctica en los Tribunales sigue siendo 100% la escritura. Es un círculo vicioso que es muy difícil de quebrar y que requiere acciones audaces y creativas: una de ellas fue impulsar el jurado civil.

Nuestros esfuerzos se vieron finalmente coronados en diciembre del 2020, cuando Chaco sancionó una ley excepcional de jurado civil por primera vez en el mundo fuera del common law (ver) y (ver).


Andrés Harfuch y Alberto Binder (directores)


Para acompañar ese suceso, Editorial Ad-Hoc acaba de publicar el libro dirigido por Alberto Binder y Andrés Harfuch, El jurado civil, que compilan algunos de los artículos más importantes que se hayan escrito en el mundo sobre el juicio por jurados civil. 

El libro será un soporte teórico fundamental para poner en marcha la oralidad civil con jurados en el país, además de ser una joya para los investigadores, estudiantes y académicos del derecho.

El libro integra el volumen nº 12 de la prestigiosa Colección de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana que dirigen Alberto Binder y Andrés Harfuch y que hoy es referencia obligada en el mundo del jurado de habla castellana. 

La obra cuenta con artículos legendarios de célebres juristas que han influido de manera decisiva en el desarrollo del jurado civil en el common law. 


Paula Hannaford Agor, Paul Carrington,
Harry Kalven Jr y Jacqueline Horan

Han sido traducidos íntegramente al castellano y llevan la firma de autores sumamente prestigiosos como son Shari S. Diamond, Valerie P. Hans, Harry Kalven Jr., la profesora australiana Jacqueline Horan, Paul D. Carrington, Paula L. Hannaford, B. Michael Dann, G. Thomas Munsterman y Lewis Mayers.

En especial debe destacarse el excepcional artículo que se dedica al análisis de la ley de juicio por jurado civil de la provincia de Chaco, escrito por Shari S. Diamond y Valerie P. Hans, que inclusive grabaron un video para promocionar la obra en su presentación





lunes, 18 de noviembre de 2024

ARGENTINA: The book CIVIL JURY was published

                   


The AAJJ has always maintained its strong commitment to the implementation of trial by jury in civil and commercial matters, as required by Section 24 of the Constitution. 

Section 24. Congress shall promote the reform of the present legislation in all its branches, and the establishment of trial by jury

We are very clear that as long as Argentina remains mired in a written civil process by file, - even if it is digital - full oral proceedings in all courts will take much longer to become a reality. Thus, the presence of the jury in the civil court is today the only guarantee for oral proceedings and publicity to be seriously implemented in the country.

The lack of oral and public civil trials even affects the development of adversarial litigation in criminal courts, since 80% of the country's lawyers are dedicated to civil matters. 

Universities lack incentives to teach and train law students in adversarial litigation techniques, since the practice in the courts is still 100% written. It is a vicious circle that is very difficult to break and requires bold and creative actions: one of them was to promote the civil jury.

Our efforts were finally crowned in December 2020, when Chaco enacted an exceptional civil jury law for the first time in the world outside of common law (global impact) y (see).


Andrés Harfuch and Alberto Binder (directors)


To accompany this event, Editorial Ad-Hoc has just published the book directed by Alberto Binder and Andrés Harfuch, El jurado civil, which compiles some of the most important articles ever written in the world about civil jury trials. 

The book will be a fundamental theoretical support for implementing civil oral proceedings with juries in the country, as well as being a jewel for researchers, students and legal academics.

The book is part of volume n° 12 of the prestigious Jury Trial and Citizen Participation Collection, also directed by Alberto Binder and Andrés Harfuch and which is today an essential reference in the world of Spanish-speaking juries. 

The work features legendary articles by famous scholars who have decisively influenced the development of the civil jury in common law


Paula Hannaford Agor, Paul Carrington,
Harry Kalven Jr and Jacqueline Horan.

They have been fully translated into Spanish and bear the signature of extremely prestigious authors such as Shari S. Diamond , Valerie P. Hans , Harry Kalven Jr. , the Australian professor Jacqueline Horan , Paul D. Carrington , Paula L. Hannaford , B. Michael Dann, G. Thomas Munsterman and Lewis Mayers.

Of particular note is the exceptional article dedicated to the analysis of the civil jury trial law of the province of Chaco, written by Shari S. Diamond and Valerie P. Hans , who even recorded a video to promote the work at its presentation.




sábado, 27 de enero de 2024

Un jurado civil de Manhattan ordena a Trump pagar 83,3 millones de dólares a una escritora por difamación


Este viernes, un jurado civil de Manhattan ordenó al ex presidente Donald Trump a pagar 83,3 millones de dólares a la escritora E. Jean Carroll por difamación desde 2019 -cuando ella logró que otro jurado lo condenara por haberla abusado unas décadas antes en un probador de ropa-, ataques que él continuó en publicaciones de redes sociales, ruedas de prensa e incluso durante el propio juicio. 

“Esta es una gran victoria para cada mujer que se ha levantado tras haber sido derribada y una gran derrota para cada abusador que ha intentado reprimir a una mujer”, dijo Carroll

"El veredicto del jurado demuestra que la ley se aplica a todos en nuestro país, incluso a los ricos, incluso a los famosos, incluso a los ex presidentes”.

“El veredicto es ridículo. Nuestro sistema judicial está fuera de control y se está utilizando como arma política”, dijo Trump, prometiendo apelar. “Han eliminado todos los derechos de la Primera Enmienda”.

Las abogadas de Carroll habían argumentado que era necesaria una indemnización cuantiosa para evitar que Trump siguiera atacándola. Tras menos de tres horas de deliberación, el jurado respondió concediendo a Carroll 65 millones de dólares en daños punitivos y concluyó que Trump había actuado con malicia. 

Recientemente, en un solo día, Trump escribió más de 40 mensajes burlones sobre la escritora en Truth Social, su sitio web.

Trump fue advertido reiteradamente por el juez Lewis Kaplan de que lo obligaría a irse de la sala si seguía murmurando e interrumpiendo con comentarios en voz audible mientras declaraban los testigos.


El juez Lewis Kaplan

“Señor Trump, espero no tener que considerar excluirlo del juicio”, ha dicho Kaplan en un intercambio después de que el jurado saliese para almorzar, y agregó: “Entiendo que probablemente esté deseando que lo haga”. 

“Me encantaría”, ha replicado Trump, encogiéndose de hombros sentado en la mesa de la defensa entre sus abogados. 

“Sé que le gustaría. No puede controlarse en estas circunstancias, por lo visto”, respondió Kaplan. 

