AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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miércoles, 11 de septiembre de 2024

Avanza la ley de juicio por jurados y los diputados escucharon a los especialistas de la AAJJ y el INECIP

 

Los expositores Harfuch, Manes, Del Río y Alfie
 junto a los diputados Mirabella, Pedrini y Carbajal


Ayer hubo otra jornada de gran trascendencia para la definitiva sanción de la Ley de Juicio por Jurados adeudada desde 1853. Fue la última sesión informativa en reunión plenaria de las comisiones de Justicia, Legislación Penal y Presupuesto en la Cámara de Diputados previo a emitir dictamen y bajar al recinto para la media sanción.

Se dieron cita allí la presidenta de la AAJJ, Silvina Manes, Andrés Harfuch y Julián Alfie por el INECIP, el Secretario de Justicia de la Nación, Sebastián Amerio, y Víctor Del Río, presidente del STJ del Chaco, además de otros especialistas, que defendieron a rajatabla el modelo de jurado clásico con 12 jurados, veredicto unánime, voir dire, paridad de género e irrecurribilidad del veredicto.

Sebastián Amerio, Secretario de Justicia de la Nación, dio inicio al debate con un contundente apoyo a la sanción de la ley y vertiendo conceptos de antología:

“El jurado es el único órgano de poder sin ambición propia”

“No hay ningún tribunal judicial más independiente e imparcial que el jurado”

"Los veredictos del jurado gozan de una legitimidad incuestionable"


EXPOSICIÓN SEBASTIÁN AMERIO 

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Sebastián Amerio


Sebastián Amerio continuó enumerando las bondades del sistema de jurados. Argumentó que "no hay ningún tribunal judicial más independiente e imparcial que el jurado: de sus veredictos no dependen ni sus ascensos ni sus carreras judiciales". 

A su vez, agregó: "Los ciudadanos no comprenden las absoluciones y las condenas dictadas por jueces técnicos y muchas veces existe la sensación de que no existe justicia. Esto genera recurrentes crisis severas de legitimidad; pero cuando un jurado popular es el que da el veredicto, la confianza en esa decisión es inmensamente superior".

Además, el representante del Poder Ejecutivo, apeló a “encontrar los consensos para avanzar” ya que “el jurado promueve la máxima transparencia del Poder Judicial, promueve mejor ciudadanía".

"El jurado es el único tribunal capaz de absorber las presiones sociales y demandas ciudadanas de justicia que se abaten sobre los sistemas judiciales del siglo XXI", concluyó Amerio.

Los especialistas convocados al plenario de comisiones remarcaron su acompañamiento al establecimiento de un régimen federal de juicio por jurados. En ese marco, Víctor del Río, presidente del Superior Tribunal de Justicia de Chaco (en donde existe este sistema) señaló que "muchas de las excusas para que no se implemente este sistema era que ‘no hay plata’. La plata está muy bien gastada, hemos recuperado la confianza de los ciudadanos".

"Estamos a punto de hacer realidad una ley tan ansiada por nuestros Constituyentes, cuyas características fundamentales han sido validadas íntegramente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El jurado en Argentina es un éxito total, no hubo un solo escándalo", dijo el doctor Andrés Harfuch, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). 

El abogado Julián Alfie valoró que esta es "la ley más significativa de toda la agenda de reforma judicial que todos los gobiernos han propuesto durante años. Los juicios por jurados abordan la desconfianza de la ciudadanía hacia las decisiones judiciales”.


EXPOSICIÓN SILVINA MANES 

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Silvina Manes.


Una de las expositoras fue la presidenta de la AAJJ, Silvina Manes, quien además de señalar la deuda histórica que nuestra democracia tiene con la Constitución Nacional, planteó que "todo proyecto de ley de juicio por jurados debe respetar los seis núcleos duros de la institución del jurado: la competencia del jurado, la sanción de un sistema clásico, el respeto a la igualdad de género en la conformación del jurado, la audiencia de selección del jurado o voir dire, la unanimidad del veredicto y la irrecurribilidad del veredicto de no culpabilidad"


EXPOSICIÓN VICTOR DEL RIO 

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Víctor del Río


EXPOSICIÓN ANDRÉS HARFUCH 

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Andrés Harfuch.


