AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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martes, 15 de junio de 2021

DOCTRINA: "EL JUICIO POR JURADOS. UNA VISIÓN EPISTÉMICA", por Fernando ZVILLING


Compartimos un extraordinario artículo de Fernando Zvilling, juez del Tribunal de Impugnación de Neuquén, que resulta fundamental para comprender el funcionamiento del sistema de jurados de tipo clásico.

Zvilling es uno de los autores argentinos actuales que mejor escribe sobre los problemas de la prueba en el proceso, la verdad y la epistemología. Pero, además, es un ferviente y lúcido defensor del juicio por jurados. Como tal, confronta con toda la escuela neo-inquisitorial motivacionista, encabezada por Michelle Taruffo y sus discípulos Jordi Ferrer Beltrán y Perfecto Andrés Ibáñez, entre otros.  

El autor efectúa un análisis epistémico del funcionamiento del sistema de jurados de tipo clásico y responde a las críticas que esta escuela ultramotivacionista le dedica al jurado. Zvilling desnuda una por una sus falacias argumentativas y resalta el desconocimiento que dichos autores tienen del sistema de jurados y del sistema acusatorio y adversarial.

Para ello, confronta con el profesor español Jordi Ferrer Beltrán, notorio opositor al juicio por jurados y a la oralidad en general, a raíz de la publicación de uno de sus trabajos más recientes, a saber: 

FERRER BELTRÁN, Jordi. (2020). Sobre el deber de motivación de las decisiones probatorias y el Juicio por Jurados. Quaestio facti. Revista Internacional sobre Razonamiento Probatorio, Madrid. 2020. pp. 359-382 (ver).

Jordi Ferrer critica la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos "V.R.P., V.P.C. y otros vs. Nicaragua", del 8 de marzo de 2018, (ver fallo aquí) porque considera que el veredicto general del jurado clásico (inmotivado y con íntima convicción) viola el artículo 8° del Pacto de San José de Costa Rica, a pesar de que la CIDH y el TEDH hayan dicho exactamente lo contrario.

Fernando Zvilling -cuyo artículo es una parte de su primer libro de próxima aparición- decidió que debía responderse al autor español y adelantó su publicación parcial. Se recomienda enfáticamente su lectura para lo cual transcribimos su índice:

EL JUICIO POR JURADOS. UNA VISIÓN EPISTÉMICA [Ver]


SUMARIO:

I. INTRODUCCIÓN.
II. LAS “RAZONES” DE LA DECISIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. DE LA “REALPOLITIK” A LA GENERALIZACIÓN INADECUADA.
III. CONCEPCIONES “PERSUASIVA” VS. “CONCEPCIÓN RACIONAL” DE LA PRUEBA”.
IV. SOBRE LA ÍNTIMA CONVICCIÓN.
V. DE NUEVO SOBRE LAS CONCEPCIONES “PERSUASIVA” VS. “CONCEPCIÓN RACIONAL” DE LA PRUEBA.
VI. ¿ES CORRECTA LA DICOTOMÍA “PERSUASIVA” VS. “RACIONAL” DE LA PRUEBA?.
VII. RETOMANDO LA CONCEPCIÓN “PERSUASIVA DE LA PRUEBA” Y ALGUNOS EQUÍVOCOS.
VIII. LA INMEDIACIÓN “FUERTE” Y OTROS EQUÍVOCOS.
IX. LA INMEDIACIÓN Y LOS SISTEMAS INQUISITIVOS.
X. INCERTIDUMBRE Y ERROR.
XI. EL PROBLEMA DE LOS ENUNCIADOS DE LA INMEDIACIÓN Y EL CONTROL DE LAS “DECISIONES”.
XII. EVIDENCIANDO LAS FUENTES DE INCERTIDUMBRE. EL PARADIGMA ADVERSARIAL. LA ACTIVIDAD DE LAS PARTES.
XIII. LA MOTIVACIÓN. ¿NECESARIAMENTE ESCRITA?. ¿EL PROBLEMA DE “AUSENCIA” DE MOTIVACIÓN ESCRITA?.
XIV. EL “CONTROL” DE LA DECISIÓN (VEREDICTO).
XV. LAS VÍAS DE CONTROL DEL VEREDICTO.
XVI. ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTROL O REVISIÓN DE LA DECISIÓN. LA INMEDIACIÓN, EL CONTRADICTORIO Y LA ORALIDAD.
XVII. LA AUDIENCIA DE “CONTROL” O “REVISIÓN” Y LA PRESENTACIÓN DE ARGUMENTOS.
XVIII. CONCLUSIONES.

lunes, 13 de agosto de 2018

Doctrina: El juicio por jurados en el continente de América

El juicio por jurados en el Continente de América [Leer o Descargar]
Por Andrés Harfuch y Cristian Penna

Publicado en la revista "Sistemas Judiciales" - Publicación anual de CEJA e INECIP, Año 17, Nº 21.

I. Un continente, dos culturas jurídicas - II. El juicio por jurados en los países latinoamericanos - III. El renacer del juicio por jurados en latinoamérica en el siglo XXI: la experiencia argentina y su aporte al litigio adversarial - IV. Notas definitorias de un auténtico jurado - V. Breve análisis de sistemas de jurados vigentes - VI. Perspectivas a futuro

jueves, 31 de mayo de 2018

THE INTER-AMERICAN COURT OF HUMAN RIGHTS RATIFIED THE CONVENTIONAL VALIDITY OF THE CLASSIC JURY

Finally, the long-awaited day has arrived. The Inter-American Court of Human Rights (IACHR) issued the first ruling on trial by jury in its 39 years of existence. And in historic fashion! From now on, the generations to come will always remember this extraordinary and inaugural leading case of the IACHR on juries, "VRP, VPC and others vs. Nicaragua", of March 8, 2018.

Due to its importance, and for its inevitable effects on the domestic law in countries throughout the Americas, this ruling will be the subject of publications, seminars and congresses throughout the continent.



viernes, 25 de mayo de 2018

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RATIFICÓ LA VALIDEZ CONVENCIONAL DEL MODELO DE JURADO CLÁSICO

Finalmente, el día tan esperado llegó. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el primer fallo sobre el juicio por jurados en sus 39 años de existencia. Y vaya forma en que lo hizo. De ahora en adelante, las generaciones por venir recordarán por siempre este extraordinario e inaugural leading case de la CIDH sobre jurados"V.R.P., V.P.C. y otros vs. Nicaragua", del 8 de marzo de 2018. 

Por su importancia, y por su innegable repercusión en el derecho interno de los países americanos, este fallo será objeto de publicaciones, seminarios y Congresos en todo el continente.


La CIDH utilizó este caso de Nicaragua para establecer de manera categórica y definitiva la validez convencional del veredicto general del jurado clásico, del voir dire, de las instrucciones del juez y de la íntima convicción del jurado como método de valoración probatoria

No sólo eso, sino que le recordó al mundo que el juicio por jurados se expande día a día en la región y que es empleado por 21 de los 35 países miembros de la Organización de los Estados Americanos, "siendo el modelo clásico el más utilizado en la región".

La parte medular del fallo se ocupa, precisamente, de la absoluta adecuación constitucional del sistema de juicio por jurados de tipo clásico, de la íntima convicción con que el jurado valora la prueba y del veredicto sin expresión de motivos que es inherente a este sistema. Para siempre quedarán esta inmortales afirmaciones: