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AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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domingo, 18 de septiembre de 2022

MENDOZA: Las Instrucciones al jurado por travesticidio y crimen de odio del caso Melody. Alegatos de apertura para erradicar estereotipos de género


Melody y su asesino


El juicio por jurados del caso Melody Barrera causó grandes repercusiones en el país y en el extranjero. Fue la primera vez que se juzgó por jurados -y se logró una condena unánime-  un homicidio agravado por el odio hacia la identidad o expresión de género.

El jurado popular condenó al policía Cháves Rubio por todos los cargos y agravantes y la jueza le impuso prisión perpetua (Histórica condena del jurado por crimen de odio y travesticidio para el policía que mató a Melody).


La jueza Nancy Lecek
y sus cruciales instrucciones

Ponemos a disposición de los lectores las excelentes instrucciones al jurado que la jueza Nancy Lecek le impartió para explicarles estos delitos y agravantes. Buscamos así contribuir al debate e investigación en torno al poder de estas instrucciones como uno de los métodos esenciales para transmitirle al jurado popular los conceptos legales aplicables al caso. 

Para quienes sostienen la equivocada noción de que a los jurados hay que "capacitarlos" previamente en perspectiva de género, estas instrucciones y los brillantes alegatos de apertura que veremos son parte de la respuesta. 

Por caso, aconsejamos a los lectores que se centren en cuatro partes fundamentales de las instrucciones, a saber:

1) Valoración de la prueba sin estereotipos

2) Qué es un travesticidio y cómo se prueba

3) Qué es el crimen de odio, cómo se prueba y cuáles son sus indicadores.  

4) Contexto de vulnerabilidad de las personas travestis y mujeres trans.


A sólo título de ejemplo, veamos cómo la jueza les explicó los estereotipos que el jurado debe dejar afuera al valorar la prueba:

"Otros ejemplos sobre estereotipos y prejuicios de género negativos respecto de las mujeres son: “Deben encargarse del hogar y del cuidado de niñas y niños. Son tiernas y amorosas. Deben ser sumisas, sin cuestionar las decisiones de los hombres. Deben ser fieles. La maternidad es su esencia”

Entre los estereotipos y prejuicios de género negativos también existen aquéllos que se realizan sobre las personas travestis o mujeres trans. 

Por ejemplo, muchas personas creen u opinan que “las personas travestis y las mujeres trans son anormales, que son así porque tienen una enfermedad o desorden psicológico, que todas son prostitutas y venden drogas y por eso son peligrosas y no se puede confiar en ellas, que son perjudiciales para la moral y ponen en peligro a los valores sociales, que por alguno de los motivos anteriores hay que tenerles miedo, etc”.

Los estereotipos y prejuicios contra las personas travestis y mujeres trans son producto del rechazo que provoca la elección de su identidad o expresión de género, es decir, por romper con la tradición, por salirse del rol que tenían asignado de acuerdo con su sexo (varón). 

Aquéllos se transforman en actos de discriminación (marginación) y violencia que tienen por finalidad el castigo y disciplinamiento como respuesta a la elección de identidad que realizaron. 

Es fundamental que ustedes, como jurados, sepan que este tipo de estereotipos y prejuicios son ilegales, ya que nuestro sistema legal establece el derecho de todas las personas a la identidad de género autopercibida.

Les reitero: los prejuicios no son prueba y no deben basar sus decisiones en ellos. Esos prejuicios pueden afectar nuestros pensamientos, afectar cómo recordamos lo que vimos y escuchamos, a quién le creemos o no le creemos, y la toma de importantes decisiones."



DESCARGAR PDF INSTRUCCIONES

(AQUÍ)

El jurado deliberó más de seis horas. Promediando la deliberación, le pidieron a la jueza explicaciones adicionales sobre los indicadores de odio que justificaban la aplicación del artículo 80 inciso 4º del Código Penal. También publicamos en PDF lo que la jueza les explicó.


