AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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miércoles, 19 de octubre de 2022

MERCEDES: CULPABLE por abuso sexual a la hija de su pareja

Ayer terminó un nuevo juicio por jurados en Mercedes donde los ciudadanos declararon culpable a I. J.  por el delito de abuso sexual contra una menor de edad, quien era hija de su pareja transitoria y en el juicio se ventiló que había sido la amante.

El juicio no fue público por ser un delito de integridad sexual. Sin embargo arrancó el lunes y terminó ayer a las 14  horas. Declararon solo seis testigos entre los que estaba la perito psicóloga de la víctima y la perito psicóloga por el imputado, además de conocidos de las partes. Cabe destacar que la víctima denunció otros hechos de abuso con otros imputados y esos casos todavía están en trámite.

La fiscal Valeria Chapuis había acusado por abuso sexual agravado por acceso carnal por tratarse el encargado de la guarda. Pero la opción alternativa era abuso sexual con acceso carnal sin la agravante de la guarda.


El defensor, Pablo Abdon
Torres Barthe

El jurado, a las 13:30 horas, en plena deliberación realizó una pregunta para que se defina el concepto de "encargado de la guarda". 

Ante esa situación, dado que ese concepto ya había sido introducido en las instrucciones litigadas por las partes, el juez Ignacio Racca consultó con la fiscal y el defensor particular de I. J., Pablo Abdon Torres Barthe para arribar a la mejor definición para aclarar lo preguntado por el jurado.

A a los 15 minutos de aclarar lo preguntado por el jurado popular, se emitió el veredicto de culpabilidad con una mayoría de 10 votos.


El juez Ignacio Racca

En los próximos días, en la audiencia de cesura, le impondrá la pena al condenado, luego de escuchar a ambas partes discutir sobre el monto definitivo de la sanción.


viernes, 23 de septiembre de 2022

BAHÍA BLANCA: Culpable por abusar sexualmente de su hija


Un jurado popular declaró culpable a un hombre de nuestra ciudad acusado de abusar de su pequeña hija, hace más de 10 años. El debate fue conducido por la jueza técnica Daniela Fabiana Castaño, del Tribunal en lo Criminal Nº 3.

 El hombre, que no fue identificado para preservar la identidad de la víctima - la cual tiene actualmente 15 años -, fue declarado culpable por unanimidad por uno de los hechos y no culpable por el segundo. El jurado deliberó más de 3 horas hasta llegar a su conclusión.


La jueza Castaño.



La investigación, que estuvo a cargo de la fiscalía Nº 14, se inició en 2018, cuando la madre de la niña tomó conocimiento de lo que le había sucedido a través de las autoridades de la escuela a la que concurría la pequeña, en Bahía Blanca.

Según la causa, entre 2009 y 2010 -cuando la nena tenía 3 años- el hombre le habría realizado tocamientos en las partes íntimas y otras prácticas abusivas, en el domicilio que compartían y cuando la mamá no se encontraba.

También se lo acusaba de hechos similares, registrados entre 2012 y 2013 -cuando la niña tenía 6 años- en un hotel ubicado en las cercanías de Bahía, aprovechándose de que la pequeña se encontraba bajo su cuidado.

El hombre estaba imputado de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por estar el agresor a cargo de la guarda de la víctima, en concurso real.


Noticias Relacionadas:

- Diario La Nueva (23/09/2022): "Jurado popular declara culpable al acusado de abusar de su pequeña hija". (Ver aquí)

- Diario de la Bahía (21/09/2022): "Juzgan en Bahía Blanca a un hombre acusado de abusar de su hija". (Ver aquí)

- Grupo La Provincia (22/09/2022): "Comenzó un juicio por jurados a un hombre acusado de abusar de su hija menor de edad". (Ver aquí)

viernes, 15 de julio de 2022

CHACO: CULPABLE POR UNANIMIDAD A ABUSADOR INFANTIL

Sala de Juicios 


Finalizó luego de tres jornadas, el juicio por jurados N°21 en la provincia del Chaco. El Jurado popular declaró a Nelson José Velarde culpable por unanimidad de los delitos de Abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores ambos agravados por la convivencia. 

En la primera jornada se llevaron a cabo la selección de quienes integran el jurado popular. A la audiencia de voir dire o selección de jurados, concurrieron más de cuarenta potenciales jurados, de donde fueron seleccionados los doce jurados titulares y cuatro suplentes. Luego, la Jueza Virginia Ise, de la Cámara Tercera en lo Criminal, dio las instrucciones iniciales para posteriormente dar lugar a los alegatos de apertura. En el final de la primer jornada declaró el imputado y la primer testigo. 


Jueza Maria Virginia Ise


TEORÍAS DEL CASO:

ACUSACIÓN  Y DEFENSA


Fiscal Juan Martín Bogado


El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Juan Martín Bogado, quien tuvo a su cargo la acusación en 9 juicios por jurado, de los 21 que se llevaron a cabo en la provincia. En su teoría del caso junto a la querella particular, representada por los abogados particulares Miguel Angel Feldman y Pedro Atanasof, sostuvo que Nelson de Velarde, violó reiteradamente a la hija de su pareja, desde que la niña tenía 4 hasta que cumplió 9 años de edad, aprovechándose del vínculo que tenía con la misma, y que vivían en el mismo domicilio. 