“Usted tampoco puede”, murmuró Trump.



Trump ya se había ido furibundo de la sala el viernes cuando, poco después de las 4:30 p. m., el juez, Lewis A. Kaplan, anunció la entrada del jurado civil y advirtió a los abogados: “No se permitirán arrebatos”. El veredicto se emitió nueve minutos más tarde en medio de un silencio absoluto en la sala del tribunal.

Aunados a los 65 millones de dólares, los integrantes del jurado concedieron a Carroll 18,3 millones de dólares en concepto de daños compensatorios por su sufrimiento. Los abogados de Trump se desplomaron en sus asientos cuando se leyeron en voz alta las cifras en dólares. El jurado fue disuelto y Carroll, de 80 años, abrazó a sus abogadas. Minutos más tarde, salió del juzgado del brazo de su equipo legal, sonriendo ante las cámaras.

Esta es una gran victoria para cada mujer que se ha levantado tras haber sido derribada y una gran derrota para cada abusador que ha intentado reprimir a una mujer”, dijo Carroll en un comunicado, agradeciendo efusivamente a sus abogadas.

Trump, quien había salido de la sala del tribunal más temprano durante el alegato de clausura de la abogada de Carroll, afirmó en una publicación de Truth Social que el veredicto era “absolutamente ridículo”.

“Nuestro sistema judicial está fuera de control y se está utilizando como arma política”, dijo, prometiendo apelar. “Han eliminado todos los derechos de la Primera Enmienda”.

La abogada principal de Carroll, Roberta A. Kaplan, afirmó que el veredicto “demuestra que la ley se aplica a todos en nuestro país, incluso a los ricos, incluso a los famosos, incluso a los ex presidentes”.

El veredicto eclipsó ampliamente los 5 millones de dólares que otro jurado le otorgó a Carroll la primavera pasada tras encontrar que Trump había abusado sexualmente de ella en la década de 1990 en un probador de Bergdorf Goodman y que la había difamado en una publicación de Truth Social en octubre de 2022. El veredicto se produjo después de que Trump se presentara casi todos los días del juicio más reciente y testificara brevemente esta semana.

El juez Kaplan, quien presidió ambos juicios, había dictaminado que las conclusiones del jurado en mayo pasado se trasladarían al actual, limitando el enfoque del segundo jurado únicamente a los daños y perjuicios. A Trump, quien está postulándose nuevamente para la presidencia, no se le permitió desviarse de ese tema durante su testimonio. El jueves, el juez, fuera de la presencia del jurado, le pidió a su abogada Alina Habba una vista previa de ese testimonio. “Quiero saber todo lo que va a decir”, afirmó el juez.

Al final, Trump, debido a sus acciones y palabras, fue su peor enemigo. Durante el juicio, atacó a Carroll en línea y la insultó la semana pasada en un acto de campaña en Nuevo Hampshire. Dentro de la sala del tribunal, el juez le advirtió a Trump que podría ser expulsado después de que las abogadas de Carroll se quejaran de que estaba murmurando “estafa” y “cacería de brujas” lo suficientemente alto como para que los miembros del jurado lo escucharan.

Leer noticias aquí:

- New York Times (26/01/24): "Un jurado ordena a Trump pagar 83,3 millones de dólares a E. Jean Carroll por difamación" (ver)

- El País (24/01/24): "El juez amenaza con echar a Trump de su juicio de difamación en Nueva York por no callarse" (ver)

lunes, 15 de mayo de 2023

"ENTENDIENDO EL VEREDICTO DEL JURADO CIVIL DE TRUMP", por Richard Lempert



El profesor Richard Lempert, de la Universidad de Michigan, es indiscutiblemente la máxima autoridad mundial en Reglas de Evidencia. Además de su inmenso prestigio académico, Lempert es un fervoroso defensor del juicio por jurados. Fue uno de los firmantes del amicus curiae que desembocó en el fallo "Ramos vs Louisiana" y que reafirmó el estatus del veredicto unánime como garantía constitucional. 

Escribió esta notable columna de opinión para el diario Brookings que tradujimos para nuestros lectores sobre la reciente condena a Trump en el juicio por jurados civil por el ataque sexual y difamación a la periodista E. Jean Carroll en una tienda de ropa de New York en 1995 (en inglés original).



"ENTENDIENDO EL VEREDICTO DEL JURADO CIVIL DE TRUMP"


Algunas personas suelen equiparar a los jurados con cajas negras. Los observadores saben qué es lo que entra en la caja (las pruebas) y qué es lo que emerge (el veredicto), pero poco saben sobre cómo el jurado llegó al veredicto a partir de las pruebas admitidas. El jurado civil de Trump fue una caja aún más negra que la mayoría. Ni siquiera sabemos quiénes son los miembros del jurado. Mientras que las ventanas de la caja a menudo se abren a través de entrevistas con los jurados post juicio, al menos hasta hoy no se han abierto ventanas, y el juez ha instado a los jurados del juicio de Trump a mantener las cosas de esta manera.

Sin embargo, medio siglo de investigación sobre los jurados ha revelado mucho sobre cómo deliberan y llegan a sus veredictos. Recurrir a ellas  nos permite especular fundadamente sobre por qué el jurado emitió los veredictos que emitió.

Los jurados no actúan de forma incoherente si creen una parte de lo que dice un testigo, pero no toda su historia. Por lo tanto, no hace falta saber nada sobre las deliberaciones del jurado para deshacerse de una intuición comúnmente expresada sobre el veredicto del jurado; a saber, que el jurado se contradijo al considerar que Trump agredió sexualmente a Carroll pero que no la violó. Los dos delitos son diferentes. Mientras que la violación incluye necesariamente una agresión sexual, las agresiones sexuales abarcan comportamientos que, jurídicamente hablando, no constituyen violación, y el jurado fue instruido sobre estas diferencias. Además, los testigos pueden estar más seguros cuando relatan algunas partes de sus historias que cuando relatan otras, y otras pruebas pueden corroborar parte de lo que una de las partes ha afirmado, pero no todo.




En el juicio de Trump había pruebas considerables que podían hacer dudar a un jurado razonable sobre la aceptación de la denuncia de violación de Carroll, pero que no socavaban sustancialmente su denuncia de agresión sexual. Carroll no acudió a la policía después de la agresión; no dijo nada públicamente sobre su experiencia durante 30 años; su primera revelación pública de la agresión de Trump puede haber sido hecha para aumentar las ventas de sus libros, y parece haber tenido poco efecto para las políticas de Trump. Estas consideraciones, por supuesto, van en contra de creer cualquiera de las acusaciones de Carroll, por lo que incluso si dieron a algunos miembros del jurado una duda, por sí solas es poco probable que expliquen por qué los miembros del jurado dudaron de la acusación de violación de Carroll, pero fueron unánimes en encontrarlo culpable de agresión sexual.

