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AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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viernes, 13 de junio de 2025

Juez de la Corte Suprema de Santa Fe DANIEL ERBETTA: "El riesgo de condenar a un inocente es casi nulo"


El prestigioso académico de la UNR y juez de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe Daniel Erbetta destacó las virtudes del juicio por jurados, tras el histórico primer juicio de la provincia que tuvo lugar en San Cristóbal. Dialogó con el medio Conclusión y dejó conceptos muy lúcidos e importantes por provenir de la máxima autoridad judicial de la provincia.

“Que los ciudadanos participen es verdaderamente abrir una ventana de aire”, dice el juez Daniel Erbetta sobre la implementación del sistema de juicio por jurados en Santa Fe en forma progresiva y para ciertos tipos penales. "Ponerlo en práctica supone “nada más y nada menos que cumplir con la Constitución Nacional” y que, además, implica avanzar hacia “un sistema de justicia penal público, transparente”

Para el ex decano de la Facultad de Derechos de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) , una tercera virtud consiste en permitir la “participación ciudadana” lo que redunda en “democratizar un poder del Estado que no es representativo», como es el  Judicial

El magistrado aventa cualquier prejuicio sobre la capacidad de los ciudadanos para juzgar delitos: «El riesgo de condenar a un inocente es casi nulo porque se exige unanimidad y, cuando un jurado absuelve también de manera unánime, el riesgo de que haya impunidad es bajísimo«.

El sistema de juicios por jurado se inició este lunes en Santa Fe con un veredicto de culpabilidad en San Cristóbal, en un proceso penal por homicidio calificado y femicidio en grado de tentativa. Participan 12 jurados titulares y 2 suplentes, ciudadanos comunes seleccionados por sorteo del padrón electoral.

—¿Cuáles son las principales “bondades” del sistema de juicio por jurado?

—La primera bondad, nada más y nada menos, es cumplir con la Constitución Nacional. Desde 1853 pasando por 1994, la forma de enjuiciamiento que la Constitución exige, no como opción del imputado, sino como forma de enjuiciamiento para los delitos graves, es el juicio por jurados populares, cuya tradición es milenaria y se remonta a la Roma republicana y a toda la tradición anglosajona. Convengamos que muy mal no le ha ido a la justicia inglesa, ¿no? Y convengamos que muy bien no le ha ido a la justicia penal profesional en la Argentina. 

De hecho, no sólo tenemos una justicia penal en muchos lugares -e incluso en el sistema federal- inconstitucional, sino que hay resistencia ya ni siquiera al jurado, sino al sistema acusatorio. Obviamente no puede haber jurado popular sin sistema acusatorio, sino que además hemos visto muchas situaciones escandalosas en la justicia profesional. Yo no recuerdo haber visto escándalo frente al veredicto de un jurado en lo que lleva el sistema en la República Argentina, y mucho menos en general en lo que es la tradición de los países juradistas. 

En segundo lugar, cumplir con la decisión de recuperar un sistema de justicia penal público, transparente, visible y cara a cara, con el juez presente del cuerpo entero. Y en tercer lugar, con participación ciudadana. Es decir, democratizar un poder del Estado que no es representativo, a través de la participación del ciudadano en el único poder que no tiene participación. Porque un ciudadano puede ser legislador, puede ser presidente de la Nación, pero inexplicablemente no puede participar del Poder Judicial, que es un poder del Estado que forma parte de la estructura de gobierno, que gobierna gestionando conflictividad, poniéndole límites a la arbitrariedad, o por lo menos es su deber ser, aunque lamentablemente no siempre ocurre esto.

Para el ministro de la Corte, “que los ciudadanos participen es verdaderamente abrir una ventana de aire, como decía el Papa Francisco, abrir las puertas de la Iglesia. Porque adentro de estas estructuras siempre corremos el riesgo de contaminarnos con el aire dentro de nuestra propia atmósfera, y la experiencia del jurado popular ha sido una experiencia notable en la dimensión histórica e incluso en el contexto nuestro, donde es joven en la mayoría de las provincias. De cualquier forma, repito, es algo de una tradición milenaria, con una capacidad de rendimiento netamente superior a la justicia profesional”.



—¿Qué críticas tiene el sistema de enjuiciamiento por jurado popular?

—La mayoría de las críticas son muy viejas y se encargó de responderlas el Movimiento Iluminista, mirá lo que te digo, y hoy están completamente descartadas como prejuicios por las investigaciones empíricas en los países juradistas. Toda esta pavada de prejuicio, de que el jurado no sabe, que es presionable. Es mucho menos presionable un jurado de 12 ciudadanos que un juez individual, o que a veces un tribunal colegiado de tres jueces. ¡Cuántos casos hay en los últimos tiempos de la historia argentina! 

El ciudadano asume su rol de juez con una responsabilidad y un compromiso pocas veces visto, por eso para nosotros hoy es un día fundamental, porque hemos hecho un cambio institucional magnífico, no sólo hace diez años cuando avanzamos con el sistema acusatorio, sino fundamentalmente ahora cuando tenemos un poco la frutilla del postre, que es la culminación de una reforma procesal estructural, con la implementación del juicio por jurados populares para los delitos graves. No hay que tenerle miedo a la gente, la gente asume con mucha responsabilidad y con mucho compromiso ese rol una vez que entró a la sala de audiencia.

—¿Es restrictivo para las víctimas o sus familiares que un resolución absolutoria del jurado no pueda apelarse?

Que no se puedan apelar las absoluciones y que el veredicto del jurado sea definitivo es producto de que responde a una forma de enjuiciamiento de una calidad muy superior a lo que es el juicio o el proceso inquisitivo, o el proceso mixto que rige todavía hoy en una gran parte de la jurisdicción. 

Los controles que existen adheridos al juicio en el sistema acusatorio y, fundamentalmente cuando el acusatorio va a un debate con jueces ciudadanos, son enormes. Son controles que no existen en el proceso inquisitivo ni mucho menos en el proceso mixto que tiene hoy la Justicia Federal

Es imposible llegar a un juicio por jurados populares sin una investigación muy bien llevada a cabo y sin un montón de controles previos, donde el fiscal tiene que demostrar que tiene una acusación sólida para alcanzar con alto grado de probabilidad una condena. Esto obviamente le posibilita al jurado una deliberación con muchos elementos y un veredicto de muy buena calidad. Y por eso no es necesario un recurso, que nace en los sistemas inquisitivos porque está vinculado a una estructura judicial vertical, jerárquica, en donde el de arriba tenía que controlar al de abajo. Si vamos a hablar de impunidad, no pensemos en el juicio por jurados populares, pensemos en lo que teníamos y lo que todavía tenemos en muchas jurisdicciones del país.

—La ley provincial que creó el sistema de juicio por jurados santafesinos no exige unanimidad de los 12 ciudadanos para alcanzar un veredicto.

