AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
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domingo, 26 de febrero de 2023

AZUL: El estanciero Néstor Hirtz, culpable de homicidio con dolo eventual. Mató a un chico en broma.

Néstor Hirtz, culpable

Néstor Féliz Hirtz, el estanciero que el 5 de julio de 2020 mató en su casa de Tapalqué de un disparo con un revólver de grueso calibre a Tomás Echegaray durante lo que -según dijo- intentó ser una broma, fue declarado "culpable" de un homicidio con "dolo eventual" por el jurado que intervino en el debate desarrollado en los tribunales de Azul por este luctuoso suceso.

“Me mandé la cagada. Le quise hacer una joda y le pegué el tiro”, les dijo a los policías de la Bonaerense que llegaron poco después.



Tras poco más de una hora de deliberación, los doce ciudadanos que formaron parte de ese jurado dieron a conocer la decisión a la que habían llegado, contando para eso con diez votos afirmativos que sirvieron para encuadrar a lo ocurrido entre el estanciero y su víctima bajo la referida figura penal.

Inmediatamente de conocido lo resuelto, los familiares de la víctima -entre abrazos y lágrimas- protagonizaron escenas conmovedoras en esa sala donde se desarrolló este proceso, ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia local.

En ese entonces, y tal como instantes después lo expresaran en diálogo con los medios en las afueras del edificio central de los tribunales de Azul, sintieron que esa justicia que reclamaban por lo sucedido finalmente se hizo realidad.

En ese contexto, agradecieron a los fiscales que intervinieron en este juicio: Marcelo Fernández -que también tuvo a su cargo instruir el sumario penal por el homicidio del joven tapalquense- y Laura Margaretic.

Instantes después a conocido el veredicto, en el veredón de los tribunales los familiares y allegados de la víctima de este homicidio aplaudieron, abrazaron y reconocieron por su labor a la fiscal Margaretic.




Era de River, pero jugaba en Boca de Azul

Alegatos y veredicto

En la previa a que todo eso pasara, durante la mañana de hoy viernes las partes dieron a conocer sus alegatos. Y a través de los mismos, desde la Acusación se pidió que lo sucedido con Tomás Echegaray fuera considerado como un "homicidio agravado por el uso de armas". En este caso en particular -además- existiendo en lo ocurrido esa figura de "dolo eventual" que se pretendía y a la que los jurados dieron lugar.

El alegato conjunto de los abogados del estanciero, en tanto, apuntaba a un cambio de calificación a escala penal de lo que había pasado cuando Hirtz le disparó a Echegaray en lo que, según el propio encausado declarara, intentó ser una broma.

Por tal motivo, aunque sin lograr que el jurado acompañara esa hipótesis, Ricardo Boucherie y Juan Carlos Scirica habían pedido que su cliente fuera declarado autor de un "homicidio culposo". En otras palabras, en el responsable a título penal de la comisión de un hecho fortuito y accidental que le había provocado la muerte al joven de 26 años aquella madrugada del 5 de julio de 2020 en que a Hirtz se le "escapó" el disparo.

Ese día, acompañado por un amigo, en su auto Tomás llegó a la casa del encausado para reunirse con uno de sus hijos.

En esas circunstancias, el estanciero lo esperó empuñando en una de sus manos el revólver con el que lo mató de un balazo -del tipo "Magnum" y calibre 44- y, en la otra, sosteniendo un rociador con alcohol con el que, en plena etapa de pandemia por el coronavirus, pretendía empaparlo al mismo tiempo que le apuntaba con ese arma de fuego de alto poder de vulnerabilidad.

De ese revólver -al igual que de varias armas de fuego más, teniendo en cuenta que las coleccionaba y que también las usaba para la caza mayor- Hirtz era el propietario.

Pero lo que pretendió ser una broma -tal como el encausado afirmara cuando declaró en el debate y lo hiciera también durante la instrucción de esta causa- derivó en esa absurda muerte por la que ahora el estanciero es considerado el autor de un homicidio "con dolo eventual".

Esa figura fue aplicada por el jurado popular -y lo habían hecho también jueces que a lo largo de la tramitación de este sumario fueron interviniendo durante la sustanciación del mismo- a la conducta desarrollada por el hombre oriundo de La Pampa que este año cumplirá setenta años de edad.



Aquel 5 de julio de 2020 en que le disparó a Tomás Echegaray y lo mató -de un balazo que perforó de lado a lado la región abdominal y en ese recorrido interesó órganos vitales- Néstor Félix Hirtz, habituado al manejo de armas de fuego, sabía del resultado y del daño que podía provocarle a la víctima al apuntarlo con un revólver de alto poder de vulnerabilidad que, encima, estaba cargado. Y ese accionar, llevado a cabo en el contexto de esa macabra broma que ideara y por la cual tenía el arma de fuego en su mano derecha y un rociador con alcohol en la izquierda, lo continuó desarrollando a sabiendas de lo que podía pasar y pasó.

Algo que, según se sostiene, el autor de una situación como la descripta acepta y ve como posible que suceda; pero que a pesar de ello no hace nada para evitarlo.

La mamá de Tomás

A la espera de la pena

Este miércoles próximo se conocerá, sobre la base de la calificación penal otorgada a este hecho por el jurado, qué pena le será dictada a Néstor Félix Hirtz por el homicidio de Tomás Echegaray.