La defensa estuvo a cargo del abogado Walter Pilahg, quien no refutó el hecho de que la niña haya sido víctima de abusos sexuales, pero si la autoría de su defendido. 


Walter Pilagh, defensor del acusado Nelson Velarde


El acusado declaró al comienzo y al final del debate. En ambas oportunidades sostuvo su inocencia. Sin embargo, en un momento, tuvo un furcio, al expresar: "En ese lugar que yo la violé", aunque se corrigió unos instantes después, probablemente no pasó inadvertido para el jurado.

Durante las audiencias que tuvieron lugar los días martes, miércoles y jueves de esta semana, declararon doce testigos - de la acusación y la defensa- Luego de ello, la Jueza Maria Virginia Ise dio por finalizada la producción de la prueba y las partes realizason sus alegatos finales. 

Finalmente, la Jueza instruyó al jurado sobre el derecho aplicable y le brindó varias opciones de veredicto para los dos hechos en los que se juzgaba a Nelson Velarde, con los delitos menores incluidos. 

Tras dos horas de deliberación, el jurado regresó a la sala dejuicio con el veredicto. El portavoz se puso de pie y leyó para el hecho 1: Culpable del delito de Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia y para el hecho 2: Culpable de corrupción de menores agravada también por la convivencial, conforme al requerimiento de la acusación.  

En los próximos días se llevará a cabo la audiencia de cesura, en la que la Jueza Ise determinará, luego de escuchar a las partes, la pena que deberá cumplir el acusado Velarde. 


Noticias y enlaces relacionados:

-Enlace para volver a ver el debate: https://cutt.ly/JuicioPorJuradosChaco

- Prensa Poder Judicial Chaco "Jurado popular declaró culpable a un varon por abuso sexual gravemente ultrajante agravado" Ver aquí 

-Fotografías gentileza del Poder Judicial de la Pcia. del Chaco-.

- Diario Primera Línea "Jurado Popular encontró culpable de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menres a un hombre" Ver aquí

- Diario Chaco "Un jurado popular declaró culpable a Nelson Velarde por abusa de una menor de edad" Ver aquí

miércoles, 11 de mayo de 2022

AZUL: El jurado condenó de manera unánime a un pedófilo de Olavarría

 

Escracharon al acusado en la entrada
de Tribunales

Hace minutos culminó el juicio por jurados que se realizó en la localidad de Azul, provincia de Buenos Aires, en donde se acusó a Néstor Daniel Picasso de pedofilia. Tras una deliberación de casi una hora, que generó muchísimo nerviosismo en la sala de audiencias en donde aguardaban las partes y el público, el jurado rindió un veredicto unánime de culpabilidad por todos los cargos. 

La fiscal Laura Margaretic realizó una gran labor, tanto en el voir dire, como en la propuesta de instrucciones y en el juicio. Ella le demostró al jurado más allá de toda duda razonable la autoría y responsabilidad de Picasso. 


La fiscal Laura Margaretic.

La fiscal pudo demostrar que Picasso abusó de su propia hija desde los 5 hasta los 10 años de la menor. Denunció el hecho a los 16 años y declaró en Cámara Gesell. No compareció en el debate. Lo aberrante del caso es que luego de esta aberración, Picasso comenzó a abusar sexualmente de su otra hija, hermana de la víctima en esta causa. Por el segundo caso de abuso aún aguarda fecha de juicio. 

La fiscalía también hizo declarar ante el jurado popular los testimonios de los psicólogos que habían atendido a la niña y el testimonio de su madre. 

Un punto aparte merece el giro que le imprimió la fiscalía en dos instancias claves de cualquier juicio por jurados en el mundo, como son el voir dire y las instrucciones. Los resultados fueron evidentes e inmediatos, demostrando que las buenas prácticas de litigación comienzan a expandirse en el país.

Durante el voir dire, Margaretic realizó preguntas abiertas que le permitieron obtener abundante información de los candidatos a jurado. Así, pudo detectar sesgos, prejuicios e inclusive a aquellas personas renuentes a participar en un juicio de connotación sexual. Todas ellas fueron recusadas con y sin causa. Al momento de discutir acerca de las instrucciones finales, le solicitó a la jueza Inés Haydee Olmedo que incluyera dos párrafos sobre perspectiva de género aplicable al caso que ya se instruyen en todo el país en los juicios por jurados. Los jurados recibieron así toda la información que prevén la Convención de Belén do Pará y la Convención de los Derechos del Niño. 

Tras la prueba que presentó la defensa particular de Picasso, la jueza instruyó al jurado y se retiró a deliberar. La presidenta del jurado elegida por sus pares tomó la palabra e informó al público presente su decisión: declarar culpable por unanimidad a Néstor Daniel Picasso por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por la relación de convivencia y corrupción de menores. 


Noticias Relacionadas: 

- En Línea Noticias (09/05/2022): "Un jurado popular juzgará a un olavarriense por abuso sexual". (Ver aquí)

martes, 22 de marzo de 2022

ENTRE RÍOS: Declararon culpable a un gendarme mesiánico por una decena de abusos aberrantes

 

En el día de la fecha, la ciudad entrerriana de Concepción del Uruguay tuvo su segundo juicio por jurados de su historia. Un caso para cualquiera por demás aberrante, en el que un hombre perteneciente a la Gendarmería Nacional privó de su libertad para abusar sexualmente de su hijastra durante más de 15 años.