—Obviamente que lo ideal sería la unanimidad, eso fortalece la decisión, le da una legitimidad tremenda, el jurado recupera el valor central de lo que es la deliberación, cosa que no ocurre en muchos tribunales colegiados, donde uno (un juez) decide y el otro pone la firma. En el jurado hay deliberación y obviamente hay que convencer a 12 personas. Nosotros no tenemos unanimidad, lamentablemente, los legisladores no quisieron, habrá que convencer a 10 (jurados). Pero esto mismo es lo que hace que un jurado sea mucho más permeable, digamos, a rechazar cualquier tipo de presión, es mucho más fácil presionar a un juez que presionar a 12 ciudadanos. Y además que son jueces de un caso, no son jueces de un montón de casos. Entonces ahí tendrán que jugar otras circunstancias respecto al juez profesional de un montón de casos, que preserva su trabajo, su estabilidad, que no quiere problema. Acá son ciudadanos que son jueces de un caso, entonces tienen absoluta libertad para poder decidir a conciencia. Obviamente cuando hay unanimidad se reduce todo los riesgos. Cuando un jurado te condena por unanimidad, el riesgo de condenar a un inocente es casi nulo. Y cuando un jurado absuelve de manera unánime, el riesgo de que haya impunidad es también bajísimo, tiene muy poco margen.

Leer noticia aquí:

10/06/25 - Conclusión - "Erbetta sobre el juicio por jurados: «El riesgo de condenar a un inocente es casi nulo»" (acá)

- Aire Digital (15/06/25): "Las claves del primer juicio por jurados de Santa Fe: ¿por qué fue un homicidio bajo emoción violenta?" (ver)

miércoles, 11 de junio de 2025

SANTA FE: En el primer veredicto de su historia, el jurado declaró culpable al acusado de homicidio en emoción violenta y otros cargos

Obviamente el jurado no fue fotografiado

Este martes concluyó el primer juicio oral y público con jurado popular en la provincia de Santa Fe, un hecho histórico que marca un antes y un después en la forma de juzgar delitos en el ámbito penal. 

El debate comenzó el lunes por la mañana y se desarrolló durante dos jornadas en doble turno. Terminó con un veredicto unánime de culpabilidad por todos los cargos por delito menor incluido.

El abogado de la defensa destacó la celeridad del procedimiento: "En dos días de un juicio impecable nos llevamos una resolución". Además, hubo un fuerte respaldo de todas las autoridades políticas y judiciales.

Fue en la localidad de San Cristóbal donde se dio inicio a este hecho extraordinario e histórico: el primer veredicto de un juicio por jurados en Santa Fe, la cuna de la Constitución Nacional y el federalismo.

El juicio fue presidido por el juez Nicolás Stegmayer, de quien el abogado defensor llegó a decir que "fue un juicio muy prolijo, con un juez que lo dirigió a la perfección, que permitió que fuese ágil, que haya mucho respeto entre las partes". 

La acusación estuvo a cargo de las fiscales del Ministerio Público de la Acusación de San Cristóbal, Silvina Verney y Hemilce Fissore. En tanto, la defensa del imputado –identificado con las iniciales R. A. U.– fue asumida por los abogados particulares Claudio Torres del Sel y Federico Scarinci.



EL CASO

El caso juzgado en el debate se remonta a las primeras horas del 17 de enero de 2023, cuando Ulrich, productor agropecuario, se trasladó en su camioneta al establecimiento rural “La Sara” junto a su hijo de 15 años, en donde residía temporalmente su expareja y madre de sus dos hijos. 

Cuando Ulrich llegó, se encontró con su ex mujer (con quien había terminado días antes una relación de 18 años) y su actual pareja, el subinspector Franco López, que para ese entonces se desempeñaba como jefe de la Comisaría de Monigotes.

El imputado sacó una escopeta calibre 28, disparó contra el patrullero de López y a los gritos le pidió que saliera del domicilio. Cuando el subinspector salió de la casa, Ulrich le disparó a la altura del pecho. Tras el disparo, López se desvaneció, cayó al suelo y fue trasladado de urgencia al Sanatorio Nosti de Rafaela, en donde falleció el mismo día, en horas de la noche. 

La expareja de Ulrich, en tanto, fue trasladada a un hospital de Sunchales tras ser alcanzada, a la altura del hombro, por una de las perdigonadas que mató a López.

Según la fiscalía, esto se trató de un homicidio transversal. Pero a lo largo del debate, fue evidente para los observadores que para esa agravante no había pruebas que la justificaran más allá de toda duda razonable. El jurado vio lo mismo y la descartó por unanimidad.

Por el contrario, había sobradas pruebas de parte de la fiscalía de que Ulrich era autor de un homicidio. Restaba determinar si ese homicidio era simple o bajo emoción violenta. La defensa realizó un muy buen trabajo, al traer dos peritos expertas como prueba del estado emocional de Ulrich al momento del desenlace.

"La teoría que teníamos como defensores y que la expusimos en los alegatos de apertura, fue la que logró triunfar. Entendemos que se trabajó con pruebas que fueron contundentes y eso es ha convencido al jurado. Así que lo único que tenemos que para decir es agradecer, fundamentalmente, al sistema. Este es un sistema nuevo para la provincia de Santa Fe. Estamos satisfechos porque en dos días nos vamos con una resolución", afirmó el defensor Torres del Sel.

Luego de la deliberación secreta, que debe extenderse al menos dos horas según lo establece el artículo 75 de la Ley N.º 14.253 de Juicio por Jurados, el jurado declaró culpable a R. A. U. por los delitos de homicidio atenuado por el estado de emoción violenta, lesiones leves culposas, tenencia indebida de arma de fuego de uso civil y daño calificado.

La pena será determinada por el juez en la audiencia de cesura, que deberá celebrarse dentro de los próximos 10 días hábiles.




EL PROCESO

Durante la jornada del lunes, declararon ante el jurado un total de cinco testigos presenciales del hecho que terminó con la vida de López. Entre ellos, la pareja de la víctima y expareja del imputado. Recordemos, ella también víctima, pues fue lesionada por el accionar de Ulrich.

También lo hizo el hijo del imputado (quien convive con su madre), el cual pidió declarar ante el jurado y las partes pese a que tiene 15 años. A su vez, declararon la excuñada de Ulrich y su marido.

Cabe destacar que el proceso inició con una fuerte presencia de autoridades judiciales y gubernamentales, por ser el primer juicio por jurados de la provincia de Santa Fe.


La fiscal general María Cecilia Vranicich

La fiscal general de la provincia, María Cecilia Vranicich; el ministro de Justicia y Seguridad de la provincia, Pablo Cococcioni; y el Secretario de Justicia, Santiago Mascheroni; estuvieron presentes en el inicio de las audiencias.

Vranicich sostuvo que “para el Ministerio Público de la Acusación (MPA) es un enorme desafío institucional” el inicio del nuevo sistema y agregó que “nos venimos preparando con diversas actividades de capacitación, e incluso hemos realizado algunas puntuales para este caso”.

La funcionaria judicial además remarcó que “en cuanto a la plena vigencia del sistema acusatorio, tenemos que agregar que a partir del 21 de junio comenzará a funcionar en la provincia el sistema de responsabilidad penal adolescente. Con ambos avances, podremos decir que todo el sistema penal en la provincia de Santa Fe está adecuado a la Constitución”.