Le tocará a la jueza Alejandra Raverta pronunciarse al respecto, contado para eso con los pedidos que también hoy viernes -en la audiencia de cesura de este debate- hicieron las partes.

Considerando diferentes agravantes, entre ellas las características del hecho y la corta edad de la víctima, desde la Acusación se pidió para el estanciero -que sigue preso en la Unidad 7 de Azul- una pena de quince años de prisión.

Los abogados de Hirtz, teniendo en cuenta sólo circunstancias atenuantes que valoraron para su cliente, solicitaron que la sanción a imponer por ese homicidio del que fue declarado autor sea la mínima que contempla el delito por el que lo declararon "culpable". Una pena de poco más de diez años de prisión.

Leer noticias aquí:

- Clarín (7/7/20): "El crimen que conmociona a Tapalqué: "Se equivocó y en vez de gatillar el rociador de alcohol, gatilló el arma" (ver)

- El Tiempo (22/02/23): "Néstor Hirtz, culpable de un homicidio con "dolo eventual" (ver)

jueves, 16 de febrero de 2023

CHUBUT: Declararon culpable de homicidio a Curiqueo en el primer juicio por jurados

El jurado de Gaiman se retira a deliberar para su veredicto

Hoy es un gran día para la democracia en Chubut, en la Argentina y en Latinoamérica. En una jornada cívica cargada de emoción y de anhelos atesorados por largo tiempo, terminó con todo éxito el primer juicio por jurados en tierra chubutense del siglo XXI. 

Chubut fue la única y primer provincia de la Argentina que realizó más de 40 juicios por jurados penales y civiles gracias a los colonos venidos del país de Gales en 1865. Un orgullo y un sitial que nadie le quitará a esta hermosa provincia patagónica.

Durante el siglo XX, el proceso inquisitivo escrito apagó la única llama que había en el país de juicio oral, público y por jurados acorde la Constitución de 1853. Pero eso se terminó hoy para siempre en el Chubut. Ya no habrá marcha atrás. Después de tantos años de lucha y frustraciones, se hizo realidad el sueño de de los Constituyentes de que fuera el Pueblo como jurado quien decidiera los crímenes.

El giro del destino quiso que el círculo se cerrara en el mismo lugar donde comenzó el jurado en la Argentina. porque este primer juicio de la nueva era se celebró en Gaiman, cuna de la inmigración galesa.


El defensor General Daroca, el Intendente James
y los jueces del STJ Banfi y Vivas


Hubo un emocionado homenaje del intendente Darío James ante semejante evento, con entrega de plaquetas.

El juicio y el veredicto generaron una gran repercusión pública en toda la provincia y en la prensa nacional.

La AAJJ rinde un sentido homenaje a las personas que lucharon por décadas en Chubut para que esto hoy fuera realidad: José Raúl Heredia, Alfredo Pérez Galimberti, Alberto Binder, Rodrigo Freire, Jorge Benesperi y tantos más.


Binder, Pérez Galimberti  y Heredia

 

EL JUICIO

A sala llena con la presencia del Procurador Miquelarena


Con un veredicto unánime de culpabilidad en contra del acusado Alejandro Aaron Romero Curiqueo como autor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego se clausuró este jueves en Gaiman el primer juicio por jurados realizado en el marco de la Ley XV N° 30.

Pasadas las 18:40 de la tarde el jurado popular integrado por seis mujeres y seis hombres culminó la deliberación y avisó que habían llegado a una decisión. Vestido con rigurosa toga negra y martillo, el juez Gustavo Castro -de impecable desempeño- ordenó que el presidente del jurado lo leyera en corte abierta y con el imputado de pie.

El asesinato ocurrió el 17 de febrero de 2022 en la zona noreste de Trelew.

La acusación estuvo a cargo de los fiscales Griselda Encinas y Lucas Koltsch. Su alegato de apertura fue para destacar. En tanto, la defensa particular del imputado la ejercieron por los abogados particulares Gladys Olavarría y Fabián Gabalachis, también de sólida actuación. Todos ellos, el juez y las partes, tuvieron el honor de ser los primeros en inaugurar el juicio por jurados de esta era en Chubut. 

Antes de cerrarse la etapa de prueba, Curiqueo decidió hablar ante el jurado popular, el juez y las partes. Dio así su versión de los hechos ocurridos esa noche en proximidades de la intersección de las calles Abraham Matthews y Cacique Nahuelpan Norte, en el barrio 8 de diciembre.

Tras escuchar al imputado, el jurado se retiró del recinto con el objetivo que el juez, la fiscalía y la defensa discutieran los términos de las instrucciones que el magistrado daría a los integrantes del jurado con posterioridad a los alegatos de partes.

Alegato e instrucciones

Fiscalía y la Defensa (junto a Curiqueo)


El fiscal Lucas Koltsch tuvo a su cargo el alegato de clausura por parte del Ministerio Público Fiscal y en su alocución ante el jurado hizo especial hincapié en el hecho de las pruebas que vio el jurado a lo largo del juicio dieron cuenta de la imposibilidad de Juan Martín Montesinos de dar su versión de lo ocurrido, ya es que la víctima mortal del hecho. También señaló que el acusado claramente se bajó de su auto armada y las consecuencias que esto tuvo en los acontecimientos posteriores.