El imputado, Alcides Rubén Rodríguez, sometió a su hijastra desde los 12 años y hasta los 28 cuando ella logró vencer los miedos y escapar de sus constantes amenazas. Tal como fuera denunciado, estos hechos fueron reiterados y en diferentes lugares: según pudo probar la fiscal María Gabriela Seró, el ex - gendarme -que se creía investido de una autoridad divina- solía llevarla a la fuerza al cuartel donde cumplía funciones y la encerraba en la sección de canes junto a los chanchos y los perros, donde abusaba de ella


La fiscal Seró.

La imputación formulada contra Rodríguez fue por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado, abuso sexual con acceso carnal reiterado agravados por la convivencia preexistente, privación ilegal de la libertad agravada, amenazas reiteradas, desobediencias reiteradas a una orden judicial todos en concurso real en contexto de violencia de género. 

El debate comenzó el martes pasado y culminó hoy, tras cuatro horas de deliberación-  luego de escuchar el veredicto del jurado. Todas las audiencias se realizaron a puertas cerradas para preservar a la víctima, y el imputado -quien se encontraba cumpliendo prisión domiciliaria - estuvo presente. 

Un hecho inédito se vivió en este caso: el imputado desde su domicilio subió un video a redes sociales en el cual se lo escucha acusando y amenazando a la víctima y a las autoridades judiciales que intervienen en las causa, entre ellas particularmente a la fiscal Seró.

“Ustedes lo quieren cagar al tío. No se aprieta a la gente así. Hay un Dios y su reinado de maldad tiene fecha”

Cabe señalar que este hombre, ya habría tenido distintos inconvenientes a lo largo de la causa, que incluso llevó al cambio de sus representantes legales (defensores), al punto de necesitar dos defensoras oficiales, Alejandrina Herrero y Valeria Irel. Ante este suceso, la fiscal solicitó que se lo traslade a una unidad detención, pero el pedido fue rechazado por el juez técnico a cargo del debate Nicolás Gazali.

EL VIDEO DE LAS AMENAZAS:


Tras casi una semana de audiencias y con una excelente labor por parte de la fiscal Seró, en la que se destacó principalmente en la audiencia de voir dire para la selección de jurados y de alegatos finales, el jurado condenó por unanimidad a Rodríguez por la acusación fiscal en su totalidad. Ahora resta que el juez Galizi realice la audiencia de cesura en la que definirá la pena.

Noticias Relacionadas: 

- 03442 Noticias Ahora (16/03/2022): "Juicio por aberrantes abusos: el acusado publicó un video en redes acusando y amenazando a miembros de la justicia". (Ver aquí)

- Diario Junio Digital (15/03/2022): "Concepción del Uruguay realizará un nuevo juicio por jurados por abuso sexual". (Ver aquí)

- LT 15 Concordia (14/03/2022): "Se realizará un juicio por jurados en Concepción del Uruguay". (Ver aquí)

jueves, 24 de febrero de 2022

BUENOS AIRES: MILITAR BAHIENSE CULPABLE DE ABUSAR SEXUALMENTE A SU HIJASTRA

Tras tres jornadas de deliberación en el quinto piso del Palacio de Tribunales, un jurado hallo culpable por tres hechos, de abuso sexual a un militar, cuya victima era su hijastra.

Los hechos ocurrieron cuando el imputado, quien no fue identificado para preservar a la víctima dado que compartían el mismo apellido, fue trasladado a Punta Alta. Los abusos se produjeron entre los años 2013 y 2016 cuando la menor tenía entre 12 y 15 años. 


La fiscalía representada por Marina Lara acusó al imputado por tres delitos: el primero, por abuso sexual simple agravado por estar a cargo de la guarda de la menor; el segundo, por abuso sexual gravemente ultrajante en reiteradas oportunidades, agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad; y finalmente, el tercer delito por promoción de la corrupción de menores agravada por haber sido cometida por persona conviviente con la víctima y Producción, reiterada, de representaciones de los genitales de una menor de 18 años de edad con fines predominantemente sexuales.

Tras la producción de la prueba y la presentación final de las partes, el juez Eugenio Casas instruyó al jurado y seguidamente les indicó que se retiraran para comenzar con la deliberación. Luego de dos horas de deliberación, el jurado retornó a la sala con un veredicto de culpabilidad por todos los delitos imputados por la Fiscalía.

Ahora, el juez Casas citará a las partes para que, en la audiencia de cesura, fiscalía y defensa puedan litigar el monto de la pena que se ajuste a la imputación por la que el militar bahiense deberá responder. 