Otras pruebas, sin embargo, pueden explicar las disparidades de opinión. La principal es que Carroll no consideró la agresión de Trump como una violación cuando, inmediatamente después de la agresión, le contó a una amiga lo que había ocurrido. Su incapacidad para ver lo que le ocurrió como una violación parece menos improbable si sólo hubiera sido agredida por penetración mediante el empleo de los dedos. También es más fácil ver cómo pudo producirse la penetración con dedos, a pesar de los confines relativamente pequeños de un vestuario de unas tiendas de ropa y del forcejeo de Carroll, que imaginar que también se produjo la penetración con el pene.


Natalí Chizik, Richard Lempert, Shari Diamond
y Andrés Harfuch en Toronto 2018


Además, aquellos jurados familiarizados con la investigación moderna sobre la memoria encontrarían plausible de suponer que, con el paso del tiempo, la memoria de Carroll sobre lo sucedido hubiera cambiado hasta crear un recuerdo honesto pero erróneo de la violación. Por último, la verosimilitud de los cargos de violación y de agresión sexual también se ve afectada de manera diferente por las pruebas que sacó a este hecho del puro reino de casos "él dijo/ella dijo". Las pruebas que fueron cruciales a este respecto incluyen las cintas de Hollywood Access y la experiencia de otras dos mujeres que declararon que Trump las había agredido. Las otras agresiones sexuales de Trump, e incluso sus confesiones en las cintas de Hollywood Access de haber agarrado a mujeres de la vagina (pussy grabbing), eran insuficientes para el cargo de violación. Los jurados apoyaron el cargo de agresión sexual de Carroll en mucha mayor medida que su alegación de violación.

El modelo dominante para explicar las decisiones de los jurados se denomina modelo narrativo (story model). Los jurados intentan construir historias que expliquen las pruebas que se les presentan. Teniendo en cuenta lo que escuchó el jurado, probablemente fue más fácil construir una historia convincente de agresión sexual que una historia en la que la agresión incluyera una violación.



Esto no quiere decir que el jurado hubiera actuado de forma irrazonable si hubiese considerado que Trump violó a Carroll, ni tampoco sería una sorpresa si más tarde supiéramos que algunos de los miembros del jurado pensaban así. De ser así, Trump podría, sin embargo, haberse beneficiado de la mayor gravedad del cargo de violación. El estándar probatorio en materia civil es por preponderancia de las pruebas, lo que normalmente significa que la probabilidad de que la afirmación del demandante sea cierta es al menos ligeramente superior al 50%. 

Pero las cosas no funcionan necesariamente así. Los jurados legos no hablan el lenguaje de las matemáticas, ni es probable que aborden su tarea como si tuvieran que poner las pruebas de cada parte en una balanza para determinar cuál de ellas pesa más, aunque ésta sea la imagen que transmite el lenguaje de la ley. Más bien, después de haber sido instruidos de que el estándar es por preponderancia de las pruebas, los jurados quieren sentirse cómodos de que están tomando la decisión correcta. Sabiendo que la violación es, junto con el asesinato, el delito más grave de nuestro país, incluso aunque el caso sea una demanda civil, algunos jurados pueden haber necesitado sentirse particularmente seguros en su juicio para declarar que se había producido una violación.


Además, me he topado con sugerencias de que fallar a favor de Carroll en el cargo de agresión sexual y a favor de Trump en el cargo de violación es una especie de veredicto de compromiso del tipo "partamos la diferencia". (NdT: el veredicto de compromiso ocurre cuando algunos jurados votan en contra de sus propias convicciones en ciertos temas para evitar el estancamiento).

Aunque es muy posible que los miembros del jurado discreparan en sus opiniones sobre si hubo violación, el veredicto final no tiene el sello distintivo de un compromiso entre jurados. Si las deliberaciones comienzan con dos facciones fuertemente comprometidas con puntos de vista opuestos, normalmente se necesitan muchas horas de deliberaciones antes de llegar a un terreno común aceptable. Este veredicto se emitió en menos de tres horas, lo que sugiere que hubo un acuerdo sustancial sobre las cuestiones más importantes desde el principio. Gran parte de este tiempo se dedicó probablemente a reconciliar los diferentes puntos de vista sobre los daños sufridos por Carroll, más que a debatir el comportamiento de Trump en la tienda Bergdorf Goodman. Sin embargo, no sería sorprendente que los miembros del jurado llegaran a un veredicto de compromiso o negociado en el ítem de cuantía de los daños.

Tal vez algunos de los que estuvieron en la sala del jurado proporcionen con el tiempo más detalles sobre lo que ocurrió durante sus deliberaciones y porqué los veredictos separados y los montos concedidos adoptaron las formas que adoptaron. Pero, por lo que se ve, parece que el jurado de Trump actuó admirablemente dadas las pruebas rendidas en el juicio.


jueves, 11 de mayo de 2023

JURADO CIVIL: Trump fue declarado culpable por abuso sexual y difamación

Donald Trump, condenado

El expresidente de Estados Unidos Donald Trump fue este martes hallado culpable de «abuso sexual» y difamación, pero no de violación, en la demanda que le hizo la escritora E.Jean Carroll.

Así lo señala el veredicto unánime, que hoy alcanzó en tiempo récord el jurado neoyorquino que juzgó su caso.

El juicio fue ante un jurado civil en la corte de Manhattan, Nueva York y fue recibido como un triunfo histórico por el feminismo.

El expresidente deberá pagar una compensación de cinco millones de dólares a la columnista E. Jean Carroll.

Carroll acusaba a Trump de haberla violado en el probador de unos grandes almacenes de Nueva York a mediados de los noventa, y también de difamarla cuando ella se decidió a hacer pública su denuncia en un libro que publicó en 2019.

Para el jurado no hubo violación, pero sí hubo abuso sexual por tocamientos y manoseos.


La víctima, Jean Carroll

El jurado decidió también que Trump debe indemnizar a Carroll con un total de unos cinco millones de dólares, de los cuales dos son por los "daños" causados por Trump en aquella agresión sexual y 2,7 millones por lo relacionado son su reputación.

Al tratarse de un caso que discurre por la vía civil, no hay penas de cárcel asociadas.