Ministro de Justicia Pablo Cococcioni

“Inicia la primera jornada de Juicio por Jurados de la provincia de Santa Fe. A raíz de la Ley sancionada hace un año y medio por la Legislatura provincial. Conforme al cronograma de implementación tocó este primer juicio en el distrito San Cristóbal, parte de la regional de la circunscripción con cabecera en Rafaela. A partir de ahora la provincia se pone en sintonía con otras provincias que están implementando Juicio por Jurados, arrancando con los casos más graves. Estamos con una gran expectativa en este día histórico”, expresó el ministro de Justicia Pablo Cococcioni.




LA IMPORTANCIA

La importancia del primer juicio por jurados santafesino fue destacada por Daniel Erbetta, juez de la Corte Suprema de Justicia, en una entrevista que le brindó a LT8.

"Hoy es un día significativo para la provincia de Santa Fe, de una relevancia institucional muy grande. Poder inaugurar e implementar esta forma de enjuiciamiento implica, después de tantos años, cumplir con un mandato constitucional que impuso como modo de juzgamiento el juicio por jurados populares. No es una opción, es una forma por la cual deben ser juzgados estos tipos de delitos. Y no solo es para el fuero penal: nuestra constitución establece esta modalidad incluso en el fuero civil y laboral, obviamente en asuntos que tengan alto impacto, porque no todos los juicios pueden realizarse a través del jurado popular", comentó Erbetta en diálogo con LT8.

"A veces pasa desapercibido, pero el juicio por jurados populares indica que nuestra constitución exige un modelo de justicia pública, un modelo de justicia transparente, visible, donde uno le pueda ver al cara a los jueces, fiscales y abogados, y donde además pueda participar la ciudadanía. Es una opción por una justicia de ciudadanos frente a una justicia de profesionales", afirmó el ministro y agregó: "Durante muchos años el poder judicial estuvo monopolizado exclusivamente por jueces profesionales y abogados. No hay ningún motivo para que la ciudadanía no forme parte, como en cualquier poder del Estado, del poder judicial"

Asimismo, Erbetta sostuvo que la función de los jurados populares la de constituirse como un juez de los hechos. "Es un juez que va a valorar las evidencias y las pruebas que las partes llevan al juicio. El jurado es el dueño de la valoración de la prueba. La responsabilidad con la que un juez ciudadano asume ese rol es increíble. Lo hemos experimentado con los jurados que estuvieron en la primera tanda, la seriedad y la responsabilidad con la que han tomado esto. "

"Esto hay que valorarlo y reivindicarlo. Se abre una nueva etapa para la justicia de Santa Fe. Y quiero aclarar algo: la capacidad de rendimiento en los países que utilizan este modelo pero, en las provincias argentinas que lo implementan, ha sido realmente excelente. No se conoce un solo caso donde haya habido una manifestación o un escándalo tras la decisión de un jurado", enfatizó.

Finalmente, el ministro ahondó sobre la nueva modalidad. "Hay dos momentos fundamentales: por un lado, las instrucciones iniciales, donde el juez técnico le explica al jurado una serie de principios que rigen la valoración de la prueba y los principios constitucionales. Y luego de que se producen los alegatos de apertura, la producción de pruebas por parte de fiscales, defensores y los alegatos de clausura, los propios abogados de los imputados junto al juez definen las instrucciones finales, que son una guía que al jurado le va a permitir llenar un formulario para después poder fundamentar el veredicto", explicó.

"Hay algo importante: el veredicto del jurado es definitivo y no se admite apelación. Esto pasa porque los casos que llegan a jurados populares llegan muy bien trabajados, con información de muy buena calidad y no es lo mismo la decisión de doce ciudadanos que la de una sola persona. Todos los prejuicios que existían entorno al jurado popular no se justifican. Es una forma de democratizar un poder que no tiene representatividad democrática porque a los jueces no nos elige la gente".


Leer noticias aquí:

10/06/25 - Aire de Santa Fe - "El abogado defensor destacó el primer juicio por jurados en Santa Fe: "En dos días nos vamos con una resolucion"" (acá)

10/06/25 - Aire de Santa Fe - "En el primer juicio por jurados en la provincia de Santa Fe, declararon culpable al acusado" (acá)

10/06/25 - El litoral - "El primer Jurado Popular de la provincia condenó al acusado de manera atenuada" (acá)

10/06/25 - Venado 24 - "Primer juicio por jurado en Santa Fe: hoy se conocerá el veredicto" (acá)

10/06/25 - Aire de Santa Fe - "El primer juicio por jurados en la historia de la provincia de Santa Fe entra en su fase final" (acá)

10/06/25 - Rosario 3 - "Primer juicio por jurados de Santa Fe: "Es un avance en la participación democrática"" (acá)

10/06/25 - Aire de Santa Fe - "Primer juicio por jurados en Santa Fe: este martes se dará a conocer el veredicto" (acá)

09/06/25 - Santo Tomé al día - "Histórico: doce ciudadanos decidirán el veredicto en el primer juicio por jurados de Santa Fe" (acá)

09/06/25 - El litoral - "Coincidencia en las virtudes del Juicio por Jurados: “Mejora el sistema de justicia y la participación ciudadana”" (acá)

09/06/25 - La Capital - "Juicios por jurados en Santa Fe: "No hay ningún motivo para que la ciudadanía no forme parte del poder judicial"" (acá)

09/06/25 - RTS Medios - "SAN CRISTÓBAL MARCA UN DÍA HISTÓRICO CON EL INICIO DEL JUICIO POR JURADOS EN SANTA FE" (acá)

09/06/25 - LT8 am830 - "COMIENZA EL JUICIO POR JURADOS EN SANTA FE - DANIEL ERBETTA" (acá)

07/06/25 - La Nación - "Comenzará pasado mañana el primer juicio por jurados en Santa Fe" (acá)

07/06/25 - La Nación - "Comenzará pasado mañana el primer juicio por jurados en Santa Fe" (acá)

lunes, 9 de junio de 2025

Día histórico para la democracia de Argentina: arranca el primer juicio por jurados en Santa Fe

Juez Nicolás Stegmayer

En medio de una gran expectativa en el ámbito jurídico y social, en la provincia de Santa Fe comenzará hoy el primer juicio oral y público por jurados. Es un hito que marcará un nuevo capítulo en la justicia provincial y en la democracia de Argentina. 

Es que Santa Fe es la cuna de la Constitución Nacional, donde en 1853 se adoptó con énfasis que el juicio por jurados es el sistema para juzgar los crímenes. Por eso es que este no será un juicio más, por la gran carga simbólica que posee.

En total, 36 ciudadanos fueron sorteados el pasado 25 de abril y serán los potenciales integrantes del tribunal. Los 14 (12 titulares y 2 suplentes) que finalmente juzgarán el caso se definirá el mismo lunes, en el marco de la denominada audiencia de selección.