EXPOSICIÓN JULIÁN ALFIE 

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Actualmente existiría el consenso de todos los bloques en acompañar uno de los proyectos presentados por el diputado de la Unión Cívica Radical, Fernando Carbajal. El proyecto establece un juicio por jurados de 12 ciudadanos con paridad de género para todos los delitos con pena en abstracto de 5 años. Asimismo, el proyecto prevé la audiencia de selección del jurado (voir dire), la unanimidad para arribar a un veredicto y la irrecurribilidad del veredicto absolutorio. 

Aunque existen otros siete proyectos, la mayoría de los autores de las demás iniciativas expresaron su voluntad de acompañar la redacción del diputado Fernando Carbajal, quien logró aglutinar todas las diferentes propuestas.


Diputada por Buenos Aires Vanesa Siley
y Andrés Harfuch

Alfie y Harfuch con la diputada salteña
Pamela Caletti, vice de la Comisión
de Justicia de la Cámara de Diputados


Leer noticias aquí:

- INFOBAE (11/09/24): "El viceministro de Justicia defendió los juicios por jurados: “Es el único órgano de poder sin ambición propia” (ver)

- Ámbito Financiero (11/09/24): "Diputados discutió reformas de la Justicia: juicio por jurados, reiterancia y secuestro de armas de fuego" (ver)

- Diputados Argentina (11/09/24): "SEBASTIÁN AMERIO: "EL VEREDICTO POR JURADO GOZA DE UNA LEGITIMIDAD INCUESTIONABLE" (ver)

jueves, 28 de diciembre de 2023

ARGENTINA: El Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de Ley de Juicios por Jurados exigido por la Constitución Nacional

Jurados bonaerenses tras una baranda de madera

El Poder Ejecutivo de la Nación envió al Congreso el proyecto de ley para implementar en todo el país el juicio por jurados en sesiones extraordinarias. Es otro intento más, tras las múltiples iniciativas de todas las bancadas políticas de distinto signo a lo largo del tiempo. Ya llevamos más de 170 años de infructuosos esfuerzos por cumplir con el triple mandato del juicio por jurados de la Constitución Nacional de 1853 (arts 24, 75 inc 12°, 118 y 126).

La norma forma parte del paquete de reformas incluidas en el Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la libertad de los argentinos (acá) que el presidente Javier Milei envió por intermedio de su ministro del interior Guillermo Francos al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

Dicha ley también contempla el traspaso a la CABA de de todas las competencias que le corresponden por Constitución en el plazo máximo fatal de tres años. 

Concretamente, el Capítulo XIII - JUICIO POR JURADOS, bajo el Título V - JUSTICIA, en el escueto artículo 442 dispone la aprobación del proyecto que se adjunta como Anexo 6 (acá).


Juezas y jueces de Chubut con toga y martillo 2023

Con esta iniciativa, la justicia federal empieza a saldar la deuda que tiene con la Constitución Nacional y se suma a las once provincias que ya tienen al juicio por jurados en plena marcha.

Lo más destacable de la norma proyectada es la conjunción entre los artículos 6 y 95. ¿Por qué? Porque dispone que esta, si bien es una ley que se aplicará exclusivamente a delitos federales, es una ley marco que establece el piso mínimo de lo que se considera la estructura básica del modelo clásico de juicio por jurados. Menos que eso, las provincias no podrán hacerlo.

Ya no quedan dudas de que esta ley respeta la soberanía de las provincias, pero delinea con claridad y precisión cuál es el modelo de jurados de la Constitución. Y ese es el modelo clásico al que las provincias se han abrazado de manera abrumadora, con la sola excepción de Córdoba. 

Dicho modelo es un jurado clásico de doce personas conducidas por un solo juez, con paridad de género, con un voir dire para recusar con y sin causa a los jurados, con instrucciones legales del juez, con un veredicto unánime e irrecurrible en caso de no culpabilidad y un nuevo juicio por si no se alcanza la unanimidad. 

Ese es el modelo clásico de jurados de la Constitución Nacional que ya no podrá ser alterado.

Para decirlo al revés: no podrá haber jurados con menos de doce personas, o sin igualdad de género, o sin recusaciones sin causa, o con veredictos por mayoría o apelables por la acusación. Eso ya queda vedado porque significa alterar la institución.