Noticias Relacionadas: 

- La Brújula 24 (23/02/2022): "Militar puntaltense hallado culpable de abusar sexualmente de su hijastra". (Ver aquí)

- Canal 7 (23/02/2022): "Jurado dictamina culpable a un militar puntaltense por abusar sexualmente a su hijastra". (Ver aquí)

- Punta Noticias (21/02/2022): "Enjuician a un militar acusado de abusar sexualmente a su hijastra". (Ver aquí)

- El Rosalenio (21/02/2022): "Juicio a un militar por varios delitos de abuso hacia su hijastra". (Ver aquí)

CHACO: JURADO CONDENÓ A PEDÓFILO

En lo que fue el primer juicio por jurados de 2022 en Chaco, el jurado encontró al acusado Rodolfo Daniel Vallejos culpable por el delito de abuso sexual con acceso carnal contra un menor de edad. Fueron dos jornadas completas en las que se desarrollaron las audiencias del juicio,  que tuvo lugar en el Centro de Estudios Judiciales.

El fiscal Juan Martín Bogado,
bajo la atenta mirada del juez Azcona.


TEORÍAS DEL CASO:

FISCALÍA Y DEFENSA


El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Juan Martín Bogado, quien tuvo la tarea de llevar adelante la acusación contra Vallejos por el delito de abuso sexual cometido contra un menor, identificado como M. Q., cuando éste tenía 11 años. La fiscalía sostuvo en su teoría del caso que Vallejos se aprovechó de su vínculo con el menor por la relación que tenían al ser vecinos, por lo que engañó al menor para lograr su cometido.

Por su parte, la defensa estuvo a cargo de los abogados particulares Camilo Da Rosa y Miguel Barceló. La defensa no presentó testigos dado que su teoría del caso se basó en que la acusación no tenía suficientes pruebas. El lema que utilizaron en el alegato de apertura fue "El cuento del tío", para explicar no sólo que la fiscalía no contaba con suficientes pruebas sino que además sostuvieron que Vallejos es discapacitado y no podría haber sido el. El asunto es que esa afirmación, solo quedó en los dichos del alegato de la defensa, y no presentaron pruebas para acreditar dicha situación.

El jurado rápidamente notó los nervios de la defensa, las dudas y sobretodo la falta de pruebas para acreditar la discapacidad del imputado. 

Los defensores Da Rosa y Barceló, respectivamente.

Durante las audiencias que tuvieron lugar los días martes y miércoles de esta semana, declararon seis testigos - todos de la fiscalía - y concurrieron a la audiencia de Voir Dire cuarenta potenciales jurados, de donde fueron seleccionados los doce jurados titulares y cuatro suplentes. 

El juez Ernesto Azcona dio por finalizada la producción de la prueba y las partes empezaron con los alegatos finales. Concluida esa etapa, Azcona instruyó al jurado sobre el derecho aplicable y le brindó tres opciones de veredicto: abuso sexual con acceso carnal (acusación fiscal); abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (delito menor incluido); y finalmente, no culpable.

El juez Ernesto Azcona.

Tras dos horas y media de deliberación, el jurado retornó a la sala con el veredicto. El portavoz del jurado se puso de pie y leyó: "Culpable por abuso sexual con acceso carnal".

Como aspecto interesante a destacar es que el jurado, durante la deliberación, le realizó una pregunta al juez respecto de la discapacidad de Vallejos: querían saber específicamente qué discapacidad tiene y el grado de esa discapacidad. El juez, de una excelente actuación, lo discutió con las partes y le contestó al jurado que debían tomar su decisión en base a la prueba producida en el debate. 

Esto nos sigue demostrando la calidad y el alto nivel de exigencia que requieren los jurados para llevar adelante el análisis que determinará su decisión final.

Ahora, el juez Azcona citará a las partes a la audiencia de cesura en la que se determinará la pena que deberá cumplir Vallejos.


LINK A LOS VIDEOS DE LAS AUDIENCIAS: https://cutt.ly/JuicioPorJuradosChaco


Noticias Relacionadas:

- Chaco Día a Día (22/02/2022): "Comenzó el juicio por jurados en caso sobre abuso sexual a un niño". (Ver aquí)

- Datachaco.com (23/02/2022): "Declararon culpable a Rodolfo Vallejos por abuso sexual de un menor". (Ver aquí)

viernes, 26 de noviembre de 2021

BAHÍA BLANCA: NO CULPABLE PARA UN HOMBRE ACUSADO DE ABUSO SEXUAL

 


Un jurado bahiense declaró no culpable a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su hija adoptiva. Esta tarde, luego de 3 días de debate, el jurado se retiró a deliberar y alcanzó un veredicto de no culpabilidad tras haber deliberado por un largo tiempo. 

El hombre, cuya identidad se mantendrá en el anonimato por el tipo de delito y para preservar a las parte, fue acusado de abusar de la hija de su pareja durante 20 años. La fiscal Agustina Olguín intentó demostrar - junto con la abogada querellante Patricia Marín - que el imputado abusó de la mujer desde 1995 hasta el 2015, en el período que va desde los 11 hasta los 31 años de edad de la víctima. 

El imputado llegó al debate detenido, pero luego de que el jurado rindiera un veredicto de no culpabilidad fue puesto inmediatamente en libertad bajo la orden del juez a cargo del Tribunal en lo Criminal N° 1, Hugo Adrián De Rosa.


El juez De Rosa


El jurado, tras escuchar a los testigos y los alegatos de las partes, pasó a deliberar y finalmente decidió declarar no culpable al hombre tras entender que la Fiscalía no había probado más allá de toda duda razonable su teoría del caso. 