Una vez completada esta etapa, se dará inicio al debate oral, que comenzará hacia el mediodía, ya que la ley establece que deberá comenzar “inmediatamente” después de la selección del jurado”.

Fuentes judiciales recordaron que la audiencia de selección (voir dire) podría extenderse durante varias horas, ya que se trata de una instancia central del proceso. Allí, las partes -fiscales y defensores- podrán ejercer recusaciones para conformar el jurado definitivo, respetando la paridad de género.

Actualmente, el juicio por jurado está vigente en Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, Catamarca, La Rioja y Salta.

El caso que se ventilará en juicio tiene en el banquillo de los acusados a Rubén Alberto Ulrich. de 58 años, quien permanece detenido en la cárcel de Las Flores, de esta capital, desde su detención en 2023.

Ulrich llegará al tribunal acusado por “homicidio transversal". Es decir, por haber sido cometido con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o se ha mantenido una relación de pareja. La víctima mortal fue el subinspector de policía, Franco López, de 40 años.

Las fiscales Fissore y Verney también le imputan a Ulrich “lesiones leves dolosas calificadas, mediando violencia de género”, en perjuicio de su esposa, que también es empleada policial.

El debate será presidido por el juez del Colegio de Jueces Penales de primera instancia de Rafaela, Nicolás Stegmayer, mientras que la acusación estará a cargo de las fiscales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Hemilce Fissore y Silvina Verney. Por su parte, la defensa del imputado será ejercida por los abogados Federico Scarinci y Claudio Torres del Sel.


Secretario de Justicia, Santiago Mascheroni


El secretario de Justicia provincial, Santiago Mascheroni, destacó que "se trata de un paso histórico en la provincia hacia un modelo de justicia más participativa".

Sostuvo que este sistema “permite que la sociedad juzgue a sus pares, lo cual democratiza la justicia y representa un verdadero cambio de paradigma”.

“La implementación del juicio por jurados es también un proceso de aprendizaje ciudadano. No confiamos en una supuesta infalibilidad, porque somos humanos, pero sí en la responsabilidad cívica de quienes participen”, remarcó Mascheroni.

Derechos garantizados

El proceso cuenta con mecanismos para garantizar los derechos de los jurados: la convocatoria es una carga pública, similar a la del sufragio, y contempla viáticos por traslados, resguardo laboral durante el juicio y una remuneración diaria cercana a medio jus, unidad que regula los honorarios judiciales.

Los juicios por jurado se implementarán gradualmente en las distintas circunscripciones judiciales de la provincia. Luego de Rafaela, seguirán las ciudades de Reconquista y Venado Tuerto, para avanzar posteriormente en Santa Fe y Rosario.

Con este nuevo esquema, “Santa Fe da un paso trascendental hacia una justicia más cercana, donde la ciudadanía asume un rol activo y comprometido en la resolución de los conflictos penales más graves. Un hecho inédito en la historia judicial provincial que marca el inicio de una etapa más participativa, transparente y democrática”, concluyó Mascheroni.

Leer más noticias aquí:

- La Nación (7/6/25): "Comenzará pasado mañana el primer juicio por jurados en Santa Fe" (ver)

- Santa Fe Provincia (7/06/25): "Día histórico: arranca el sistema de Juicio por Jurados en Santa Fe" (ver)

sábado, 23 de marzo de 2024

ARGENTINA: The province of Santa Fe gives the world its newest jury system



Santa Fe, the twelfth province to incorporate Jury Trials in Argentina.

Yesterday, Santa Fe joined the list of provinces implementing jury trials. Twelve provinces in Argentina now have juries, meaning half of the country.

With unanimous approval from the House of Representatives (which accepted changes from the Senate), the bill to try several serious felonies with citizen participation within the province became a law.

There were four previous attempts of the House of Representatives since 2018 to implement this bill, but they always stumbled in the conservative Senate. But after de the elections of 2023, the composition of the Senate changed dramatically and that paved the way for the definitive enactment of jury trials.


John Gastil, Andrés Harfuch
y Shari Diamond at the
Grey House

Throughout these years, many Argentine and American scholars went to Santa Fe to promote the benefits of trial by jury (Valerie Hans and Shari Diamond jury tour) (Shari Diamond and John Gastil in Santa Fe).

The news made a significant impact across the country, since Santa Fe was the only "major" province without juries. Buenos Aires, the City of Buenos Aires, Mendoza, and Córdoba (the only one with a vanishing mixed court) already implemented trial by jury.



The law is structurally brilliant, since it maintains the characteristics of the common law jury: 12 citizens with gender equality (6 men and 6 women), led by a professional judge who will instruct the jury on the law, a unanimous and final verdict, a voir dire hearing with four peremptories and only one new trial in case of a hung jury. 

It slightly departed from the rest of the bills in Argentina, because it adopted the so called "English Rule": after certain amount of time without reaching unanimity, the judge will accept verdicts of 10. Many observers agree that it is a matter of time to modify this very soon, since the projected federal bill mandates unanimous verdicts with no exception.

Jury trials will be gradually used for the following crimes, even in attempted cases: murder in the first degree, sexual abuse and robbery resulting in death, and murder cases involving police officers while off duty or on leave.


DOWNLOAD THE LAW HERE


The emblematic Paraninfo, where the
National Constitution was ratified in 1994.


Ariel Bermúdez (Creo Party), author of one of the projected bills, recalled initiatives from former representatives Leandro Busatto (PJ Party) or Gabriel Real (PDP Party) that were passed in the House but failed at the Senate.

Meanwhile, the message from the Executive Branch emphasizes another initiative originated during the administration of the socialist Miguel Lifschitz, and said "we share many of its considerations, which are an important part of the rationale behind this legal institution of jury trials".

"The need for a jury trial law not only fulfills the legislative mechanisms included in the Criminal Procedural Code but also allows for the highest degree of constitutional compliance in our criminal justice system. It enables mutual approach between civil society and the judicial system, facilitating a fruitful exchange of perspectives that involve the administration of justice with the diverse and plural social reality and community values" the message says.

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- El Litoral (21/03/2024): "Santa Fe, la undécima provincia en incorporar los juicios por jurados". Click aquí

- Cadena 3 (21/03/2024): "Santa Fe: la legislatura provincial convirtió en ley el juicio por jurados". Click aquí

- Aire Digital (21/03/2024): "Cambio histórico en la justicia y más participación ciudadana: es ley el juicio por jurados en Santa Fe". Click aquí

viernes, 22 de marzo de 2024

SANTA FE ES LA NUEVA PROVINCIA QUE SANCIONA LA LEY DE JUICIO POR JURADOS (Ley 14.253)

 



Santa Fe, la duodécima provincia en incorporar los Juicios por Jurados en Argentina

En el día de ayer, Santa Fe se sumó a la lista de provincias juradistas con modelo de jurado clásicoYa son doce las provincias del país con jurados. Es decir, la mitad de la Argentina. 

Con la aprobación unánime de la Cámara de Diputados (que aceptó los cambios del Senado), se convirtió en ley el proyecto para enjuiciar con participación ciudadana varios delitos graves en el ámbito de la provincia.