El artículo 95 es una cláusula gatillo de adhesión que invita a las provincias, en ejercicio de su soberanía, para aplicar directamente esta ley en sus territorios si así lo deciden con el objetivo de que las provincias que no tienen todavía sistemas de jurados, o las que lo quieran actualizar, se sumen a dicha ley.


Sala de Juicio por Jurados en Mendoza

EL PROYECTO

El proyecto de ley abraza el modelo clásico de doce ciudadanos y con paridad de género (artículo 3), como lo es en la mayor parte de las jurisdicciones que ya lo implementan. Prevé una competencia amplia, para delitos cuya pena en abstracto sea superior a los 5 años de prisión o reclusión (artículo 2). Es la definición legislativa de la expresión "crímenes" del artículo 118 de la Constitución Nacional.

Asimismo distingue los roles entre juez y jurado con la debida importancia de las instrucciones (artículos 7 y 8). Contiene las normas usuales sobre presunción de inocencia y más allá de toda duda razonable, además de la libertad de conciencia del jurado (artículos 9 y 10).


El ministro Francos y el diputado Menem


En realidad, este proyecto de ley es muy similar a los que ya existían con tratamiento parlamentario tanto en Diputados como en Senadores y de todas las bancadas políticas. Lo dijimos siempre en estas columnas: si hay una institución que escapó a "la grieta política" ha sido el juicio por jurados. Gobernadores de todos los signos políticos lo han implementado.

El proyecto tiene aciertos mayúsculos y diseña una audiencia de admisión y descubrimiento de las pruebas como eje central preparatorio del juicio por jurado (artículos 23 y 24). Además, estas decisiones que toma el juez de admitir o excluir pruebas antes del debate pueden ser revisadas ampliamente por todas las partes ante otros dos jueces diferentes (artículos 27 y 28).

También se prevé la audiencia de voir dire para la selección del jurado imparcial, con recusaciones con y sin causa para las partes (artículos 32 a 39).

El proyecto posee otro gran acierto, que es el de diseñar con precisión y detalle el desarrollo del juicio. Contiene todas las reglas habituales que hacen a un litigio adversarial acusatorio puro con jurados: las instrucciones iniciales (artículo 55), los alegatos de apertura con las teorías del caso de cada parte (artículo 56), los exámenes y contraexámenes de testigos y peritos (artículo 58), preguntas sugestivas, testigo hostil, redirecto, objeciones (artículo 59), cómo dirimir incidencias, estipulaciones probatorias, declaraciones previas, reglas de evidencia, testimonios de oídas, anticipos jurisdiccionales de prueba, etc.



Con buen criterio se incorporan las reglas éticas para el ejercicio de la abogacía con sanciones pecuniarias muy precisas (artículo 68) y se reglamenta el proceso de elaboración de las instrucciones finales (artículos 69 a 72).

En lo más importante, se abraza la unanimidad del veredicto (artículo 81), la posibilidad de jurado estancado con un solo nuevo juicio adicional (artículo 87) y la irrecurribilidad del veredicto absolutorio (artículo 89). La impugnación amplia del veredicto de culpabilidad queda garantizado (artículo 93).

En cuanto a la vigencia, es inmediata a las jurisdicciones en las que se encuentre implementado el Código Procesal Penal Federal y en tres años en todas las jurisdicciones del país (artículo 94). Sin embargo, esto solo se aplicará en la jurisdicción federal, pudiendo las provincias adherirse (artículo 95).


Jueces de la CIDH

En lo que ha ganado las primeras planas de todos los diarios y medios de comunicación del país, el proyecto dispone que los jueces deberán vestir toga negra, usar un martillo y que el jurado deba estar atrás de una baranda de madera. Son los atributos universales de la jurisdicción.

Se trata de una práctica que es común en casi todos los países de América Latina y el Caribe, que ya comenzó a implementarse en Chubut y Mendoza y que distingue a los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.


Jueces y juezas del TEDH

AMPLIA RECOMENDACIÓN

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, se reunió con predecesores hace unos días en un encuentro "para compartir experiencias, intercambiar opiniones y recibir consejos".