Fueron 72 horas de debate y deliberación en la que fiscalía y defensa, bajo la atenta mirada del jurado, presentaron de manera muy precisa cada una de sus teorías del caso. De acuerdo a los hechos planteados, y sumada la prueba producida durante el debate, el Jurado no dio por acreditado lo sucedido en la ciudad de Tornquist. 

El jueves pasado tuvieron lugar los testimonios más importantes. Por un lado, declaró frente al jurado la víctima del caso; horas después, la jornada culminó con las declaraciones de los familiares. Coincidieron en el relato sobre cómo fueron los supuestos abusos y cómo se enteraron. Además, hicieron una descripción sobre la vida del acusado y su hija adoptiva. Pero nada de esto fue suficiente para convencer al jurado. 

Tras los alegatos de clausura y las instrucciones finales del juez De Rosa, el jurado se retiró para comenzar las deliberaciones. Tras el veredicto de no culpabilidad, y tal como lo ordena la ley, el juez De Rosa instruyó al servicio penitenciario para que efectivizara la liberación del acusado, ahora absuelto. 


Noticias Relacionadas: 

- La Nueva (26/11/2021): "Juicio por Jurados: declararon no culpable a un hombre acusado de abusar de su hija adoptiva". (Ver aquí)

- Canal Siete (26/11/2021): "Tras un juicio por jurados declaran no culpable a un hombre que estaba acusado de violar a su hija adoptiva". (Ver aquí)

miércoles, 6 de octubre de 2021

ENTRE RÍOS: Primer juicio por jurados de la historia argentina a un menor de edad. CULPABLE por varios cargos de violencia sexual en Gualeguaychú

Gualeguaychú


Entre Ríos -una vez más- hizo historia en materia de derecho de menores. Por primera vez en la Argentina y en Latinoamérica, doce jurados juzgaron al joven B.C. que, al momento de los hechos, tenía 17 años. Afrontó el juicio ya como mayor de edad y con todas las garantías que le reconocen los arts 24 y 118 de la Constitución Nacional. Córdoba juzgó una vez en 2004 a un menor, pero fue por el sistema de escabinos

B.C. fue juzgado por cometer los hechos junto a Cristian Entrena, quien era su pareja conviviente y mayor de edad. 

El jurado los declaró culpables a ambos por unanimidad de varios cargos de violencia sexual contra un niño y una niña (primo y hermanita de B.C.). La deliberación duró cinco horas. La imposición de la pena a B.C. la hará el juez de menores, tal como lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

El STJER dispuso que, cuando un delito sea cometido exclusivamente por menores, el procedimiento se hará por ante el juez de menores. Al menos hasta que la ley de jurados habilite expresamente dicha posibilidad.

Pero el STJER, con gran agudeza,  empezó a desandar este camino y a marcar la transición. Por eso, cuando en el hecho intervengan un mayor y un menor, el juicio se hará por jurados y el auto de responsabilidad, en caso de ser declarado culpable el menor, lo hará el juez especializado. 

En caso de ser declarado no culpable, el menor queda definitivamente libre de culpa y cargo.




VER RESOLUCIÓN DEL STJER

(ver)

LOS HECHOS

Cristian Entrena estaba en pareja y convivía con el joven B.C., que en ese entonces tenía 17 años. A lo largo del tiempo, le pidió a B.C. que atrayera hacia su domicilio a su primito y a su hermanita, ambos niños de muy corta edad.

Entrena corrompió al niño con varios actos de violencia sexual (sin penetración). A la niña, en cambio, la violó y abusó de ella varias veces.

La fiscalía los detuvo a partir de varias denuncias. A Entrena lo acusó de corrupción agravada de menores contra el niño y de violación de la niña. Al joven B.C. lo acusó de facilitación de la corrupción de menores agravada y de cómplice primario de la violación de su hermanita.


Juez Marcelo Derudi

EL JUICIO

El debate se desarrolló en el bellísimo Salón de la Caja Municipal de Jubilaciones. Fue presidido por el juez Mauricio Derudi y acusó el fiscal coordinador Lisandro Beherán. Por la querella, en representación de las víctimas, estuvo la abogada María Estela Esnaola. El abogado Víctor Revossio defendió a B.C. y el abogado Pablo Di Lollo a Entrena. 

La declaración de los niños en Cámara Gesell, los testigos y los peritos fueron contundentes respecto de la culpabilidad. 

Las jornadas del juicio no fueron transmitidas, considerando que se trata de un caso de un delito contra la intimidad. 

Terminadas las pruebas y los alegatos de clausura, el juez instruyó al jurado. 

Tras una prolongada deliberación que se extendió por cinco horas y en donde el jurado pidió que le trajeran las pruebas materiales al jury room, llegaron al veredicto unánime, que fue pronunciado en corte abierta: CULPABLES de todos los cargos para ambos acusados.

Este juicio por jurados es el décimo que se realizó en la provincia de Entre Ríos, a partir de la aprobación de la ley de puesta en marcha del instituto, y se realizó cuidando los protocolos vigentes de higiene y seguridad.