A su turno, el Dr. Fabián Gabalachis, expuso por la defensa técnica y expuso ante los integrantes del jurado popular que Alejandro Aaron Romero Montesinos no tuvo ni la voluntad ni la determinación de matar a “Pelado” Montesinos, sino que reaccionó ante la agresión y “la ira” de quien resultó víctima del hecho, en lo que sería un caso de legítima defensa o, de manera alternativa, exceso en la legítima defensa.

Ambas partes destacaron la conducta y la valentía del jurado en asumir este nuevo rol que la ley impone a los ciudadanos comunes en el juzgamiento de los delitos más gravosos dentro de la escala penal.

Tras escuchar a las partes, el Juez Penal Gustavo Castro brindó instrucciones al jurado respecto a como conducirse durante la deliberación, en aspectos que fueron desde la responsabilidad del jurado, la valoración de la prueba o la aplicación de la ley en el delito a juzgar, entre otros.


EL VEREDICTO


LA ORGANIZACIÓN DEL DEBATE

Párrafo aparte merece la magnífica organización de este juicio por jurados. Pocas veces se ha visto tanto profesionalismo y empeño por parte del Poder Judicial. La Oficina Judicial a cargo de Patricia García hizo que este juicio se desarrollase sin nada que envidiarle a cualquier juicio del common law

Ello no hubiera sido posible sin el liderazgo y la visión del Superior Tribunal de Justicia. Desde mayo 2022, el STJ puso en marcha la comisión de implementación de la ley XV numero 30 integrada por los jueces Camila Banfi y Daniel Báez, con el acompañamiento del juez presidente Mario Vivas. El MPF también realizó varios cursos previos de capacitación a sus fiscales.



La Oficina de Jurados en pleno

Leer noticias aquí:

- Jus Noticias (14/02/23): "Juicio por Jurados: El Poder Judicial entregó reconocimiento en Gaiman" (ver)

- El Chubut (16/02/23): "Juicio por Jurados: declararon culpable al imputado por homicidio" (ver)

- Crónica (16/02/23): "Declararon culpable al acusado en el primer Juicio por Jurados de Chubut" (ver)

miércoles, 16 de noviembre de 2022

CHACO: Culpables para los matadores de Danilo Nikisch

 


Jonathan Jara y Damián Trangoni fueron declarados culpables de manera unánime por un jurado popular como coautores del homicidio agravado por uso de arma de fuego de Danilo Nikisch ocurrido el pasado 23 de agosto de 2020 en Resistencia.

El juicio comenzó el lunes y estuvo a cargo de la experimentada jueza Cristina Pisarello. El fiscal fue Jorge Gómez; el abogado querellante Juan Mario Fernández y los defensores Carlos Fornasari (Trangoni) y Marcos Fabro (Jara).

Según explicó la querella sobre lo qué sucedió el día de los hechos, Danilo estaba esperando el colectivo para ir a visitar a su hijo pequeño cuando percibe a los agresores, hoy acusados. "Sabiendo que iba a ser a agredido huye del lugar, pero fue interceptado. Ahí es cuando Trangoni lo alcanza y comienza a disparar con un arma provista por Jara", explicó el abogado querellante Juan Mario Fernández.



Pero esto no comenzó aquí. Danilo ya sabían que iban a por él. Se la tenían jurada de antes y zafó por milagro.

El ASPO había ensanchado el distanciamiento con su niño de 8 años y estaba feliz porque iban a reencontrarse.

El joven de Villa Odorico no tuvo chances como en las anteriores ocasiones en que pudo escapar de sus asesinos. Tal es así que consta en la causa un registro fílmico donde se ve cómo días anteriores, los mismos imputados quisieron matarlo con un machete, pero Danilo logró refugiarse.


La jueza Pisarello

El sábado 22 de agosto por la noche, Danilo pasó por la casa de un vecino chapista que vive en calle 3, en Gerardo Varela y avenida Lavalle.

Aparentemente los dos estarían alcoholizados y cruzaron insultos. De ahí comienza el camino de las agresiones y ataque mortal. Pero es evidente que debió haber algo más para semejante final. ¿Ajuste de cuentas? ¿Un vuelto por algo? No se supo.

Los que estaban con el chapista tomando alcohol agredieron a Danilo, entre ellos Jonathan Jara. Por lo que el joven regresa al taller y aparentemente con una piedra rompe un vidrio de un auto que estaba afuera.

Tras ese incidente, un grupo salió a buscarlo en un auto, por lo que Danilo se ocultó en una gomería de avenida Lavalle y calle 1: según la empleada, el muchacho llegó para pedirle esconderse porque lo estaban siguiendo para pegarle. Había sido perseguido en un Corsa gris y ya sabía que lo querían matar.

La empleada no dudó en dejarlo pasar porque lo conocía, al igual que el barrio. Luego, una vez que se aseguró que sus agresores no estaban, Nikisch se dirigió a la casa y durmió hasta tarde: ya domingo llamó a su madre por teléfono para contarle que iría a visitar a su hijo y la puso al tanto del altercado que había tenido en la noche del sábado.