Esta es la primera ocasión en la que Trump es condenado después de dejar la presidencia del país, aunque el pasado enero su empresa, la Organización Trump, fue sentenciada a pagar 1,61 millones de dólares por una trama de evasión fiscal.

El juez advirtió que no admitiría gritos ni aplausos en el momento de pronunciar el veredicto, y la denunciante Carroll, que también acudió a esta última sesión, no mostró ninguna reacción inmediata.

El jurado debía pronunciarse sobre si Trump era responsable (término usado en los casos civiles) por violación, por abuso sexual o por tocamientos, y el jurado eligió la segunda posibilidad, además de considerarlo responsable por difamación.

El juez se dirigió acto seguido a los abogados y les preguntó si tenían algo que añadir, a lo que ambos equipos, defensores y acusación, respondieron con una negativa.

Leer noticias aquí:

09/05/23 - "Trump fue declarado culpable por abuso sexual y difamación" (acá)

09/05/23 - "Un jurado de Nueva York condena a Donald Trump por abuso sexual a la escritora Jean Carroll" (acá)

jueves, 13 de octubre de 2022

Jurado civil de Connecticut condena al periodista de ultraderecha Alex Jones a pagar U$S 965 millones por decir que un tiroteo escolar en EE.UU. fue una “farsa”

El podcast de ultraderecha de Alex Jones
tenía una audiencia de millones de seguidores


Alex Jones aseguraba que la matanza en la escuela Sandy Hook donde murieron 20 niños fue una ficción. 

Lo hizo a través de su popular canal InfoWars y decía que solo buscaban sacarle las armas a la población. 

Sus seguidores acosaron a las familias de las víctimas por años.


Alex Jones


Alex Jones, popular locutor y divulgador de teorías de la conspiración y discursos de odio, deberá pagar casi un billón de dólares de daños punitivos a las familias de las víctimas de un tiroteo en la escuela de Sandy Hook, tras afirmar en su podcast InfoWars que el incidente había sido una “farsa y puro teatro para prohibir la portación de armas”


La decisión fue tomada de manera unánime por un jurado civil de Connecticut, en un caso emblemático acerca de los límites de la libertad de expresión.


ALIVIO EN LAS VÍCTIMAS



“Un jurado que representaba a nuestra comunidad y a nuestra Nación ha rendido un veredicto histórico, un veredicto contra Alex Jones, sus mentiras y su venenoso esparcimiento, y un veredicto en favor de la verdad y de nuestra humanidad común”, dijo Chris Mattie, abogado de los demandantes.

“La verdad se impone y quienes se aprovechan del dolor ajeno lo acaban pagando”


Jones y su podcast InfoWars deberán abonar 965 millones de dólares a las familias de ocho de las víctimas de ese tiroteo y a un agente del FBI, por haberlos difamado públicamente según dispuso el jurado de Connecticut.

Desde InfoWars, el locutor se pasó años difundiendo la teoría de que el tiroteo en la escuela Sandy Hook, de Newtown (Connecticut, EE UU), fue una “farsa y puro teatro para prohibir la portación de armas”, ante lo que varias familias de las víctimas lo demandaron.

Sostuvo esos argumentos durante años, mientras su desinformación atraía a más y más seguidores. Eso le reportó millones de dólares en publicidad y beneficios. En el juicio salió a la luz la trama de sociedades pantalla bajo la que ocultaba la fortuna amasada, calculada entre los 135 y los 270 millones de dólares.

El fundador de InfoWars había sostenido ante sus oyentes, pocas horas después de la matanza, que se trataba de una escenificación para conseguir que el Gobierno prohibiera que los ciudadanos pudieran tener armas. También llegó a sugerir que los padres no eran tales, sino actores contratados para continuar la charada.

Después de que empezaran a presentarse las querellas, el comentarista radiofónico cambió de discurso y pasó a reconocer que el tiroteo fue real.

El veredicto representa la mayor sanción impuesta hasta el momento a Jones en una compleja y larga batalla de los padres de los menores asesinados en los tribunales para conseguir que el extremista rindiera cuentas por su diseminación de mentiras.




Aun así, la teoría propagada por Jones llevó a varios de sus seguidores a amenazar y acosar a los padres de las víctimas, entre ellos a los del pequeño Jesse, a quienes acusaron de estar mintiendo sobre la muerte de su hijo con fines políticos.

Su teoría caló entre al menos parte de sus seguidores, tan amantes como él de las teorías de la conspiración de la derecha alternativa. Durante el juicio, los padres demandantes testificaron acerca de cómo recibieron amenazas y acoso por parte de simpatizantes de Jones, que les acusaban de haber falsificado la muerte de sus hijos. 

Las cosas llegaron a tal punto que dejaron de sentirse seguros en su propia casa; cuando salían a la calle, se encontraban siempre tensos y alerta. Algunos llegaron a mudarse de Newport, la localidad de Connecticut donde se encontraba la escuela. Durante las tres semanas de juicio, han vuelto a revivir aquel trauma.

El pasado julio, Free Speech Systems -empresa de Axel Jones y dueña de InfoWars- se declaró en bancarrota para evitar los pagos de la indemnización. En 2019, Facebook prohibió permanentemente de su plataforma y de Instagram, también de su propiedad, a seis líderes de opinión vinculados a discursos de odio y posiciones de ultraderecha, entre ellos a Jones, al considerar que “fomentan la violencia”.

El ejecutor de la matanza en la escuela de Sandy Hook fue Adam Lanza, un joven de 20 años con problemas mentales que disparó a su madre mientras dormía y a continuación se presentó fuertemente armado en la escuela primaria a la que había asistido en su infancia, donde mató a esos 20 niños y 6 adultos antes de quitarse la vida.


Las víctimas de la escuela


REPERCUSIONES

“Me siento increíblemente orgullosa y agradecida por el mensaje que se ha enviado hoy con el veredicto del jurado: que la verdad se impone y aquellos que se aprovechan del dolor y del trauma de otros acaban pagando lo que han hecho. Habrá otros Alex Jones en el mundo, pero lo que se les ha dicho hoy es que por supuesto que se les obligará a rendir cuentas”, declaró Erica Lafferty-Garbatini. 

Su madre, Dawn Hoschprung, era la directora de la escuela cuando el joven Adam Lanza irrumpió a tiros en el recinto, después de haber matado a su propia madre. Hoschprung murió de varios disparos cuando salió a ver qué estaba ocurriendo y prevenir a los demás.