Hubo cuatro intentos anteriores desde el año 2018 para ponerlo en marcha, pero siempre tropezaron en el Senado. Al cambiar la composición del mismo tras las elecciones de 2023, el juicio por jurados vio allanada su definitiva promulgación.

La noticia tuvo gran trascendencia en el país, ya que Santa fe era la única provincia "grande" en no tener jurados. Buenos Aires, CABA, Mendoza y Córdoba ya lo tenían.



El modelo de jurado de Santa Fe será el juicio por jurados clásico: doce jurados con paridad de género dirigidos por un juez, con un voir dire, instrucciones de derecho, regla de unanimidad (y mayoría agravada de 10 votos si no se logran los doce votos), veredicto  inapelable en caso de absolución y un nuevo juicio más en caso de estancamiento.

El juicio por jurados se utilizará en los siguientes delitos aun en grado de tentativa: homicidios calificados, abusos sexuales seguidos de muerte, robo calificado por homicidio y el personal policial o penitenciario que hubiera actuado en situación de enfrentamiento, incluso encontrándose en retiro o franco de servicio.


CLICK AQUI PARA VER LA LEY


El emblemático Paraninfo donde se sancionó
la Constitución Nacional en 1994

Este jueves, Ariel Bermúdez (Creo) autor de un proyecto sobre la materia recordó iniciativas de los ex diputados Leandro Busatto (PJ) o Gabriel Real (PDP) aprobados en años anteriores.

En tanto, el mensaje del Poder Ejecutivo hace hincapié en otro originado en la gestión del socialista Miguel Lifschitz "del cual compartimos muchos de sus considerandos, los cuales son una pieza importante de la fundamentación de este instituto legal del Juicio por Jurados", señala.

"La necesidad de una ley de Juicios por Jurados no sólo cumplimenta con los resortes legislativos incluidos en el Código Procesal Penal, sino que permite el grado máximo de adecuación constitucional en nuestro sistema de enjuiciamiento penal. Permite el acercamiento recíproco de la sociedad civil al sistema judicial como el sistema judicial a la sociedad civil, logrando un fructífero intercambio de visiones que involucren la administración de justicia con la realidad social y los valores comunitarios diversos y plurales", señala el mensaje.

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jueves, 8 de febrero de 2024

SANTA FE LE DIO MEDIA SANCIÓN A LA LEY DE JUICIO POR JURADOS Y SE CONVERTIRÁ EN LEY EN EL SENADO EL 22 DE FEBRERO




La Cámara de Diputados aprobó -por cuarta vez en seis años- y giró en revisión al Senado la ley para establecer en la provincia el juicio por jurados que envió el Gobernador Maximiliano Pullaro. El juicio por jurados está en la en la Constitución Nacional desde 1853 y en la de Santa Fe. El Senado lo tratará en la próxima sesión del 22 de febrero. Santa Fe será así la 12ª provincia en en ponerlo en marcha.


Gobernador Maximiliano Pullaro 

El modelo de jurado de Santa Fe será el juicio por jurados clásico: doce jurados con paridad de género dirigidos por un juez, para todos los delitos graves, con un voir dire, instrucciones de derecho, veredicto unánime e  inapelable en caso de absolución y un nuevo juicio más en caso de estancamiento.

El juicio por jurados se utilizará en el caso de todos los delitos graves, aún en grado de tentativa, que hayan tenido como resultado la muerte, las torturas, vejaciones, apremios ilegales ejercidos por funcionarios públicos y los abusos sexuales agravados y lesiones graves.

ver video del diputado Bermúdez


El proyecto del Ejecutivo establece que el jurado está compuesto de seis hombres y seis mujeres de la comunidad, que rinden su veredicto unánime sobre la culpabilidad o no de los acusados en relación al hecho o los hechos y al delito o grado del mismo por el cual éste debe responder.

Fue aprobado en general por toda la Cámara, aunque en la votación en particular hubo abstenciones y votos en contra del artículo 83 por parte de las bancadas de de Juntos Avancemos (PJ) y del Frente Amplio por la Soberanía, con la excelente y precisa intervención los diputados Lucía De Ponti y Carlos del Frade

El motivo fue que, a pesar de los esfuerzos de INECIP; AAJJ y varios legisladores, el proyecto insistió con dos normas que ya quedaron ampliamente superadas desde 2016, año en el cual el ex gobernador Lifschitz edificara este proyecto: que el jurado pueda ser renunciable (aunque sujeto a grandes restricciones) y a que se acepten veredictos con diez votos en caso de no llegarse a la regla de unanimidad. Deberán ser corregidas en un futuro inmediato, pero igualmente es una gran noticia que la tercer provincia argentina en extensión y población tenga esta ley.


 

Ariel Bermúdez (Creo) y los socialistas Gisel Mahumd, Lionella Cattalini  y Rubén Galassi fueron los expositores en el recinto. Antes, en Labor Parlamentaria se acordó llevar al recinto el texto acordado sobre el mediodía en la Comisión de Asuntos Constitucionales.

"Es la cuarta vez que aprobamos esta institución" señaló Ariel "Facha" Bermúdez, uno de los principales impulsores de la ley quien destacó el trabajo en comisiones para buscar los puntos de entendimientos necesarios para sancionar la norma. “Para nosotros hoy es un día histórico porque los que defendemos el juicio por jurados, que hemos consultado a fuentes nacionales como el Inecip y a sus grandes juristas como Alberto Binder, Andrés Harfuch y Aldana Romano. 

"Felicitamos a cada diputado y diputada que han acompañado este proyecto para que esta vez podamos tener en la provincia de Santa Fe un juicio por jurado con un jurado popular”, subrayó el legislador de CREO.

Para Mahmud "es un paso adelante en la participación ciudadana. El juicio por jurados es una mirada progresista sobre el derecho"

Verónica Baro Graf (Frente Renovador) agradeció que a petición suya se le dio participación a la víctima y la posibilidad de que la querella pueda -con justa causa- refutar a alguno de los jurados. 

El tema lo cerró Galassi quien consideró que el instituto contribuye a acercar a la ciudadanía a uno de los poderes del Estado. "La participación enriquece a todas las instituciones; la justicia va a mejorar y los actores actuales del Poder Judicial deberán hacer una mejor tarea para demostrar a los ciudadanos lo que se está juzgando".

Leer noticias aquí:

- El Litoral (8/2/24): "La Cámara de Diputados de Santa Fe insiste con el Juicio por Jurados" (ver)

- El Ciudadano (8/2/24): "Legislatura: media sanción al juicio por jurados" (ver)

sábado, 27 de noviembre de 2021

SANTA FE CADA VEZ MÁS CERCA DE TENER JUICIO POR JURADOS: MEDIA SANCIÓN EN DIPUTADOS POR TERCERA VEZ

 

Legislatura Santafesina.

El juicio por jurados avanza a paso firme en todo el territorio argentino. En el último mes, dos provincias más - Catamarca y la Ciudad de Buenos Aires - se sumaron a la ola juradista y sancionaron sus leyes de juicio por jurados. Ahora es el turno de Santa Fe, en donde en el día de ayer se aprobó por unanimidad el proyecto de juicio por jurados presentado por el legislador Ariel Bermúdez. 