El ataque a Danilo se produjo en Lavalle al 900, cerca de una importante cadena comercial. Lo siguieron y su asesino le disparó cinco veces: un revólver calibre. 22 empleó Trangoni.

El arma no pudo ser hallada.  Pero el jurado los condenó a los dos como coautores tras tres horas de deliberación.




Leer noticias aquí:

- Diario Norte (14/11/22): "Inicia el juicio por jurados por el crimen de Danilo Nikisch" (ver)

- Chaco por Día (16/11/22): "Crimen Danilo Nikisch: los dos imputados fueron declarados culpables de homicidio agravado" (ver)

miércoles, 31 de agosto de 2022

ENTRE RIOS: Mató a su vecino de tres balazos porque le robó una planta de marihuana.

Robó y huyó con la frondosa planta

Finalizó otro juicio por jurados en la ciudad de Gualeguaychú, en el que 12 ciudadanos decidieron por unanimidad que Nelson Torres es culpable del asesinato de Fabricio Arrúa con un arma de fuego.
 

LOS HECHOS Y EL MOTIVO 

Todo se originó por el robo de un cogollo de cannabis. En la madrugada del 9 de agosto del 2021 Fabricio Arrúa le robó una planta de marihuana a Torres. Una locura. Éste se dio cuenta, lo persiguió y ejecutó de tres disparos a Fabricio Arrúa, con un arma calibre 32 mm, a 500 metros de su casa. El primer disparo impactó en la mejilla izquierda, y los otros dos restantes en el abdomen. 

Un vecino, al escuchar los disparos, avisó al 911, quien arribó al lugar y trasladó a la víctima al Hospital Centenario, aunque ya no pudieron salvarle la vida. Horas después, la policía encontró el arma homicida en la casa del acusado Torres. 

Previo a este hecho, que terminó de la peor manera, acusado y víctima mantenían una disputa por venta y consumo de drogas en el asentamiento del Barrio Los Espinillos. 


EL JUICIO

Juez Arturo Exequiel Dumón

El juicio comenzó el día martes 23 en el Salón de la Caja Municipal de Jubilaciones, con la audiencia de selección de jurados o voir dire, donde fueron elegidos los jurados titulares y suplentes en igualdad de género. Durante los dos primeros dias los jurados escucharon todos los testigos propuestos por las partes. 

Posteriormente, en la tercer jornada de juicio, se llevó a cabo una reconstrucción del hecho, para dar pie a los alegatos del fiscal Guerrero, luego los de la querella representada por los abogados Martín Brittos y Rubén Virué, y finalmente los de la defensa, a cargo de José María Morrison. 

Todo el proceso fue dirigido por el juez técnico, Arturo Dumón, quien al finalizar los alegatos, y luego de discutir con las partes las distintas opciones, instruyó al jurado sobre todos los delitos: Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, conforme la acusación del fiscal y la querella, y homicidio en legítima defensa, por pedido de la defensa. El juez, como corresponde, incluyó el delito menor incluido: Homicidio con exceso en la legítima defensa, y la opción no culpable. 

Luego de varias horas de deliberación, el jurado popular emitió su veredicto: culpable por unanimidad del delito de Homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La audiencia de cesura, será el 5 de septiembre, donde el juez dará a conocer la pena a la que enfrenta el acusado Torres. Hasta tanto, el juez decidió a pedido de la fiscalía, prorrogar su prisión preventiva. 

Momentos después de la lectura del veredicto



Leer noticias aquí:

-Radui Nacional "Condenaron a Nelson Torres por el asesinato de Fabricio Arrúa" (Ver)

-Diaro R820 29/08/2022 "Reconstruyeron como fue el crimen de Fabricio Arrúa y se aguarda el veredicto" (ver)

-Diario Elentrerios 24/08/2022 "Empiezan a Juzgar a Rolando Torres, acusado de matar de 3 disparos a Fabricio Arrúa" (Ver)

-Diario Elentrerios 22/08/2022 "Seleccionarán a las 12 personas que tendrán que juzgar el homicidio agravado de Fabricio Arrúa" (Ver)

-Diario Portal Sauce de Luna 10/08/2021 "El robo de una planta de marihuana habría originado el brutal cimen en Gualeguaychú" (Ver)

- Diario Junio "Juicio por jurado: Mató a un chico de tres balazos porque le había robado una planta" (Ver)

-Diario Elentrerios 9/08/2021 "Crimen de Gualeguaychú: El detenido habría confesado ser autor de los disparos" (Ver)

- Diario Elentrerios 11/08/2021 "Sorpresas y revelaciones tras la autopsia al joven asesinado en Gualeguaychú" (Ver)

sábado, 11 de diciembre de 2021

BAHÍA BLANCA: El jurado popular declaró culpable al acusado de asesinar a un hincha de Olimpo

 

Los padres de Emanuel Castillo, el hincha de Olimpo
asesinado por la barra de Villa Mitre.

Un jurado compuesto por 12 ciudadanos de la ciudad bonaerense de Bahía Blanca declaró culpable a Lucas Schwaner por el homicidio de Emanuel Castillo. El veredicto rendido por el jurado que determinó la culpabilidad de Schwaner fue unánime. El juicio se llevó a cabo en una de la Salas de Audiencias del Palacio de Tribunales de dicha ciudad. Tuvo fuerte repercusión en todo el país por tratarse de una condena por jurado en un crimen por barras bravas, mal endémico del fútbol argentino. 