Leer noticias aquí:

- Diario Judicial (8/10/21): "Otro hito en los juicios por jurados" (ver)

- APFDigital (1/10/21): "Juzgan por abuso sexual a dos hombres en Gualeguaychú" (ver)

domingo, 26 de septiembre de 2021

CHACO: CONDENAN A MARIDO Y MUJER POR ABUSO SEXUAL DE SUS TRES NIÑOS


El juez Javier Azcona escucha a uno de los litigantes


El pasado viernes 24 de septiembre culminó el juicio por jurados seguido contra un hombre y una mujer que eran pareja y estaban acusados de múltiples hechos de violencia sexual contra tres niños durante varios años. Eran hechos contra una niña y un niño (hijos del condenado) y varios más contra otro niño (hijastro del condenado e hijo de la mujer condenada).

Luego de cuatro extensas y agotadoras jornadas de debate, en la que desfilaron decenas de testigos y expertos, el jurado encontró a la pareja culpable de los siguientes delitos: al hombre, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, corrupción agravada de menores, abuso sexual simple agravado por el vinculo y corrupción de menores agravada por la situación de convivencia. La mujer, que estaba en libertad y fue detenida tras el veredicto, fue encontrada culpable por los delitos de facilitación de la corrupción de menores agravada por el vinculo y encubrimiento agravado. 

La mujer se suicidó esa misma noche en la comisaría con su propia calza de lycra, en un giro dramático de los acontecimientos (ver).

La fiscalía estuvo representada por Graciela Griffith Barreto y Ana Gonzalez de Pace. La querella, dividida en dos, estuvo representada por Pablo Zeinsteiger y Pedro Zeinsteiger por un lado, y por Karina Paz en la otra querella. Por su parte, la defensa estuvo representada por el abogado Juan Carlos Saife, notorio antijuradista chaqueño. No se privó de criticar al jurado cada vez que pudo: "Analfabetos jurídicos que están por el azar en el jurado y no saben ni como se llaman", le dijo despectivamente a la prensa local sobre los jurados. 


La fiscal Graciela Griffith Barreto


Juan Carlos Saife


El juez Javier Azcona tuvo que hacer enormes esfuerzos para conducir este juicio. Primero, para ordenar un requerimiento acusatorio más que criticable por lo confuso, impreciso y, en algunos hechos, hasta de cuestionable encuadre jurídico. Sus instrucciones se esforzaron por facilitar las deliberaciones del jurado, dividiendo las causas, los hechos, los delitos y los acusados. Segundo, para intentar que las partes respetaran las reglas del juicio. 

EL JUICIO

Juez Javier Azcona

Los hechos comprobados por el jurado de manera unánime fueron terribles: violaciones, prácticas de sexo oral, tocamientos en las partes íntimas, filmación de los abusos, exhibición a ellos de videos pornográficos, conductas degradantes, etc. Las Cámaras Gesell, las pericias médicas y las pericias psicológicas fueron suficientes para que el jurado considerara probados más allá de toda razonable los cargos contra ambos acusados.  

VEREDICTO

Tras las precisas instrucciones del juez, el jurado se retiró a deliberar. Dos hras después, anunciaron su veredicto: culpable para ambos por todos los cargos. 


Noticias Relacionadas:

- Diario Chaco (25/09/2021): "Jurado popular emitió un veredicto de culpabilidad por los delitos contra la integridad sexual en la infancia". (Ver aquí)

- Diario Norte (26/09/2021): "Hay jueces que quieren ser estrellas, buscan la espectacularidad para llegar al STJ). (Ver aquí)


sábado, 18 de septiembre de 2021

MAR DEL PLATA: Declararon no culpables a los tres acusados del caso del Cámping El Durazno en Miramar

El imponente foyer del Teatro Auditorium


Tres jóvenes acusados de abusar sexualmente de una adolescente de 14 años en un camping de la localidad balnearia de Miramar, durante los festejos de Año Nuevo de 2019, fueron declarados "no culpables" por un jurado popular, que dio a conocer esta tarde su veredicto luego de cuatro jornadas de juicio en Mar del Plata. 

Tras casi cuatro horas de deliberación, los doce ciudadanos que componían el jurado popular (entre ellas seis mujeres) consideraron que Lucas Pitman, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba no fueron culpables del hecho por el que fueron denunciados el 1° de enero de 2019.


Fiscal Guillermo Nicora, de gran actuación


"RESPETAMOS EL VEREDICTO DEL JURADO SOBERANO, TRAS UN JUICIO IMPECABLE, LITIGADO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y SIN NINGUNA IRREGULARIDAD"

"NO ES UN PROBLEMA DE ESTE JUICIO LA PERSISTENCIA EN LA SOCIEDAD DE CONSTRUCCIONES SOCIALES QUE LLEVAN ENCIMA MIL AÑOS DE PATRIARCADO", sostuvo el fiscal Nicora


Es una perfecta síntesis de lo que fue este caso tan difícil de juzgar. Un caso que excedía el plano del derecho penal.