El proyecto que ya cuenta con media sanción en diputados introduce mejoras en el sistema judicial a través de la instauración del sistema de jurados, y esta previsto para juzgar delitos graves. Ahora, resta que el Senado de Santa Fe le dé tratamiento para su sanción definitiva. 

El diputado provincial y autor del proyecto Ariel Bermúdez afirmó que "la ley apunta a que se juzguen delitos graves que hayan tenido como resultado la muerte, las torturas, vejaciones, apremios ilegales ejercidos por funcionarios públicos y los abusos sexuales agravados". Además destacó al sistema de juicio por jurados como una respuesta institucional que atiende el reclamo de la ciudadanía de mayor seguridad. 


El diputado Ariel Bermúdez.

El proyecto prevé un jurado clásico conformado por 12 ciudadanos, los cuales serán elegidos anualmente por sorteo en base al padrón electoral. Además, deberá ser conformado por hombres y mujeres en partes iguales. En caso de ser aprobado por el Senado, Santa Fe se convertiría en la provincia número 14 en implementar el juicio por jurados.

Finalmente, Bermúdez agradeció al resto de legisladores que acompañaron la iniciativa y enfatizó que el proyecto "busca democratizar la justicia con participación ciudadana", por lo que espera que el Senado avance hacia su sanción definitiva. 


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Noticias Relacionadas: 

- Letra P (26/11/2021): "OK de diputados para el juicio por jurados en Santa Fe". (Ver aquí)

viernes, 12 de noviembre de 2021

SANTA FE: La ciudad de Rosario aprobó por unanimidad el Código de Convivencia con jurados contravencionales


La inmortal palomita de Aldo Poy cumple 50 años.
Hoy es concejal de Rosario y votó la ordenanza.

Otro hito fundamental en la Argentina. Hace unos días, la localidad de San Patricio del Chañar en Neuquén implementó el jurado contravencional. Pero Rosario es la primer gran urbe del país en hacerlo, tras aprobar el Código de Convivencia. Habrá jurado de 5 o 7 personas, gratuito, voluntario y conducido por un juez municipal para juzgar sobre la responsabilidad o no de la persona acusada de faltas graves que afecten a la convivencia ciudadana, que puedan ser generadoras de violencia o provoquen graves daños a la salud, al ambiente o a los servicios públicos.

Rosario es la ciudad de los Leprosos y los Canallas. Del Parque Independencia, el Che, el Negro Fontanarrosa, la OCAL y el Bar El Cairo. Tierra del mejor fútbol que tiene la Argentina. Rosario es la cuna de Messi, Bielsa, Zanabria, Oberti, Kempes, del Trinche Carlovich, el Flaco Menotti, del Negro Palma pero también del inolvidable Aldo Pedro Poy, uno de los máximos símbolos deportivos de la ciudad.

Aldo Poy es hoy concejal de Rosario desde 2015. Integra la coalición de gobierno del Frente Progresista por el PDP (Partido Demócrata Progesista)  y votó a favor de la ordenanza que regulará la convivencia de los rosarinos. Algo que nos emociona en la AAJJ como pueblo juradista y futbolero que fuimos, somos y que jamás dejaremos de ser. Sobre todo para quienes nos congelamos en la gloriosa década del '70, dominada incuestionablemente por los equipos de Rosario. ¡Cuánto fútbol, por Dios!


Kempes y Poy, inmortales ídolos canallas.
Qué estampa....

Oberti y Zanabria, eternos
en el alma leprosa

La trascendente iniciativa partió del Ejecutivo local, a cargo del Intendente Pablo Javkin y su espacio histórico de juradistas incondicionales como Ana Copes, el Facha Bermúdez y Fabrizio Fiatti (héroe silencioso de esta gesta rosarina).

DESCARGAR EL TEXTO DE LA ORDENANZA

(AQUÍ)



Nuestras amigas del INECIP publicaron lo siguiente y más no se puede agregar:

"Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (INECIP) celebramos la creación del juicio por jurados vecinal en el marco del nuevo Código de Convivencia del Municipio de Rosario.

En una provincia cuya legislatura aún continúa demorando la sanción del juicio por jurados penal a nivel provincial, la ciudad demuestra una vez más, su apuesta por la participación y su confianza en la ciudadanía al establecer que sean los vecinos y vecinas quienes decidan sobre los conflictos más graves que afectan a la convivencia.

La decisión de Rosario, ratifica la importancia que tiene la participación de la ciudadanía en la resolución de los conflictos y, especialmente, en la reconstrucción de las legitimidades y confianzas de las que hoy adolecen muchas de las instituciones democráticas. El jurado vecinal será un aporte central para construir mayor ciudadanía y para mejorar la calidad de la democracia.

Desde el INECIP, esperamos que la incorporación del jurado vecinal del Rosario junto con la sanción del primer Tribunal Municipal de Jurados de San Patricio del Chañar, impulsen al resto de los municipios del país a abrir las puertas de la administración de justicia municipal a la participación ciudadana".


El histórico momento de la votación


Poy celebra y nosotros también


19 de diciembre de 1971.
Poy vuela en palomita hacia la gloria

Marito Zanabria y su zurda mágica le dan el
título de 1974 a Newell´s ante Central


En la Mesa de los Galanes del Bar El Cairo
se hablará del jurado vecinal. Delirio.


lunes, 8 de noviembre de 2021

SANTA FE: El juez de la Corte Suprema de Justicia Daniel Erbetta le exige al Senado que sancione la ley de juicio por jurados

 

Juez Daniel Erbetta

Daniel Erbetta, juez de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y prestigioso catedrático, exigió la inmediata implementación del juicio por jurados. Especialmente le pidió al Senado provincial que se defina, ya que por dos veces en tres años se negó a tratar la media sanción de una extraordinaria ley votada en Diputados.

Aquí el texto completo de su columna de opinión.  

¿Jueces técnicos o jueces ciudadanos?

"Con un amplio consenso nuestra provincia inició hace años una profunda transformación tendiente a constitucionalizar y democratizar el sistema de justicia penal. Ello fue posible, en aquellos tiempos, en base a un acuerdo político e institucional que se manifestó en dos momentos históricos relevantes con gobiernos de distinto signo político.

Apuntamos a desterrar una justicia dominada por una recurrente delegación funcional (constitutiva de la más grave lesión a la independencia judicial interna como garantía del ciudadano), una lógica exageradamente formalista y burocrática que colocó al expediente escrito como actor central y fuente de la cultura del trámite. Una estructura judicial heredada de la colonia y organizada en base a juzgados que, además de confundir los roles propios de las partes y la jurisdicción, exhibió una total ausencia de políticas de persecución penal estratégicas. Los resultados cuali/cuantitativos de ese modelo no fueron peores gracias al esfuerzo de jueces, funcionarios, empleados y abogados.