Mientras se leía el veredicto, el comunicador prometió apelar, y aseguró que el proceso de bancarrota de su compañía protegerá mientras tanto la supervivencia del canal. “Estamos luchando contra Goliath”, sostuvo, en el más puro estilo Alex Jones. Durante las tres semanas de audiencia, el ícono ultraderechista se había negado a pedir disculpas a las familias demandantes, con el argumento de que ya lo había hecho en otras ocasiones.

El monto de la compensación, al que Jones tendrá que sumar las costas del juicio y los honorarios de los abogados de los demandantes, representa un indicio del malestar del jurado hacia el comportamiento del teórico de la conspiración y su afán por difundir las fake news más injustificadas para avanzar en su agenda, ganar seguidores (y millones de dólares).


Terror en la escuela Sandy Hook

Leer noticias aquí:

- El País (13/10/22): "El fundador de InfoWars, Alex Jones, condenado a pagar 965 millones de dólares a las familias de la matanza de Sandy Hook" (ver)

- Los Andes (13/10/22): "Condenan a periodista de ultraderecha a pagar U$S 965 millones por decir que un tiroteo escolar en EE.UU. fue una “farsa” (ver)





lunes, 11 de julio de 2022

INSTRUCCIONES AL JURADO CIVIL Y FORMULARIO DE VEREDICTO en el caso de la Masacre de Trelew. Entrevista al abogado Eduardo Hualpa


Jueza federal Lauren F. Louis


Ponemos a disposición de nuestros lectores, en otro gran esfuerzo de edición y traducción, las instrucciones completas al jurado civil en castellano que la jueza federal de la Corte Sur de Florida Lauren F. Louis le impartió al jurado que juzgó a Guillermo Bravo por el juicio de la Masacre de Trelew (descargar instrucciones al jurado civil).

También ponemos a disposición del público los formularios de veredicto y explicamos cuáles fueron las principales discusiones jurídicas que se dieron entre el actor y el demandado en torno a las instrucciones y al formulario de veredicto final (formulario 128 de las víctimas) (formulario 137 del acusado Bravo).

Atento a la continua expansión del juicio por jurados en Argentina, estos insumos son otra herramienta fundamental para comprender cómo es un juicio por jurados, cuáles son sus etapas y cuáles los principales momentos de un litigio ante un jurado, como son las instrucciones y el veredicto. En este caso, ni más ni menos que un litigio de derechos humanos internacional ante un jurado civil.


EL HISTÓRICO JUICIO

Portadas de los diarios de época

Hace muy pocos días, el 1° de julio de 2022 y a casi 50 años de la Masacre de Trelew, el jurado popular de Florida, Estados Unidos rindió un veredicto unánime y condenó al ex marino Guillermo Bravo a pagar 27 millones de dólares por el fusilamiento extrajudicial de 16 prisioneros desarmados en la base Almirante Zar en Trelew, Chubut. Fue uno de los sucesos más sangrientos de la historia política argentina.

Fue resuelto en un juicio oral y público completamente transparente, contradictorio, adversarial, con inmediación, realizado en cinco días (de lunes a viernes) y decidido por el jurado en dos horas y media de deliberación. Inimaginable para la esclerosada justicia civil argentina y de América Latina, donde todo tramita por expedientes escritos durante años (crónica del juicio)


INSTRUCCIONES AL JURADO CIVIL

(descargar aquí)


Guillermo Bravo (80), culpable


Como ya explicáramos en el sonado caso jurado civil por difamación que enfrentó a Johnny Depp y Amber Heard, el veredicto del jurado civil difiere del veredicto del jurado penal (instrucciones y formulario) (video con instrucciones al jurado civil).

Por eso, para quienes no conocen cómo funciona un juicio por jurados, hacemos esta explicación.

Las instrucciones al jurado son el mecanismo mediante el cual  la jueza le transmite al jurado (que es lego) la ley aplicable para que el jurado decida los hechos del caso. Este era un caso por daños y perjuicios contra el ex marino Bravo derivados de la ejecución extrajudicial de dieciséis prisioneros políticos en 1972. 

La jueza discutió previamente con las partes estas instrucciones. Las partes hicieron sus propuestas, acordaron la mayoría y discutieron ardorosamente algunos ítems legales claves. La jueza decidió ese pleito y las partes dejaron asentadas también sus protestas para recurrir eventualmente, si es que no estuvieron de acuerdo con el modo en que la jueza las impartió. Veamos aquí este litigio en toda su extensión.

LITIGACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES AL JURADO CIVIL

El documento que acompañamos tiene 156 hojas, porque decidimos mostrar COMPLETO cómo fue el litigio de partes sobre las instrucciones al jurado y cómo lo decidió la jueza Louis. 

De tal modo, las instrucciones finales fueron mucho más cortas, pero aquí está contenido TODO lo que se discutió y que quedó asentado para su eventual revisión en apelación. 

Así es el método del juicio por jurados, con un control de partes de una intensidad sin par sobre la explicación de los conceptos legales.

El texto de las instrucciones, como suele suceder, se basa íntegramente en el Manual Modelo de Instrucciones al Jurado Civil del 11° Circuito Federal de Florida. Casi ningún juez se aparta jamás del lenguaje de ese manual, que es el fruto de largos consensos sobre la explicación de la ley entre los operadores del mundo judicial. Sin embargo, no son de aplicación obligatoria y, de tanto en tanto, las partes disputan alguna parte de ese texto en cada caso concreto. Aquí sucedió en algunos puntos claves, sobre todo por parte de la defensa del acusado Guillermo Bravo.



Por ejemplo, las partes discutieron muy fuerte "si rematar a un prisionero baleado inerme en el suelo constituye o no tortura"; si la ejecución extrajudicial de personas exige un asesinato "deliberado o no"; si la ejecución extrajudicial de prisioneros se define como "toda muerte previamente no autorizada por sentencia de un tribunal regularmente constituido, que ofreciera todas las garantías judiciales que se reconocen como indispensables por los pueblos civilizados"; si un marino argentino, de servicio y vistiendo uniforme al momento de los hechos actuaba o no "bajo el amparo de la ley" en términos de responsabilidad por daños; cuáles son "los pasos sustanciales" en la tentativa de asesinato del prisionero Alberto Miguel Camps en 1972; si todo esto puede ser probado "por indicios o pruebas circunstanciales".