PDF ACLARACIÓN DE INSTRUCCIONES

(AQUÍ)


EL VEREDICTO

Tres horas después, los jurados anunciaron que habían llegado a un veredicto. Mostramos aquí las reacciones de los familiares y las organizaciones que se movilizaron al escuchar esos cinco eternos minutos. Hasta Mendoza llegaron la Marito, el Say, la Dani y tantas más a bancar los trapos.

Imposible no dejarse embargar por la emoción al ver a la mamá de Melody tirarse al piso. 





EL ALEGATO DE APERTURA DE LA QUERELLA

Xumek, prestigioso organismo de derechos humanos de Mendoza, asistió como querellante a la mamá de Melody. Viviana Beigel y Lucas Lecour fueron sus abogados.

Mostramos aquí una de las partes más brillantes y creativas de su alegato de apertura. Fue cuando Lucas Lecour sacó una caja de madera, les mostró a los jurados varios cartelitos con las palabras "odio", "discriminación", "enfermos", etc y les pidió que la llenaran con todos esos prejuicios y preconceptos contras las personas del colectivo travesti y mujeres trans. 

Fue un recurso sencillo, pero muy efectivo, cargado de justicia, en lenguaje claro y de altísimo impacto comunicacional. Todo el mundo entendió (y captó) el mensaje. Excepcional recurso de litigación.





"Ustedes han sido seleccionados para representar al pueblo de Mendoza, por lo que tienen el honor y también la enorme responsabilidad de hacer justicia. Somos conscientes de que alcanzar un veredicto de culpabilidad no va a ser una tarea sencilla. Pero para ello, durante los próximos días, vamos a empezar a reconstruir una historia, que es la historia de Melody. 

Sabemos el final de esta historia, sabemos que fue acribillada, sabemos que el autor fue el policía Chávez Rubio. Sabemos que la ejecutó de 6 disparos, 4 de ellos por la espalda, sabemos que usó su arma reglamentaria, sabemos que la asesinó de noche, en plena pandemia. Todo esto lo sabemos, y seguramente de esto no hablaremos mucho porque estaremos casi de acuerdo con la defensa respecto de estos puntos. 

La pregunta es, ¿pero cómo llegamos a este final? ¿Por qué un policía mata con esta violencia excesiva a otra persona? ¿Por qué un policía mata con este odio a una persona travesti-trans en la vía pública?
 
Y para reconstruir esta parte de la historia, durante estos días, al escuchar a los testigos y analizar la prueba, les pedimos algo muy especial: que guarden en esta caja que está acá, guarden allí todo el odio que puedan tener, los estereotipos con los que hemos crecido todos y todas nosotros, sus discriminaciones, que por más que a veces son inconscientes a veces las tenemos, las marginaciones que pueden haber sentido o sufrido, y los prejuicios.

 Les pedimos que todo quede allí, bien guardado, que analicen la prueba libre de todo esto, porque estos prejuicios, los odios, las discriminaciones, van a querer salir durante la producción de la prueba, cuando ustedes vayan escuchando a los testigos, a los peritos. Incluso la defensa en algunas veces va a intentar sacarlos a la fuerza. 

Pero les pedimos que no lo hagan, que se comprometan a dejarlos aquí bien guardados. ¿Por qué? porque todas las vidas merecen ser vividas, y todas las muertes merecen ser lloradas. Porque Victoria, la mamá de Melody, merece hacer el duelo por su hija, y no va a haber duelo, mientras no haya justicia"





Es otra demostración más de cómo el juicio por jurados cuenta con múltiples variables para lograr la imparcialidad del juzgador y erradicar estereotipos, sin necesidad de caer en la salida elitista, demagógica e inconducente de que los jurados deben ser "capacitados" con manuales de género de cuestionable contenido en la Ley Micaela, como hace Córdoba. Ese no es el camino, amén de ser inconstitucional. El camino es el que marca Mendoza y el resto de las jurisdicciones.

Un juicio por jurados sin estereotipos de género se logra con buenas instrucciones al jurado, con abogados y partes súper profesionales que saben litigar muy bien en el voir dire para seleccionar al jurado, para hacer sus alegatos de apertura y clausura y con jueces que sepan cómo conducir juicios de estas características con perspectiva de género.