Olimpo y Villa Mitre, el clásico que divide a Bahía Blanca

LOS HECHOS

El día 9 de febrero del 2020 Bahía Blanca estaba paralizada. Ese día se jugaba el clásico bahiense de Olimpo vs. Villa Mitre por el torneo Federal A. Es difícil encontrar un clásico que despierte tanta rivalidad, pasión y locura en el fútbol argentino. Ganó Villa Mitre 2-0.

Cerca de las 20: 00 hs. se cruzaron hinchas de ambos bandos e inmediatamente sucedió la tragedia: según pudo probar la fiscalía, Schwaner tomó su arma y comenzó a disparar hacia el grupo de hinchas de Olimpo con intención de causarles la muerte. Uno de esos disparos fue el que impactó en Castillo en la zona supraclavicular derecha, provocándole la muerte.


Castillo, tendido muerto en la calle.

TEORÍAS DEL CASO

La fiscalía estuvo en cabeza del fiscal de homicidio Jorge Viego, quien acusó a Schwaner por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y. por haberse cometido en ocasión de un espectáculo deportivo. Entendió que el acusado tuvo la intención de cometer el homicidio y debió haberse representado el resultado. 

Por su parte, la defensa de Schwaner planteó que, si bien el imputado estuvo presente en ese momento, no fue quien efectuó los disparos. 

Párrafo aparte merecen los padres de Castillo, que tuvieron un rol fundamental en la reconstrucción de la escena del crimen. Desde el día en que su hijo falleció, trabajaron incansablemente con la fiscalía con el objetivo de esclarecer los hechos y encontrar a los responsables. Patearon barrio por barrio, juntaron testigos, filmaciones de celulares, etc. Armaron el caso.



DELIBERACIÓN Y VEREDICTO

El juez fue Eugenio Casas del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Bahía Blanca. Luego de los alegatos de las partes, el juez se encargó de impartirle al jurado las instrucciones finales, para después enviar a los 12 ciudadanos a deliberar. 

El jurado, por unanimidad, encontró al acusado culpable de homicidio agravado por uso de arma de fuego y por ser cometido en ocasión de un evento deportivo. La semana que viene, el juez Casas llevará adelante la audiencia de cesura en la que se discutirá la pena que deberá cumplir Schwaner, aunque por el delito deberá ser una condena perpetua. 


Noticias Relacionadas: 

- Diario Olé (09/12/2021): "Declararon culpable al acusado de asesinato del hincha de Olimpo". (Ver aquí)

- Infobae (10/12/2021): "Un jurado popular declaró culpable al acusado de asesinar a un hincha de Olimpo de Bahía Blanca". (Ver aquí)

- Diario Clarín (09/12/2021): "Un jurado popular consideró culpable al presunto autor del crimen del hincha de Olimpo en la previa de un clásico con Villa Mitre". (Ver aquí)

viernes, 6 de agosto de 2021

MENDOZA: CONDENARON A LOS TRES IMPUTADOS DEL CRIMEN DEL CARPINTERO POR HOMICIDIO EN OCASIÓN DE ROBO

 

Los tres imputados, al momento del veredicto.
De izquierda a derecha: Vildoza, Villanueva y Agüero.

Este jueves por la tarde tuvo lugar la última audiencia en la que un jurado compuesto por 12 mendocinos encontró culpables a los tres imputados por el homicido de Juan Carlos Moya, conocido en la provincia como el "Crimen del Carpintero".  

Tras varias horas de deliberación, el jurado retornó a la sala de audiencias con un veredicto de culpabilidad por homicidio en ocasión de robo, cometido por Diego Norberto "Pelado" Vildoza Soria (44), Lucas Sebastian Villanueva Figueroa (39) quien era vecino de la víctima, y FranciscoJavier Agüero Toledo, alias el "Toro". 

Si bien la fiscalía acusó a los imputados por el delito de homicidio criminis causa, el jurado - en otra gran demostración de su capacidad para analizar los hechos - entendió que el asesinato no se cometió con el objetivo de ocultar otro delito y/o garantizar su impunidad, tal como lo prevé el artículo 80 inciso 7° del Código Penal.


LOS HECHOS


El 4 de noviembre del año 2017 Moya, de 62 años de edad, se encontraba en su casa en la calle Gutemberg de la ciudad de Villa Nueva, capital del departamento de Guaymallén. Recientemente había cobrado $20.000 por un trabajo de carpintería: este dato es vital ya que los imputados tenían esta información y se hicieron pasar por clientes para poder ingresar en la propiedad y robarle el dinero a la víctima. 

Una vez dentro de la casa, sacaron un arma y comenzaron a amenazar a Moya para que les entregue el dinero, pero lejos de esto, la víctima sacó un machete para defenderse y evitar el robo, hubo forcejeos, pero recibió dos disparos y falleció. Uno de ellos impactó en su pecho y lo mató en el acto; el otro, impactó en una de sus piernas.


Juan Carlos Moya.