Otro ejemplo extraordinario, que citamos textual: "La disputa central entre las partes es si la instrucción de legítima defensa que argumenta Bravo para justificar sus acciones se rige por el derecho internacional o por el derecho estadounidense. La jurisprudencia de la TVPA es clara en cuanto a que los tribunales deben cumplir con el estándar internacional para la legítima defensa; por lo tanto, la propuesta de las partes actoras es correcta y la propuesta del acusado es inapropiada".

O si cabe la legítima defensa (argumentada por Bravo) si se vacía el cargador de una sub-ametralladora PAM "sobre prisioneros desarmados".

La jueza explicó al jurado que ", las garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados, y que las familias tenían derecho a recibir, incluyen: 

1. El derecho a una audiencia justa, libre de tortura del acusado y soborno de testigos;

2. El derecho a un abogado para representar al acusado sin restricciones o la presión y el derecho a comunicarse libremente con su abogado;

3. El derecho de acceso a las pruebas en poder de la acusación que pudieran ayudar potencialmente al acusado; y

4. El derecho a que la condena y la pena sean revisadas por apelación ante un tribunal o corte superior.




Otro ejemplo: la jueza federal Louis le prohibió a las partes, y especialmente a Bravo, convertir al juicio en un foro de discusión política. 

"Este Tribunal ha reconocido que las remisiones a las supuestas opiniones políticas de los 19 difuntos son irrelevantes e inadmisibles para probar que el Demandado actuó por cuenta propia y en defensa propia y ha impedido que el Acusado se refiera "al comunismo y a Cuba".

Sin embargo, en presentaciones recientes, el Demandado ha seguido sugiriendo que los miembros de la familia de los Demandantes eran “terroristas” y miembros de grupos guerrilleros que se opusieron al gobierno en Argentina en los años ´70, y la mayor parte de sus pruebas materiales dejan en claro que tiene la intención de argumentar que la violencia política en Argentina durante la década de 1970 justificó sus acciones. 

Por lo tanto, se debe instruir al jurado que, bajo la TVPA, la oposición al gobierno no excusa las violaciones de derechos humanos alegadas en la presente denuncia." 

La lista es larga, pero fascinante para asomarse al mundo de los que es un litigio ante un jurado civil o penal. La jueza decidió de manera brillante cada punto. A veces a favor de los actores, a veces a favor del demandado. Su decisión indica siempre una sólida fundamentación en la fuente legal y jurisprudencial para cada ítem. 

Obvio que esto no se lee al jurado, y las instrucciones terminan siendo mucho más cortas. Pero la Cámara de Apelaciones sí leerá toda esta controversia y el modo en que la jueza decidió este litigio para analizar si instruyó correctamente al jurado en la ley aplicable.

Las instrucciones, como se puede apreciar, son redactadas de manera clara y sencilla para que cualquier persona las entienda. Sin embargo, poseen un estricto apego a la ley.

Los estándares de prueba varían. En materia penal, el estándar probatorio se llama "más allá de toda duda razonable". Es lo más parecido a la certeza absoluta y recae exclusivamente en cabeza del fiscal.

En materia civil se aplica un estándar probatorio más bajo llamado "prueba preponderante/mayor peso de la prueba". Significa aquella cantidad de prueba que lleva al jurado concluir que una alegación es probablemente verdadera. Para probar una alegación por preponderancia de la prueba una parte debe convencerlos de que esa alegación es más probable que sea verdadera a que no lo sea. Cada parte tiene la carga de probar los hechos que alega.



LITIGIO DEL
 FORMULARIO DE VEREDICTO

¿Quién debía resolver si el caso estaba prescripto? ¿La jueza o el jurado? 

La jueza también discutió con las partes y confeccionó el formulario final de veredicto. El jurado penal y civil no son lo mismo. Este es un caso civil. En un caso penal, el veredicto es general. Es decir, el formulario de veredicto sólo dirá si el acusado es culpable (y a título de qué delito) o no culpable. No dice nada más. Está prohibido el veredicto especial en materia penal.

En cambio, en un juicio por jurados civil, está autorizado un veredicto especial. Se define el mismo como el formulario de veredicto que incluye varias preguntas sencillas para responder por sí o por no. El veredicto de este caso es especial y tiene varias preguntas.



El litigio en torno a cómo debía quedar confeccionado el veredicto fue ardoroso en un punto crucial, que también se discutió en las instrucciones: la prescripción de la acción para reclamar daños y el agotamiento o no de las instancias procesales en la Argentina. 

A no dudarlo, es una cuestión interesantísima del derecho internacional de los derechos humanos la que se dio en la corte federal de Florida.

Recordemos que los eventos sucedieron el 22 de agosto de 1972, hace ya 50 años.

Por esa razón, el ex marino Bravo alegó que los hechos estaban prescriptos. Por su parte, los familiares de los muertos de Trelew dijeron que la Ley de Protección de Víctimas de Tortura (TVPA) que rige en Estados Unidos desde 1991, y que fuera la base legal para poder llevar adelante este juicio, autorizaba ciertas excepciones lógicas. 

Es decir, causas que impidieron a las víctimas el normal juzgamiento de los hechos. Por ejemplo, las dos dictaduras militares con estado de sitio (1972-73; 1976-83); las leyes de punto final, de obediencia debida y los indultos, luego declarados nulos. Testigos aterrados de declarar o directamente asesinados o desaparecidos. También, que Bravo se esfumó de la Argentina en 1973 con protección de la Armada y que sólo fue descubierto residiendo en Florida por un periodista de Página 12 hace pocos años. 

Por último, que un juez norteamericano se opuso a la extradición de Bravo para el juicio penal en Chubut porque tenía la ciudadanía norteamericana desde 1987 y en base a la famosa ley de autoamnistía de los militares en 1983. 

En suma, múltiples obstáculos políticos, legales, judiciales y fácticos que impidieron el normal desarrollo de un juicio por un hecho gravísimo de lesa humanidad.


PROPUESTA DE FORMULARIO DE VEREDICTO DE LAS VÍCTIMAS F128

(ver)


PROPUESTA DE FORMULARIO DE VEREDICTO DE BRAVO F137

(ver)


La jueza Lauren Louis y una decisión determinante


En este punto, los abogados de Bravo le pidieron a la jueza que, como la prescripción es una cuestión de derecho, la debía decidir ella y no el jurado. Los abogados de los familiares de Trelew, por el contrario, le pidieron que fuera el jurado quien resolviera este punto.

Este es un punto aún muy controvertido en el derecho procesal civil con jurados del common law. Con el correr de los años, parte de la autoridad del jurado civil fue siendo poco a poco socavada mediante estos artilugios destinados a sacarle al jurado parte del veredicto y dárselo al juez. En otras palabras, se lo sustrae del poder del Pueblo para dárselo al Estado.