Por ello, se derogó el modelo normativo de tradición inquisitiva y adoptamos un modelo acusatorio (exigido por la Constitución Nacional), en base a un sistema de audiencias públicas y orales para todos los actos procesales (con la presencia inexcusable del juez y las partes bajo sanción de nulidad), una nítida separación entre las funciones jurisdiccionales y las de gerenciamiento (los jueces integran un colegio y se dedican full time a trabajar de jueces, mientras la organización y gestión está en manos de profesionales no abogados que dirigen las oficinas de gestión judicial), la eliminación del expediente escrito, la organización de un Ministerio Público de la Acusación autónomo y estructurado verticalmente en base a los principios de unidad de actuación y de objetividad y un Ministerio Público de la Defensa autónomo y altamente profesionalizado.



Se inició así el camino para reivindicar el legado iluminista y comenzar a pagar una parte de la deuda constitucional que permitiera recuperar una justicia pública y transparente. Es que el Poder Judicial forma parte de la estructura de gobierno de la sociedad; por ello, sus decisiones (aunque también la de los otros poderes del estado, especialmente la legislatura) son actos políticos, actos de gobierno que, como tales, deben ser públicos, transparentes y racionales. Ello explica también que los problemas que antes quedaban bajo la alfombra ahora queden visibilizados.

A más de siete años de funcionamiento y a pesar de la magnitud de los cambios (no sólo normativos sino especialmente organizacionales y culturales), el balance resultó positivo tanto en términos cualitativos como cuantitativos. Obviamente no estuvo exento de problemas y asimetrías regionales que no pueden imputarse a cuenta de la reforma sino preponderantemente a múltiples prácticas distorsivas, tanto de los operadores del sistema como de los actores de la política. Esos problemas persisten y probablemente en estos tiempos se hayan potenciado.

Es que, lamentablemente, reformas posteriores han socavado la integridad normativa del modelo y, especialmente, limado la autonomía funcional y operativa de uno de sus principales actores políticos criminales encargado de diseñar una política estratégica de persecución penal  (el Ministerio de la Acusación), particularmente en una región donde la dinámica de la conflictividad penal está dominada por la proliferación de mercados ilícitos con niveles insoportables de violencia y eslabones sociales poco vulnerables que lucran desfachatadamente a partir de esos fenómenos criminales.

Precisamente por ello, se impone detener y revertir la contrarreforma derivada de un camino legislativo regresivo, que carece de diagnóstico y justificación y parece dominado por razones más latentes que manifiestas. Debemos recuperar la autonomía plena del Ministerio Público Fiscal y la Defensa, a la par de generar herramientas que garantice efectivamente la independencia de los jueces.



Pero, además y especialmente, resulta indispensable favorecer mecanismos de participación ciudadana en un poder que, por ahora, se encuentra monopolizado por profesionales de la abogacía. Y es allí donde aparece la deuda aún pendiente con el reiterado mandato constitucional que exige operativamente la instauración del juicio por jurados populares.

No me propongo ahora abundar sobre la dimensión democrática del jurado. Sí me permito afirmar que ya no quedan pretextos para ser cómplices del histórico incumplimiento con el mandato constitucional. Las antiguas especulaciones (en el sentido de “idea o pensamiento no fundamentado formado sin atender a una base real”) sobre su conveniencia o no, de genealogía inquisitiva, ya han sido rebatidas por las más conspicuas plumas del pensamiento ilustrado; su contemporánea repetición (que el pueblo carece de idoneidad, que no está preparado, que es permeable a la presión mediática, que no cree en el jurado, etc.), ha quedado totalmente descalificada en la actualidad no sólo por la práctica e investigaciones empíricas de los países juradistas sino, de modo superlativo, por la propia experiencia de las provincias argentinas que ya implementaron el juicio por jurados. 

Como si fuera poco, los cuestionamientos de orden estrictamente jurídicos vinculados a la motivación de la sentencia o al derecho al recurso han quedado en los registros del pasado ante la contundencia de la doctrina judicial del TEDH (caso Taxquet vs. Bélgica, 2010), de la CIDH (caso VPC y VRP vs. Nicaragua, 2018) y de la CSJN (caso Canales, 2019). Ya no quedan excusas, más si se repara en el escaso impacto presupuestario de tamaña inversión republicana y democrática.

El 26/07/2018 la Cámara de Diputados de la provincia dio media sanción a una ley de juicio por jurados populares producto de un profundo debate y un amplio consenso político. Un proyecto que garantiza los mejores estándares del jurado clásico y que ha sido reconocido por los expertos por su calidad técnica e institucional. Lamentablemente, el proyecto no fue tratado por la Cámara de Senadores y perdió estado parlamentario. El 7 de noviembre de 2019 la Cámara de Diputados nuevamente dio media sanción por unanimidad a dicho proyecto. Una vez más, el tratamiento y debate fue eludido en Senadores y una vez más el proyecto perdió estado parlamentario.

El Senado de la provincia debe exteriorizar si tiene voluntad política de habilitar la participación de los ciudadanos en la justicia o si lisa y llanamente se opone a ello. El debate hace a la democracia, pero tamaña iniciativa institucional merece cuanto menos una discusión que permita conocer razones o cuestionamientos.

Es imprescindible asumir esa deuda pendiente para garantizar la natural participación del pueblo en ese trascendente acto de gobierno que es el ejercicio del poder punitivo, asegurar el principio de igualdad republicana, consolidar el sentido de la responsabilidad ciudadana, desmitificar el derecho y, especialmente, contar con un instrumento superlativo para neutralizar la amenaza de distorsión y burocratización del modelo acusatorio propio del Estado Constitucional de Derecho. No hay razones manifiestas para eludir ese debate.

Leer noticias aquí:

- Red Boing (4/11/21): "¿Jueces técnicos o jueces ciudadanos?" (ver)

jueves, 7 de noviembre de 2019

SANTA FE: Diputados dio media sanción DE NUEVO al juicio por jurados. SENADO DE SANTA FE #LEY DE JURADOS YA

La Cámara de Diputados de Santa Fe volvió a darle media sanción por unanimidad a la Ley de Juicio por Jurados.

El Senado de Santa Fe tiene ahora la palabra. No hay más excusas. Argentina espera que esta vez los senadores estén a la altura, ya que los ojos de todo el país estarán puestos sobre ellos.


SENADO DE SANTA FE
#LEY DE JURADOS YA

Hagamos una breve historia de este despropósito. El 26 de julio de 2018 la Cámara de Diputados de Santa Fé ya había dado media sanción a un proyecto de ley de juicio por jurados ejemplar que impactó en todo el país. 

Diputados dando media sanción al jurado
por segunda vez

En aquella oportunidad, el proyecto enviado por el Gobernador Lifschitz y su ministro de justicia Silberstein fue intensamente debatido y mejorado con aportes de todos los bloques legislativos. Al llegar al recinto, la ley fue aprobada por una abrumadora mayoría parlamentaria, casi cercana a la unanimidad (40 votos contra 7 del Pro).