Ante esta situación los atacantes se dieron a la fuga, dejando atrás el dinero y perdiendo en el camino la pistola 9 mm con la que cometieron el crimen. El arma de fuego fue encontrada y recogida por el hijo de la víctima, y gracias a este hecho los investigadores pudieron realizar las pericias y dar con los responsables. 

Primero dieron con un hombre que la había utilizado en otro hecho pero por falta de pruebas fue liberado, aunque confesó a quién le había entregado la pistola. Siguiendo esta pista, se pudo concretar la detención de Agüero, Villanueva y Vildoza, recién un año después del homicidio. 

Junto a esta pesquisa, se realizaron cruce de llamadas con los imputados el día del crimen, geolocalización de los teléfonos móviles de los imputados que los ubicaban en el lugar de los hechos y una prueba de ADN en el Ford Fiesta utilizado con la banda. Las medidas de prueba sirvieron para determinar que Villanueva y Vildoza esperaron afuera de la vivienda de Moya y que Agüero y Miguel Angel Donoso fueron los que ingresaron a la propiedad. 

Donoso nunca fue localizado y tiene pedido de captura nacional e internacional vigente.


TEORÍAS DEL CASO:

FISCALÍA Y DEFENSA


El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por los fiscales Gustavo Pirrello y Fernando Guzzo, quienes acusaron a los imputados por el delito de homicidio criminis causa en concurso real con robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa. 

En el alegato de apertura dijeron que "los tres se pusieron de acuerdo para ir a robar y como no pudieron, decidieron matar a la víctima, el señor Moya, un carpintero del barrio". Al momento de los argumentos finales, mantuvieron la acusación ya que entendieron que había quedado demostrado el hecho: "todos cumplieron un aporte fundamental Villanueva aporto el dato, Vildoza manejo el auto y Agüero junto a Toledo (prófugo) son los que ingresan. Todos tenían la misma finalidad. Todos debieron representarse la finalidad del resultado muerte. Corresponde que todos sean condenados por el mismo delito", sostuvo el fiscal Pirrello. La abogada querellante, Jimena Villanueva, compartió los argumentos de la fiscalía.

Por su parte, los tres imputados tuvieron representación individual. Los tres defensores en su alegato de apertura adelantaron que iban a poder probar la inocencia de sus clientes, mediante diferentes caminos. 

La abogada Glenda Wagnest, defensora de Agüero, tuvo la tarea más complicada dado que su cliente fue señalado como autor material en virtud de que encontraron una de sus huellas en el cargador de la pistola 9 mm. Al respecto, Wagnest explicó que Agüero le había sacado el arma a su sobrino policía porque éste había protagonizado diversos episodios de violencia y un consumo problemático de estupefacientes: "le quitó el cargador y 20 balas para evitar una tragedia. Lo agarró y lo dejó arriba de su heladera en su casa" aclaró la abogada, quien además de negar la presencia de su cliente en el lugar de los hechos, remarcó que la descripción física hecha por los testigos no coincidía con la de su defendido.

Pablo Cazabán, experimentado defensor de Vildoza, separa el hecho en dos partes: "hay dos hipótesis, el acuerdo para robar y el acuerdo para matar. Sobre esto último Vildoza no interviene, ya que para la fiscalía él estuvo afuera, no ingresó a lo del carpintero. No se va a acreditar que estuvo presente en el lugar del hecho de sangre".

Finalmente llegó el turno de Guillermo Nievas, defensor de Villanueva. El planteo fue sencillo: si bien existió una llamada previa entre los imputados, planteó que no había otra prueba que vinculara a su cliente con el delito y que su cliente no tenía nada que ver con este lamentable hecho.


DELIBERACIÓN Y VEREDICTO


                                        Video: el momento en el que el Jurado rindió su veredicto.


Luego de 4 días de audiencias y algunas horas de deliberación, el jurado emitió un veredicto de culpabilidad por el delito de homicidio en ocasión de robo en calidad de autor material para Francisco Agüero, mientras que a Diego Vildoza y Lucas Villanueva los encontraron responsables en calidad de partícipes necesarios. Otra de las tantas decisiones que han tomado los jurados en donde demuestran la fineza y la calidad de los análisis que realizan y la forma en la que emiten sus veredictos.

Es que el jurado no sólo supo distinguir a la perfección los roles que cumplieron cada uno de los imputados, sino que también consideraron que la Fiscalía no logró acreditar la agravante del art. 80 inc. 7. 

Emitido el veredicto, el juez Gonzalo Guiñazú - quien tuvo una impecable actuación en su primer juicio por jurados- agradeció al jurado y los relevó de su tarea, para dar inicio a la audiencia de cesura. En esta audiencia, Guiñazú le impuso una pena de 22 años para Vildoza y Villanueva, y 23 años para Agüero.