Cuando una parte alega que determinada cuestión "es de derecho", suele exigirle al juez que la resuelva él y que le deje al jurado las cuestiones fácticas. Sin embargo, esta línea divisoria entre "cuestiones de derecho" y "cuestiones de hecho" es muy difícil de determinar, además que toda la tradición del juicio por jurados civil por siglos siempre sometió todas estas cuestiones al veredicto del jurado popular. 

Con sólo advertir las propuestas de formulario de veredicto de Bravo y la de los familiares, se advierte inmediatamente la cuestión y esta verdadera puja por el poder político de juzgar. El futuro de la causa se decidía acá.

Por eso, al leer ambas propuestas de veredicto e instrucciones, se observa que el demandado Bravo le exigía a la jueza lo que se llama un "veredicto direccionado". Es decir, que el veredicto sobre la prescripción lo decidiera ella.

Y es aquí donde el rol de la jueza federal Lauren F. Louis fue fundamental. Tras escuchar a ambas partes, ella se negó al veredicto direccionado y decidió someterle esta decisión al jurado (ver el memorandum en el formulario de veredicto y las instrucciones parte 6). 

"La instrucción propuesta por el Demandado Bravo afirma incorrectamente que “[e]sto debe ser resuelto por el Juez como cuestión de derecho para prohibir las reclamaciones de los demandantes”. Eso está mal. Si existieron circunstancias extraordinarias que justifican suspender el período de prescripción es una cuestión de hecho que debe resolver el jurado"

"[S]i el plazo de prescripción se suspende en función del presunto ocultamiento fraudulento de un acusado es una cuestión de hecho para que la decida un jurado” 

"El Tribunal debe adoptar la instrucción que proponen los Demandantes, ya que refleja con precisión la ley aplicable y ayudará al jurado a determinar si existieron "circunstancias extraordinarias", a través de ejemplos bien establecidos de situaciones en las que los tribunales han resuelto que se debe interrumpir el plazo de prescripción", resolvió la jueza Louis

De tal modo que el jurado civil de Florida decidió por unanimidad en su veredicto dos puntos cruciales: 1) que el hecho NO estaba prescripto; y 2) que Bravo debía responder con daños y perjuicios por ser uno de los autores de la Masacre de Trelew. Impactante.

Veamos a título de ejemplo el veredicto que la jueza decidió respecto de la víctima Alberto Miguel Camps, uno de los tres sobrevivientes de los fusilamientos en Trelew. El jurado, tras escuchar todas las pruebas del juicio, los argumentos de los abogados y las instrucciones de la jueza,  respondió que SÍ a la pregunta 1a y 1b y respondió que NO a las preguntas 1c y 1d. Tras decidir esto, el jurado compensó a la hija de Camps con 3 millones de dólares por daños y perjuicios y daños punitivos.


Alberto Miguel Camps

1. RECLAMOS DE LA DEMANDANTE RAQUEL CAMPS, REPRESENTANTE DE LA SUCESIÓN DE ALBERTO CAMPS CONTRA EL ACUSADO BRAVO.

Pregunta 1a. ¿Es responsable el acusado Bravo por la tentativa de ejecución extrajudicial de Alberto Camps? (Responder SÍ es una afirmación en favor de los Demandantes).

SI _____ NO _____ 

Pregunta 1b. ¿El acusado Bravo es responsable de las torturas de Alberto Camps? (Responder SÍ es una afirmación en favor de los Demandantes).

SI _____ NO _____ 

Pregunta 1c. ¿La sucesión del Demandante Alberto Camps presentó sus reclamos contra el Demandado Bravo demasiado tarde según el plazo de prescripción? (Responder SÍ es una afirmación en favor del demandado Bravo).

SI_____ NO _____ 

Pregunta 1d. ¿La sucesión de Alberto Camps fracasó en agotar los recursos adecuados y disponibles contra el Acusado Bravo que existen en Argentina? (Responder SÍ es una afirmación en favor del demandado Bravo).

SI _____ NO _____ 

Pregunta 1e. Si respondió SÍ a la Pregunta 1a o a la Pregunta 1b, ¿cuál es el monto total de los daños y perjuicios que determina que es apropiado para compensar el patrimonio de Alberto Camps?

Daños compensatorios: $______________ 

Pregunta 1f. Si respondió SÍ a la Pregunta 1a o a la Pregunta 1b, ¿cuál es la cantidad total de daños punitivos que determina que es apropiado evaluar contra el Demandado Bravo?

Daños punitivos: $______________ 


Case 1:20-cv-24294-LFL Document 128-1 Entered on FLSD Docket 06/27/2022 Page 4 of 6 


El dibujante Carlos Llerena Aguirre estuvo en la corte
y dibujó el día 2 del célebre juicio por jurados

CONTENIDO DE LAS INSTRUCCIONES

Argentina ya ha comenzado a implementar el jurado civil en Chaco. La manera en que el jurado decide su veredicto es orientado 100% por estas instrucciones sobre la ley. La jueza (juez del derecho) le explica el derecho probatorio, constitucional y de fondo (penal o civil) a los jurados (jueces de los hechos). El jurado se retira luego a deliberar, adjudica los hechos y le aplica a ellos la ley que la jueza les transmitió. Así funciona, según la Constitución, el juicio por jurados en todo el planeta.

Buena parte de las resistencias de algunos civilistas argentinos al jurado es porque desconocen por completo la estructura de un juicio por jurados y, muy especialmente, del instituto de las instrucciones. Nunca jamás vieron ninguna. 

En materia penal pasaba lo mismo, y las críticas por la inmotivación del veredicto hoy ya son cosa del pasado. Una reliquia discursiva. ¿Porqué? Gracias al poder que tienen las instrucciones y al aval total que le han dado a ellas la CIDH (RVP vs Nicaragua, 2018) , la CEDH (Taxquet vs Bélgica, 2010) y la CSJN (Canales, 2019). Vean aquí instrucciones reales al jurado en materia penal, que también hemos subtitulado hace ya once años y que fueron claves para implementar el sistema en Argentina [Ver[Ver].

"Las instrucciones del juez al jurado son el principal dispositivo para evitar la arbitrariedad de la decisión" (CIDH, 2018)



Para quienes todavía no terminan de convencerse de cuán precisas son estas instrucciones, de cómo se litigan primero entre las partes y el juez y de cómo son ellas en gran parte el fundamento del veredicto del jurado, veamos nada más que parte del índice de su contenido. TODO ESTO LE EXPLICÓ LA JUEZA LOUIS AL JURADO DE LA MASACRE DE TRELEW.