Todo eso se dio en Mendoza y es más que suficiente.

Leer noticias aquí:

LV10 Mendoza (16/9/22): "Viviana Beigel- Abogada querellante, representó a la madre de Melody Barrera" ESCUCHAR ENTREVISTA RADIAL (ver)

viernes, 16 de septiembre de 2022

MENDOZA: Histórica condena del jurado por crimen de odio y travesticidio para el policía que mató a Melody

Melody Barrera 

Terminó ayer un juicio que hará historia en Argentina. Era la primera vez que se juzgaba en un juicio por jurados un travesticidio por odio. La expectativa era enorme.

El jurado popular, tras más de seis horas de deliberación y varios pedidos de aclaraciones a la jueza, halló culpable por crimen de odio al policía Darío Jesús Chaves Rubio por el asesinato de Melody Barrera, ocurrido en agosto de 2020 en Guaymallén.

Los doce ciudadanos se inclinaron por la calificación más grave: homicidio agravado por el odio a la identidad o expresión de género, homicidio agravado por el uso del arma de fuego, por su cargo de policía, por la alevosía y el ensañamiento.

La jueza Nancy Lecek, de brillante desempeño, le impuso prisión perpetua. Es un juicio que sentará jurisprudencia en todo el país.


Manifestación en tribunales 


LOS HECHOS

"Voy a ir a busca el arma y cagar a tiros a estos travas"

Esa fue la frase fatal para el policía, escuchada por el chófer de Cabify que tomó el policía para ir a su casa, buscar el arma reglamentaria y volver a la esquina a matarla a Melody.

De acuerdo a la teoría del caso de la fiscalía y la querella, el asesinato de Melody Barrera ocurrió el sábado 26 de agosto de 2020 alrededor de las 4.40, cuando se encontraba en el cruce de calles Correa Saá y Costanera, en San José. Era plena cuarentena estricta en la calle.

Hasta ese lugar llegó Chaves a bordo de un Volkswagen Bora y la quiso contratar, pero hubo una discusión y la joven le arrojó gas pimienta en el rostro.

Fiscal Fernando Guzzo 

Fiscal Andrea Lazo


Luego de que Melody le arrojara gas pimienta, Chavez Rubio se detuvo a los pocos metros para limpiarse la cara, lleno de furia. En ese momento, paró a un chofer de Cabify que pasaba por allí y le dijo "Voy a ir a buscar el arma y cagar a tiros a estos travas de mierda". 

Efectivamente, momentos después regresó para cumplir su promesa: se bajó del auto y disparó varias veces hacia Melody, quien recibió seis impactos de bala, cuatro de ellos en la espalda. La fusiló. Las heridas la dejaron agonizando en el piso durante media hora. Un testigo llamó a la línea de emergencias 911 para alertar sobre el ataque.


"Estos travestis de mierda me tiraron gas pimienta en la cara”.

El testimonio del conductor de la aplicación de viajes Cabify, junto a las imágenes de cámaras que lo captaron en las cercanías de la escena y la geolocalización del celular del acusado, permitieron dar con el autor del crimen. 
 
El conductor relató en el juicio al jurado: “Estaba trabajando y me tocó un viaje, en el trayecto veo un automóvil oscuro estacionado con las puertas abiertas, pare porque pensé que había sufrido un robo. Había una persona que le habían tirado gas pimienta en la cara. Estaba como enojado con la situación.

La defensa del acusado

"No odio a los trans, he salido siempre con ellas" 

“Sentí miedo y pensé que me matarían”

Chavez Rubio frente al jurado

Durante su declaración, antes de los alegatos de cierre del defensor Pablo Cazaban, el acusado explicó que la víctima le había robado su arma reglamentaria y había intentado dispararle "sentí mucho miedo, pensé que iban a matarme", dijo. Además, descartó que haya matado por odio hacia el género y que nunca se aprovechó del estado de indefensión de la víctima, expresó que solamente disparó para defenderse.