Noticias Relacionadas: 


- Los Andes (05/08/2021): "Crimen del Carpintero en Guaymallén: tres acusados a juicio por jurado y una captura pendiente". (Ver aquí)

- Diario Uno (01/08/2021): "Arranca el juicio por Jurados por el crimen del carpintero Carlos Moya". (Ver aquí)

- Los Andes (02/08/2021): "Crimen del Carpintero en Guaymallén: se pusieron de acuerdo para ir a robar y como no pudieron, decidieron matar". (Ver aquí)

- Los Andes (05/08/2021): "Crimen del Carpintero en Guaymallén: la fiscalía de Homicidios pide que los tres sean declarados culpables". (Ver aquí)

- El Sol (05/08/2021): "Crimen del Carpintero: penas de hasta 23 años de cárcel para los acusados". (Ver aquí)

- Ciudadano Diario (05/08/2021): "Crimen del Carpintero: condenaron a los tres acusados". (Ver aquí)

jueves, 8 de abril de 2021

CHACO: El pueblo aplaudió en la plaza al jurado, tras el veredicto que declaró culpables a los asesinos de Puchy Molina

 

La escena sorprendió -y emocionó- a todos. A propios y extraños. Espontáneamente, como suelen ser las manifestaciones populares, un cerrado aplauso se alzó desde la plaza de enfrente de los Tribunales, cuando el jurado popular se retiró del edificio. 

"Una vez finalizado el juicio, los familiares de la víctima aplaudieron y vitorearon desde la plaza a los integrantes del jurado popular, como reconocimiento al trabajo realizado", tituló la prensa local.

Por razones sanitarias, allí se encontraba agolpado el público y los familiares del Ricardo "Puchy" Molina, asesinado por la espalda por su mejor amigo y su novia. Seguían el juicio por la pantalla gigante que instaló el TSJ del Chaco para garantizar la publicidad. 

El papá fue titular de todos los diarios: "Ahora sí creo en la Justicia", afirmó agradecido el padre de Ricardo Molina tras el veredicto del jurado.



Cuando por las pantallas se escuchó el veredicto del jurado, la plaza estalló. Luego de tres jornadas de debate y algunas horas de dramática espera mientras el jurado deliberaba, los doce ciudadanos retornaron a la sala con un veredicto de culpabilidad contra Gabriel "Gabo" Wuillener y Alicia del Carmen Aranda, por el delito de homicidio calificado por alevosía, en calidad de autor y cómplice primaria, respectivamente. Pasarán el resto de sus días en la cárcel. Perpetua. 


LOS HECHOS

Puchy Molina, Gabriel "Gabo" Wuillener y Alicia del Carmen Aranda eran grandes amigos. Puchy y Alicia Aranda eran novios. Gabo era como un hermano para el Puchy, pero en secreto era el amante de Alicia.

 


La situación no daba para más: erá él o el Puchy. El crimen se puso en marcha. Alicia Aranda le pidió a una amiga que tenían en común con Puchy que se comunicara con él para pedirle que arreglaran un encuentro. Y así lo hizo

Sin ninguna sospecha, como cuando un grupo de amigos se encuentra, Puchy accedió sin saber que iba camino a una trampa. En la madrugada del día 10 de marzo del 2019, Molina y Aranda finalmente se encontraron, pero no estaban solos: escondido, esperando el momento justo, estaba Gabo Wuillener, ex-agente del Servicio Penitenciario Provincial. 

Cuando Molina se encontraba de espaldas y completamente indefenso, Gabo salió de su escondite y le disparó cuatro veces por la espalda a Puchy con una pistola Bersa 9 mm, de las cuales le impactaron tres balas en la espalda. Lo mató a traición. Molina nunca sabrá que su amigo fue quien lo traicionó y asesinóCometido el crimen, se dio a la fuga.

Gabo Wuillener ya había tenido sus problemas con la ley. Según cuentan los familiares de Molina, el papá de Gabo "tiene mucho poder, muchos conocidos, él era Jefe de Drogas y de Investigaciones, y mueve muchas influencias. A su hijo (por Gabo) lo encubrieron una vez, lo habían agarrado hace 2 años con drogas y armas, y quedó todo en la nada".

El mismo día del hecho, en horas de la tarde, Gabo se encontró con su amigo Carlos Fariña, alias "Carlín", para que lo ayudase a ocultar la pistola marca Bersa que había utilizado para cometer el crimen. Este dato fue central para reconstruir paso a paso el hecho.


EL JUICIO Y LAS TEORÍAS DEL CASO

El fiscal Jorge Gómez y el querellante particular José Luis Quintana acusaron a Wulliner por ser autor del delito de homicidio calificado por ser cometido con arma de fuego y alevosía. Y a Aranda por ser la cómplice primaria. 

Los defensores oficiales del Gabo, Julieta Dansey y Juan Pablo Cerbera, intentaron probar que fue un homicidio imprudente. Que no lo quiso matar, sino sólo asustar tras un ataque de bronca. Pero que su conocimiento del manejo de armas le salió mal. A Alicia lo defendió el abogado Julio Manuel Quiñonez, quien planteó que Aranda fue totalmente ajena al hecho en cuestión, y no hubo ningún tipo de acuerdo entre su defendida y Willener. El jurado no los acompañó.


DELIBERACIÓN Y VEREDICTO

Terminada la recepción de la prueba, las partes realizaron su alegato final y la jueza Dolly Roxana Fernández, quien condujo muy bien su primer juicio por jurados, impartió las instrucciones finales. El jurado se retiró a deliberar. Estuvieron casi cinco horas deliberando. Afuera, la espera se hacía cada vez más tensa. Finalmente, anunciaron que tenían un veredicto. El jurado retornó con un veredicto de culpabilidad por unanimidad contra los dos imputados y por todos los cargos de la acusación.