La ley de jurados tuvo media sanción y el Senado transmitió a la prensa una visión positiva respecto de la iniciativa augurando una pronta aprobación

Sin embargo, de manera insólita, el tiempo transcurrió, el Senado no lo trató jamás y le hicieron perder estado parlamentario. A pesar de que en el mismo tiempo, la CSJN dictaba el fallo Canales, dándole al juicio por jurados el espaldarazo definitivo.




Esa insólita situación generó masivas críticas desde sectores académicos, judiciales, universitarios y políticos (ver la "Carta abierta a los Senadores de Santa Fé...") La repercusión pública y mediática fue enorme y continúa hasta el día de hoy. Es que era evidente. No era cualquier ley, sino la ley de juicio por jurados de la Constitución.

En otra jornada que quedará en la Historia de los sistemas judiciales, la Cámara de Diputados reaccionó con velocidad y le dio nuevamente media sanción a aquella ley, votándola sobre tablas, pero ahora aprobándola por unanimidad. Aplausos de pie para una digna Cámara de Diputados, que honra su función institucional.

El Senado de Santa Fe tiene la responsabilidad histórica de adecuar de una vez por todas el sistema judicial santafesino al diseño ordenado por la Constitución Nacional.




Leer noticias aquí:

-El Litoral (8/11/19): "Nuevo intento de Diputados por los juicios por jurados" (ver)

- La Capital (7/11/19): "Respaldo y reclamo para que se hagan juicios por jurado en Santa Fe" (ver)



domingo, 20 de octubre de 2019

CARTA ABIERTA A LOS SENADORES DE SANTA FE: #LEY DE JURADOS YA

Los firmantes de la Carta a los senadores de Santa Fe

El 26 de julio de 2018, la Cámara de Diputados de Santa Fe le dio media sanción a una ley de juicio por jurados de extraordinaria factura. La ley, inicialmente, fue enviada a la Legislatura por el Gobernador Lifschitz y su ministro de justicia Silberstein. Fue intensamente debatida y modificada con aportes de todos los bloques legislativos de diputados. Al llegar al recinto fue aprobada por una abrumadora mayoría parlamentaria: socialistas, radicales, peronistas, la izquierda, demócrata progresistas, independientes y la Coalición Cívica votaron a favor. Sólo siete diputados del Pro votaron en contra, aunque sin dar mayores explicaciones ni argumentos durante el debate.

El Senado santafesino hizo saber a la prensa que veían con muy buenos ojos la iniciativa (varios senadores de todos los bloques tenían proyectos presentados) y auguraban una pronta aprobación (EL SENADO DE SANTA FE DISPUESTO A DAR VÍA LIBRE AL JUICIO POR JURADOS).

Sin embargo, el tiempo pasó y nada sucedió. La ley de jurados de Santa Fe duerme el sueño de los justos desde hace un año y medio en algún anaquel del Senado, sin siquiera advertirse bien por qué. No se encuentran razones que expliquen este escenario ante un Senado provincial con varios proyectos presentados, un gobierno en ejercicio que apoyó fuertemente el debate remitiendo el proyecto de ley y un nuevo gobierno electo del justicialismo, cuyos diputados acompañaron muy firmemente todo el debate en la cámara baja.




Durante el tiempo transcurrido, el juicio por jurados en la Argentina tuvo un avance arrollador e imparable: Mendoza y San Juan sancionaron su ley. La provincia vecina de Entre Ríos. en el transcurso de sólo tres meses, envió el proyecto y dio media sanción a su ley. El 5 de noviembre será aprobada de manera definitiva en Diputados. Mendoza ya realizó once juicios con todo éxito. Chaco comienza el primer juicio el mes que viene. El gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, envió en septiembre la ley al Senado. Buenos Aires ya llegó a los 350 juicios.

Y, por si fuera poco, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el leading case "Canales" (2019), donde declaró la constitucionalidad de todas las notas esenciales de la ley de Santa Fe. 

Si hasta el 30 de noviembre no es votada en Senadores, la media sanción caerá. Ello sería una ignominia institucional para una provincia que ha sido la cuna de nuestra Constitución, que posee un sistema acusatorio de primer nivel, que es tierra de grandes juristas y de dos célebres Universidades, que ha producido una de las escuelas penales y procesales más respetadas de la Nación y que tiene a dos jueces santafecinos en la CSJN.

Santa Fe no puede perder esta oportunidad histórica de avanzar finalmente en la implementación del juicio por jurados. Santa Fe tiene la posibilidad, una vez más como tantas otras veces lo ha hecho, de mostrar al país que es posible proyectar políticas de Estado más allá de qué partido político gobierne.

Por todos estos motivos diversas personalidades académicas, universitarias y políticas muy destacadas del país y de la provincia presentaron ante el Senado una carta solicitando expresamente que se sancione la ley de jurados para Santa Fe que prevé nuestra Constitución Nacional.

La firman Alberto Binder y Alfredo Pérez Galimberti (INECIP), Héctor Granillo Fernández y Andrés Harfuch (AAJJ), Ariel Ariza (presidente de la FAM), el Fiscal General Jorge Baclini, la Defensora General Jaquelina Balangione, Franco Bartolacci (Rector de la UNR), Javier F. Aga (Rector de la UNL), Hernán Botta (Decano de la Facultad de Derecho de la UNR) y Daniel Erbetta (Director del departamento de derecho penal y criminología de la UNR).

Texto de la Carta aquí:

"Las organizaciones e instituciones debajo firmantes creemos en la necesidad de terminar  de consolidar la reforma  procesal  penal  tan trascendente que todos los actores políticos e institucionales de la provincia de Santa Fe han llevado adelante mediante la modificación del sistema de investigación y enjuiciamiento. Para ello resulta imprescindible poder saldar finalmente la deuda pendiente de la instauración del juicio por jurados.

Esto no sólo permitiría adecuar el sistema santafecino a la Constitución Nacional sino que, además, se convertiría en un instrumento importantísimo para neutralizar cualquier deformación operativa del funcionamiento del sistema acusatorio-adversarial.

La experiencia acerca de la implementación del Juicio por Jurados ha sido recogida con éxito en varias provincias argentinas, como ha sucedido en la provincia de Mendoza y Chaco, quienes han sancionado sus leyes de jurados y se encuentran en pleno proceso de implementación del nuevo sistema, y también por las provincias de Entre Ríos y Salta, donde la legislaturas se encuentran en plena discusión de los proyectos de ley enviados por los gobernadores. También ha recibido el aval contundente no sólo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sino, también, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Suprema Corte de la provincia de Santa Fe.

El proyecto remitido por el Poder Ejecutivo de la provincia que cuenta ya con media sanción de la Cámara de Diputados de Santa Fe es un proyecto de alta calidad institucional, producto de un debate y consenso entre los distintos actores, que garantiza los estándares principales del jurado clásico.

Consideramos que la provincia de Santa Fe se encuentra ante una oportunidad histórica en este momento de transición. Santa Fe es una provincia que siempre se ha caracterizado por su calidad institucional y por la articulación que ha existido permanentemente entre los distintos poderes, actores políticos y partidarios e instituciones. Esperamos que una vez más de muestra de ello, y convierta finalmente en ley el juicio por jurados".