Reunión de ex Ministros de Justicia

En una publicación en su cuenta de la red social X (acá), la cartera de Justicia detalló que "los ex ministros recomendaron poner en marcha el Código Procesal Penal en todo el país, agilizar los juicios, cubrir la vacante en la Corte Suprema, implementar el Juicio por Jurados, crear juzgados especializados en adopción y continuar con los Centros de Acceso a la Justicia". Se hallaban allí Arslanian, Alak, Vanossi, Losardo, Garavano, Gil Lavedra, etc


Leer noticias aquí:

27/12/23 - Letra P - "Los puntos centrales de la ley ómnibus de Javier Milei" (acá)

27/12/23 - Clarín - "El proyecto de ley ómnibus traspasa la justicia nacional a la CABA y crea el juicio por jurados" (acá)

27/12/23 - C5N - "La Ley Ómnibus busca aprobar el juicio por jurados y que los magistrados tengan toga y martillo" (acá)

22/12/23 - Infobae - "Mariano Cúneo Libarona recibió a los ex ministros de Justicia: qué consejos recibió para su gestión" (acá)

lunes, 7 de noviembre de 2022

ENTRE RÍOS: Convenio entre la Cámara de Diputados y la AAJJ para promover el sistema de juicio por jurados

 

Ángel Giano, presidente de la Cámara
de Diputados y Elvio Grazón (AAJJ-ER)

Un convenio marco de cooperación mutua entre la Cámara de Diputados, a través de su presidente Ángel Giano, y el delegado por Entre Ríos de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ), Elvio Garzón, se firmó este lunes. 

El acuerdo tiene como finalidad promover la información de las características del Juicio por Jurados en el territorio provincial, especialmente la formación sobre qué significa ser Juez o Jueza Popular. 

Tales actividades se podrán desarrollarán junto con Universidades u organismos del Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, en Municipios, Comunas, como así también ámbitos educativos, comunitarios, barriales, bibliotecas, clubes, entre otros.

Es el resultado del éxito total que ha tenido la implementación del juicio por jurados en Entre Ríos. Sin dudas, es la mayor transformación ocurrida en la justicia desde la implementación de la oralidad en 2012.

Desde 2019 hasta la fecha, se han realizado más de 30 juicios por los delitos más diversos. Han habido condenas, absoluciones, dos jurados estancados pero, más allá de eso, es destacable lo bien que ha recibido el Pueblo, el periodismo, el Poder Judicial, las ONG y la política entrerriana la experiencia de ser jurados populares. No ha habido un sólo escándalo y se han resuelto casos muy graves. El sistema ha estado a la altura de lo que se esperaba. 

En este tan necesario acuerdo se prevé la generación de actividades de investigación y extensión y la realización de estudios que -en términos genéricos- tiendan a la consolidación y profundización del tema, como así también a la formación, perfeccionamiento y especialización del capital humano.



Giano -actor político decisivo y fundamental en la sanción de la ley 10.746 y, además, autor de la brillante Ley 10.779 que crea el Programa Ser Jurado (Ley 10.779: las escuelas de Entre Ríos enseñarán y difundirán el Juicio por Jurados)- valoró que al cumplirse hoy los tres años de la sanción de la Ley 10.746 de Juicios por Jurado en la provincia "celebramos el avance en el proceso de más democratización de nuestro sistema procesal penal”

Y agregó: "Es importante seguir trabajando en la participación de la ciudadanía y en los aportes que pueden hacerse para que el pueblo se involucre y se informe lo mejor posible. Esta es una herramienta muy valiosa".

Por su parte, Elvio Garzón, otro gran artífice de la puesta en marcha del sistema de jurados en la provincia, comentó los alcances del convenio firmado entre las instituciones y aseguró que “se pretende transmitir las experiencias adquiridas y potenciar la convocatoria a la ciudadanía a que siga participando en los procesos penales determinados por la ley”.

El juez penal de Paraná resaltó el trabajo del diputado Giano como impulsor de las leyes de Juicio por Jurados y la de Ser Jurado, por lo que consideró favorable la firma del acuerdo entre la Cámara de Diputados y la AAJJ. “Este convenio colaborará con la difusión sobre la importancia de involucrarse y formarse por parte de la ciudadanía entrerriana”, cerró.

Leer noticias aquí:

- Ahora (7/11/22): "Diputados: firman acuerdo para promover información sobre juicios por jurados" (ver)