AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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sábado, 16 de septiembre de 2017

LA CASACIÓN DE BUENOS AIRES CONFIRMÓ LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA QUE LE IMPIDE AL PARTICULAR DAMNIFICADO RECURRIR EL VEREDICTO DE NO CULPABILIDAD DEL JURADO


En otro fallo memorable, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el planteo en queja de un particular damnificado que exigió se declarara inconstitucional al artículo de la ley de jurados de Buenos Aires que prohíbe el recurso del acusador -público o privado- contra el veredicto de no culpabilidad del jurado.

El extraordinario voto líder que rechazó la queja fue del juez Jorge Celesia, acompañado por el juez Martín Ordoqui. El fallo Bray-Paredes es un precedente sin par por su solidez y su vuelo jurídico. Está destinado, a no dudarlo, a hacer historia en la jurisprudencia argentina sobre el juicio por jurados, el respeto a la regla convencional del doble conforme y a determinar con exacta precisión cuáles son los derechos convencionales de la víctima.

jueves, 15 de junio de 2017

Dos nuevos fallos de la Casación bonaerense: Los límites entre la revisión de los hechos y la ausencia de motivación del veredicto del jurado

Jueces Celesia, Ordoqui, Natiello y Kohan
Dos salas distintas del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires han dictado esta semana sendos fallos muy importantes, que no hacen sino reafirmar el rol clave que, para la consolidación del juicio por jurados, poseen los fallos de sus jueces revisores. Por su indiscutible influencia sobre la judicatura penal, es destacable observar, fallo tras fallo, la cabal comprensión de los jueces de la Casación acerca de la diferente metodología que debe emplearse para revisar una sentencia escrita de jueces técnicos y los veredictos inmotivados de los jurados. Lo hemos dicho muchas veces: el éxito del sistema de jurados depende de la coherencia de los ciudadanos que juzgan, de la confianza del Pueblo en sus veredictos, del desempeño de los jueces y abogados del juicio y de los fallos de sus Cortes de Revisión. La Casación bonaerense viene produciendo una jurisprudencia en materia de juicios por jurados que nada tiene que envidiarle a sus pares del common law.

En esta oportunidad, dos nuevos fallos profundizan esa sólida y coherente jurisprudencia: el fallo "Ramírez" de los jueces Jorge Celesia y Martín Ordoqui (Sala V) y el fallo "Monzón" de los jueces Mario Kohan y Carlos Natiello (Sala IV).

Ambos fallos demuestran que el modelo de jurados de tipo clásico que juzga con íntima convicción es perfectamente compatible con la garantía del doble conforme y la revisión de los hechos.