Los fiscales fueron Fernando Guzzo y Andrés Lazo, de gran desempeño al ejecutar la prueba y preparar su caso. En tanto, la querella estuvo a cargo de Viviana Beigel y Lucas Lecour, pertenecientes a la prestigiosa organización de Derechos Humanos Xumek. Sus alegatos de apertura fueron devastadores, sobre todo mediante el ejemplo de la cajita (ver video). Los acusadores lograron un precedente único en el país.

El Pelado Chaves, por su parte, relató que la madrugada en la que ocurrió el hecho de sangre se dirigió hasta la Costanera, con el objetivo de contratar los servicios sexuales de una mujer trans: "Consulté por sus servicios y ella me habló desde la ventana de mi auto. Desde ahí se metió y me arrojó gas pimienta y me sacó el arma. Me di cuenta de esto cuando iba camino a casa".
 
EL JUICIO

El acusado Chaves Rubio junto a sus defensores


Fiscales Guzzo y Lazo junto a la querella  de Xumek
Beigel y Lecour.

Importante precedente: Agravante de la función policial cuando se encontraba de franco

Verónica Beigel, de Xumek

Lucas Lecour, de Xumek

Tanto la fiscalía como la querella, solicitaron al jurado popular que Chavez Rubio sea declarado culpable por el delito de homicidio agravado, no solo por odio a la identidad de género (transfemicidio o travesticidio) sino también, en relación a la función policial. 

Es que al momento del hecho, el acusado se encontraba de franco. En los alegatos de cierre, fundamentaron su postura diciendo "El estado de policía no se pierde por estar de franco. El conocimiento de como disparar tampoco. Usó su arma reglamentaria 9 que le había otorgado la policía de Mendoza para cuidarnos. El estaba especificamente capacitado por la ley base de la policía, solamente pueden utilizar el arma solamente en casos extremos. Este no era un caso extremo, Melody estaba desarmada."




La jueza Nancy Lecek instruye al jurado 


Fiscalía: "Fue un asesinato por odio, prejuicio a la identidad de género, cruel, con sufrimiento a la víctima sin que ella pudiera defenderse"

Para los fiscales Guzzo y Lazo, Chavez Rubio "planeó la venganza por mas de una hora, hizo todo lo contrario no solo a lo que marca el sentido común, sino todo lo contrario a lo que su formación le indica: como funcionario policial sabe como disparar en zonas no vitales, pero utilizó el medio mas lesivo, porque quería la muerte y el sufrimiento de la víctima. No le salió una disculpa en su declaración, porque para él, Melody fue un objeto. Estuvo por mas de una hora agonizando". 

Anticipándose a la estrategia de la defensa, el fiscal Guzzo dijo a los jurados "Uno no puede excederse de donde nunca estuvo. No puedo excederme en la velocidad si ni siquiera prendí el auto. Chavez Rubio no puede exdederse en la legítima defensa porque nunca tuvo que defenderse de ninguna agresión". 

Defensa: "Me excedí en defenderme"

El eje de la defensa del policía fue que se excedió en la legítima defensa.

"¿Podía haber tirado un tiro al aire? Sí.
¿Podía haber apuntado al piso? Sí.
No lo hizo, apuntó hacia Melody. 
¿Para qué? Para defenderse de una agresión que no había provocado. Ahí está el exceso en la legítima defensa.

El exceso se da cuando se le puede exigir a la persona una conducta alternativa a la que realizó, dada las circunstancias de modo, tiempo y lugar. Se podía defender de una forma menos lesiva, si. Eso es lo que nosotros proponemos como solución. Tiene una pena, se castiga a quien se excede en el ejercicio de un derecho. No le pedimos un fallo de no culpabilidad, le pedimos un fallo de culpabilidad pero en esas condiciones. No queda impune y es ajustado a la realidad.'

El jurado descartó por unanimidad este argumento y lo condenó por crimen de odio y travesticidio.


ALEGATOS DE CLAUSURA 



LECTURA DEL VEREDICTO



REPERCUSIÓN EN LOS MEDIOS


Entrevista a Andrés Harfuch 









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