EL JUICIO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO 

Juez Fabián L. Riquert, de impecable trabajo


El juez Fabián Riquert. y su equipo del TOC n° 3, realizó un extraordinario trabajo para llevar adelante este juicio. En su primer gran acierto, el juez impidió a las partes, sobre todo a la defensa, presentar prueba sobre la vida privada de la adolescente. Segundo, impuso una prohibición rigurosa sobre la información en los medios mientras durara el juicio. Tercero, impartió instrucciones al jurado en donde claramente les explicó los estereotipos de género, cómo debía valorarse la prueba según estos estándares y, sobre todo, cómo determinar si hubo o no consentimiento de la adolescente para las relaciones sexuales que Pitman admitió haber mantenido con ella. Cuarto, garantizó con mucha firmeza un juicio justo para todas las partes en donde no hubo una sola irregularidad.

En el juicio se desarrollaron todas las pruebas y se escucharon con mucho respeto todos los argumentos. Pero, a medida que transcurría el debate, se hacía evidente que que la prueba contra dos de los imputados era muy débil. Al punto que el abogado de la familia luego a los diarios "nos conformábamos con que declararan culpable a uno o dos".

Con lo cual la controversia se centró de manera definitiva en el único imputado que admitió haber tenido relaciones sexuales con la adolescente: Lucas Pitman.


LOS ALEGATOS

Abogada defensora Noelia Agüero


En primer término, los fiscales Guillermo Nicora y Ana María Caro insistieron en el pedido de culpabilidad para los tres jóvenes, por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado" de la joven ocurrido ese día entre las 4 hs y las 6 hs de la madrugada, que en ese momento tenía 14 años. En el mismo sentido apuntó en su alegato el abogada de la víctima y de su familia, Maximiliano Orsini.

Luego el turno de los tres defensores --Martín Bernat y Agustín Robbio por parte de Jaime; Marcelo Jiménez por de Villalba; y Noelia Agüero, en el caso de Pitman--, quienes pidieron al jurado que fueran declarados "no culpables", tal como habían adelantado en la apertura del juicio el último martes.

Según los observadores, el alegato de cierre de la abogada Noelia Agüero fue para destacar. No hizo una defensa anclada en estereotipos de género, ni buscó denigrar a la víctima. Planteó que el caso se enmarcaba en el debate por la autonomía sexual de las adolescentes y las mujeres y por su derecho a decidir libremente con quienes se reúnen, cómo lo hacen y cómo ejercen su libertad sexual. E insistió que no existió relación sexual abusiva o no consentida de su cliente.

Tras cinco horas de deliberación, el jurado dio su veredicto de no culpabilidad, desatando las lógicas protestas de la militancia en la rambla y la desazón de la familia de la adolescente. Pero sin incidentes. 


Abogado de la querella Orsini


El querellante Máximo Orsini se despachó contra el veredicto del jurado y lo calificó de  “preocupante porque ganó el prejuicio por sobre la prueba científica”. “Lo habíamos adelantado hace un año y medio. Nos habíamos opuesto a un juicio por jurados. Entendemos que un juicio por jurados en principio no sería aplicable para un delito de abuso sexual de menores, principalmente porque es un fallo inapelable, y aparte es un procedimiento que la víctima no puede elegir. La ley está hecha para los imputados y no para la víctima”, aseveró.

 
CONCLUSIONES

Se han hecho en el país más de 200 juicios por jurados de violencias sexuales contra niños, niñas y adolescentes y femicidios, sin ningún problema de convencionalidad o constitucionalidad. Algunos de ellos resonantes. La gran mayoría son condenas. En el mundo anglosajón se realizan a diario y sin ninguna quiebra de garantías. 

La querella litigará o no los agravios que anuncia, pero ellos ya fueron resueltos hace largo tiempo por la jurisprudencia nacional e internacional, incluida la CIDH y el TEDH. Lo importante es que el jurado atravesó un riguroso proceso de voir dire para seleccionarlo. La querella, la fiscalía y la defensa usaron sus recusaciones con y sin causa hasta dejar conformado un jurado que a todos los observadores les pareció honesto, atento, independiente  y respetuoso de todas las partes y sus argumentos.

Esto es importante y a veces no se dimensiona. El jurado deliberó en base a la evidencia presentada y rindió un veredicto seguramente impopular. De hecho, el caso eneguida fue catalogado y presentado de "violación en manada" por los medios. Pero entre el juicio mediático y el juicio real hay una gran distancia. 

Pueden no gustarnos los veredictos del jurado en ciertos casos. Sin ir más lejos, el fiscal Nicora integra la AAJJ y nada le ha gustado esta decisión. Pero en eso consiste la imparcialidad y el prestigio de esta centenaria forma de enjuiciamiento que ordena nuestra Constitución para todos los crímenes, sin excepción. Doce personas sin interés en este caso, entre ellas seis mujeres, deliberaron sobre la prueba, pero entendieron que ella no permitía ofrecer un veredicto de culpabilidad.

Se podría asemejar este ejemplo al rechazo de la democracia porque el pueblo elige líderes cuestionables. Al fin y al cabo, podemos estar seguros que esa decisión se tomó de cara a la sociedad, sin intereses espurios, sin intereses de carreras judiciales mediante y sin hacerse eco de ninguna de las presiones de los sectores involucrados en este caso. 

Muchas veces la decisión del Pueblo no nos satisface, no nos convence. Pero el proceso fue justo. Y tener un juzgador imparcial implica someterse a aceptar también que, en algunos casos, su decisión no nos gustará. 