1) Qué es prueba y qué no. 

2) Imparcialidad

3) Credibilidad de testigos

4) Jurado como jueces de los hechos

5) Veredicto basado en la prueba

6) Cuestiones de responsabilidad civil (todos los hechos disputados entre Bravo y los demandantes)

a) Ejecución extrajudicial. Fusilamientos

b) Tortura: definición

c) Violación a la Ley Internacional

d) Legítima defensa (Bravo alegó que se defendió de una fuga armada)

e) Conspiración criminal (con otros militares condenados) 

7) Estándar probatorio de prueba preponderante

8) Plazo de Prescripción

9) Agotamiento o no de los procedimientos judiciales y recursos en Argentina y en Estados Unidos

10) Carga de la prueba y defensas afirmativas

11) Prueba de peritos

12) Deposiciones (declaraciones previas de los testigos)

13) Prueba circunstancial

14) Violación al derecho internacional

15) Indemnización compensatoria. Daños reales. Relación de causalidad

16) Daños punitivos. Cálculo.

17) Daños punitivos en la Ley de Víctimas de la Tortura (TVPA)

18) Veredicto unánime y modo de llenar el formulario de veredicto



LOS DAÑOS PUNITIVOS

Como hemos visto, el jurado declaró culpable a Bravo y lo condenó a pagar 27 millones de  dólares. Gran parte de esa cifra fueron en concepto de daños punitivos (que misteriosamente desaparecieron de nuestro Código Civil en 2015). La jueza se los definió así al jurado:

"El propósito de los daños punitivos es castigar a un acusado por una conducta impactante y para disuadirlo a él y a otros de cometer actos similares en el futuro. Los daños punitivos tienen por objeto proteger a la comunidad y expresar la indignación del jurado por la inconducta del acusado".

"Dado el contexto particular de los casos que involucran violaciones de los derechos humanos internacionales y lo atroz de las alegaciones en cuestión, las instrucciones más detalladas, menos confusas y más precisas de los Demandantes, inspiradas en las utilizadas por otros tribunales en contextos similares, ayudarán mejor al jurado a evaluar una adjudicación apropiada de los daños punitivos en este caso. Por lo tanto, la instrucción de los demandantes debe darse tal como ellos la proponen".


ENTREVISTA AL ABOGADO CHUBUTENSE EDUARDO HUALPA

Eduardo Hualpa


Eduardo Hualpa es un abogado de Chubut, integrante del CELS y militante histórico de los derechos humanos. Estuvo en Florida junto a Sol Hourcade (otras de las destacadas abogadas del CELS) y participó del proceso junto al buffet de brillantes abogados norteamericanos del Center for Justice Accountability (CJA), un organismo de derechos humanos de la nación norteamericana dedicado a llevar a los violadores de derechos humanos a juicio.

Hualpa destacó que el veredicto del jurado es reparador para los familiares y valoró el hecho de que, en los diez años que transcurrieron entre 2012 y 2022, se logró que “todos los responsables de la masacre estén condenados”. 

"Es impresionante que la sentencia haya sido resuelta por un jurado popular", dijo Hualpa 


Los familiares y abogados del CJA celebran el veredicto.
En el centro, Eduardo Hualpa

El letrado destacó que la sentencia “fue un logro histórico”, ya que Bravo era “el faltante, el único militar impune vivo y que no había podido ser alcanzado por la Justicia en 2012, (en un juicio) que resultó en la condena de los involucrados en disparar”.

“Cierra un ciclo de reclamo de Justicia, quedan cosas como la extradición, pero ha impactado de un modo muy positivo en la lucha”, valoró.

Hualpa estuvo acompañando a los familiares durante el proceso, jornadas en las cuales “compartimos la sala con Bravo, que hasta el momento era desconocido, su imagen era desconocida. Por primera vez le vimos la cara en 50 años”.

"Parece una película de ficción política que uno de los hechos más cruentos del siglo pasado sea decidido por un jurado de ciudadanos norteamericanos y en el marco de una causa civil"


Sol Hourcade, abogada del CELS


La sentencia impuesta de 27 millones de dólares en compensación por sus crímenes puede tener instancia de planteos por parte de la defensa, pero “el sistema de justicia en Estados Unidos es distinto al nuestro: la decisión de un jurado popular es sacrosanta, es prácticamente irreversible”, enfatizando que esto “cierra puertas, más allá de algún planteo”.

Destacó que tras haber logrado condena “los familiares están conformes y conmovidos por el resultado. Hace 10 años no teníamos condena penal en Argentina y se había rechazado la extradición. Avanzaba el tiempo y algunos responsables iban muriendo o con dificultades para declarar o ser juzgados”, repasó.

Sin embargo, valoró que desde 2012 a la fecha, “en 10 años, todos los responsables de la masacre están condenados y eso es m«uy relevante porque a 50 años el círculo de la justicia ha logrado darles novedades”.

“El veredicto que conocimos el viernes es reparatorio para las víctimas. Y máxime, que fue un  jurado popular en otro país quien reconoció la gravedad de los hechos, la responsabilidad de Bravo y la reparación consecuente”.

Repasó que en caso de otorgarse la extradición a la Argentina, Bravo “tendrá que ser llevado a Rawson para que se le imputen los hechos” y se avance en un proceso judicial “similar al juicio que se hizo en 2012”.

Hualpa remarcó que ahora resta que se resuelva la extradición solicitada por la Argentina al país norteamericano, “falta que el juez Edwin Torres decida. El trámite está terminado y falta la decisión del juez”. Si bien señaló que la demanda civil y la extradición “son procesos distintos, entendemos que (la sentencia) tendría que tener alguna influencia” en la resolución.

El 9 de marzo de 2020 se realizó una audiencia en la Corte sur de Florida y el fiscal federal Jason Wu se pronunció en favor de la extradición de Bravo, al entender que "Estados Unidos no puede ser refugio de asesinos en masa".

La decisión de enviar a Bravo a Argentina está en manos del juez Edwin Torres, que no tiene un plazo establecido para dar una sentencia sobre el caso.

Leer noticias aquí:

- Télam Digital (30/6/22): "Masacre de Trelew: expectativa por la condena civil contra Bravo" (ver)

- Radio 3 Cadena Patagonia (3/7/22): "La condena a Bravo “fue histórica” y ahora se aguarda por la extradición" (ver)

- CELS "Diario de los cinco días del juicio" (ver)