El jurado dará, en contadas ocasiones, algunos veredictos impopulares, pero esa también es su función. Decirnos a todxs, aún en los casos que no nos satisfaga, que la prueba no alcanzó para condenar. Y eso sólo lo podemos aceptar del jurado popular.

- TN (18/9/1): "Abuso en un camping de Miramar: los acusados fueron declarados “no culpables” por un jurado popular" (ver)

- Qué pasa (18/9/21): "Abuso en el camping, sin condenas: para el fiscal Nicora “es una derrota social” (ver)

- 0223 (28/9/21): "Juicio ante jurados y el caso del camping “El durazno” por César Sivo" (ver)

lunes, 4 de enero de 2021

Abuso en el camping El Durazno se realizará con un Jurado popular, con perspectiva de género y sin revictimización de la menor

El lugar de los hechos

 
A dos años del abuso sexual agravado del cámping El Durazno que conmovió al país, el juez de Mar del Plata, Fabián Riquert, determinó que en el juicio por jurados que decidirá la culpabilidad o inocencia de los tres acusados de violar a una adolescente de 14 años no se podrán referir aspectos íntimos de la vida de la víctima por mandato de la Convención Internacional de Niños, Niñas y Adolescentes.

Este 1° de enero se cumplieron dos años de la "violación en manada" a una adolescente perpetrada por tres jóvenes de 21 años en un camping de la localidad balnearia de Miramar. El caso tuvo una altísima repercusión nacional. Entre otras razones, porque los acusados (que eran cinco en un principio y estuvieron varios meses detenidos) son surfers, rugbiers y músicos de familias marplatenses. Además, porque ciertos medios nacionales deslizaron que "la culpa de estar donde no debía era de la menor", lo que causó la furia del movimiento feminista.



Los acusados, con arresto domiciliario

Los acusados son Tomás Agustín Jaime, Lucas Pitman y Juan Cruz Villalba, quienes son defendidos por los abogados Martín Bernat, Noelia Agüero y Marcelo Jiménez.

Tras un ardoroso litigio de partes en las audiencias previas a cualquier debate ante jurados, las defensas pretendieron incorporar al debate prueba de la personalidad de la adolescente, de su historia sexual y pericias psicológicas como forma de demostrar que no hubo violación, sino una relación sexual consentida.

La querella y la fiscalía se opusieron tenazmente a esa pretensión, por ser violatoria de los derechos constitucionales y de la Convención del Niño de las víctimas adolescentes de abusos sexuales. Someter a la víctima a semejante humillación está expresamente prohibido en la Convención, aún cuando se pretenda hacer en el marco de la defensa en juicio.




El presidente del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 Fabián Riquert dictó en una resolución lúcida y ejemplar, que emula las mejores decisiones de los jueces del common law. En cualquier procedimiento, pero sobre todo ante un jurado popular, hay límites muy estrictos de qué cosas pueden decirse en un juicio y cuáles no. De qué pruebas puede escuchar el jurado y cuáles no. De qué cosas pueden alegar los abogados y cuáles no.

Por supuesto, el juez dejó que las partes litigaran este punto una y otra vez y luego decidió. 

El 30 de diciembre de 2020, el juez Riquert determinó hacer lugar a los planteos de la la víctima y de la fiscalía, que se oponían a la realización de nuevas pericias sobre la menor, y rechazó que en el juicio se exponga cualquier información sobre su vida sexual previa y posterior.

Toda la información sobre perspectiva de género aplicable al caso será brindada a los jurados mediante testigos expertos en el juicio y en las instrucciones iniciales y finales que el juez le impartirá al jurado durante el juicio.


Juez Fabián Riquert

"Se debe rechazar cualquier nueva intervención sobre la víctima ya que se debe evitar una revictimización", señaló el magistrado en la resolución..

El magistrado basó su disposición en "las pautas asumidas por el Estado argentino a través de convenciones internacionales en la persecución y juzgamiento de delitos contra la integridad sexual y cuando la víctima es menor de edad".

En esta línea sostuvo que los testigos y peritos propuestos por la defensa de los acusados no deben referirse "a los aspectos que hagan a la vida íntima de la víctima", y rechazó que se realice una pericia psicológica, psiquiátrica y socioambiental sobre la menor, que tenía 14 años al momento del hecho, denunciado tras los festejos de Año Nuevo en 2019 en el camping "El Durazno" ubicado sobre la ruta 11 en el ingreso a Miramar.


Maximiliano Orsini, abogado querellante


Fiscal Guillermo Nicora


Fiscal Florencia Salas

Según detalló Maximiliano Orsini, la familia de la menor había solicitado que el juicio "se desarrolle sin ventilar cuestiones privadas previas al hecho”, dijo. "Nosotros siempre planteamos que la Justicia debe dar un tratamiento con perspectiva de género a las víctimas de este tipo de violencia, y esta resolución incorpora esa perspectiva", indicó.

Orsini aseguró además que "la chica quiere declarar en el juicio", programado entre el 13 y el 16 de septiembre próximos, "y lo único que busca es que se haga justicia de una vez por todas".


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- 0223 Mar del Plata (3/1/21): "Abuso en el camping: el juicio se realizará con un Jurado popular y sin revictimización de la menor" (ver)