Videos del veredicto y la ovación popular




El jurado, en una otra demostración de su capacidad para adjudicar los hechos, la prueba y el derecho aplicable, supieron identificar el rol y la participación de cada uno de los imputados a la perfección, emitiendo un veredicto de culpabilidad en calidad de autor respecto de Wuillener y un veredicto de culpabilidad en calidad de cómplice primario para Aranda. 


La Jueza Dolly Fernandez, al momento del veredicto.



COMPROBACIÓN DEL VEREDICTO

(Polling of the jury)


La jueza ordenó comprobar el veredicto respecto de los dos acusados. ver el video aquí:






REPERCUSIONES DEL VEREDICTO


La gente reunida en la plaza también se quedó para saludar a la jueza. Y así lo hicieron. Vea el video del emotivo momento mientras se retiraban de la corte la jueza y su equipo: 



 

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Informo.com (18/04/2019): "Tres familias unidas por el dolor de sus perdidas reclamaron frente al Ministerio Público Fiscal". (Ver aquí)

Infoqom.com (31/03/2021): "Juicio por Jurado con buena performance y un nuevo desafío: el juicio contra los asesinos de Puchy Molina". (Ver aquí)

Chaco día por día (5/04/2021): "Juicio por Jurados desde este martes a imputados por el homicidio de Ricardo Molina". (Ver aquí)

Diario21.TV (08/04/2021): "Jurado Popular condenó a policía y su cómplice por matar al amante de su ex-esposa". (Ver aquí)

Diario21.TV (08/04/2021): "Video: La familia de Ricardo Molina aplaudió al equipo judicial que llevó adelante el juicio por jurados". (Ver aquí)

Diario Chaco: (08/04/2021): "'Ahora sí creo en la justicia' afirmó agradecido el padre de Ricardo Molina tras el veredicto". (Ver aquí)

viernes, 5 de marzo de 2021

NEUQUÉN: EL LOCO TURBINA CULPABLE DE HOMICIDIO Y TRES CARGOS MÁS

Un jurado neuquino encontró por unanimidad a Héctor Marcelo Rocco, alias el "Loco Turbina", culpable por el asesinato de Walter Fabián Dell Oro, quien fuera encontrado muerto con un disparo en su cabeza en noviembre de 2019, en las afueras de la Ciudad de Neuquén, en el Parque Industrial.
  
 
Héctor Marcelo Rocco, alias el "Loco Turbina".

 
Pero al Loco Turbina lo acusaron por otros cuatro hechos previos de su frondoso prontuario. Además del homicidio cometido para poner fin a una violenta y absurda discusión, el fiscal Agustín García lo acusó de dos robos con armas y de un encubrimiento.
 
  
LOS HECHOS
  
El primer hecho fue el 3 de noviembre de 2019. Rocco y Dell Otro tuvieron una fuerte discusión en el domicilio del imputado y, una vez que Dell Oro se retiró, Rocco tomó un arma de fuego y se decidió ir a buscarlo. Lo encontró a bordo de su auto. Rocco se acercó y le efectuó un disparo directo en la sien, provocándole la muerte en el acto.
El segundo hecho fue al mes nomás. El 1º de diciembre de 2019, en la localidad de Centenario, Turbina Loca se apoderó de una moto XR 250 tras amenazar a la víctima con un arma de fuego.
El tercer hecho fue el 11 de julio de 2019. Rocco amenazó a una pareja con un arma de aire comprimido, golpeó al hombre y tomó del cuello a la mujer y se apoderó ilegítimamente de un teléfono celular y las llaves de un auto, en la playa del Lago Mari Menuco. 
Finalmente, por el cuarto hecho, el Fiscal logró demostrar que, entre el 2 de junio y el 31 de julio de 2019, el imputado recibió un automóvil con conocimiento del origen ilícito del mismo, el cual había sido denunciado como robado en la Ciudad de Neuquén.
  
 
Fiscal Jefe Dr. Juan Agustín García.


El Juez a cargo del debate, Dr. Gustavo Ravizzoli.
 
 
DELIBERACIÓN Y VEREDICTO
 
Luego de cinco jornadas de intenso trabajo, en la que el jurado permaneció atento a cada momento del debate, el Juez Gustavo Ravizzoli impartió las instrucciones finales al jurado, para luego invitarlos a la sala de deliberación. La actitud de las partes durante todo el juicio fue correcta, con un alto nivel de profesionalismo y respeto.

Loco Turbina apresado


Tras más de cinco horas de deliberación, el jurado volvió con un veredicto unánime de culpabilidad por los tres primeros hechos (el encubrimiento fue 11 votos) que se le habían imputado al Loco Turbina. 


Noticias Relacionadas:

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- Mejor Informado (05/03/21): "Declararon culpable al "Loco Turbina" por un asesinato" (Ver aquí)

- Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Neuquén (25/02/2021): "Quedó conformado el tribunal para el segundo juicio por jurados de 2021". (Ver aquí)

- LM Neuquén (17/09/2020): "El loco turbina va a juicio por jurados por el crimen de pin". (Ver aquí)

jueves, 9 de julio de 2020

BUENOS AIRES: El primer juicio por jurados post pandemia será el 1° de septiembre en Necochea


Juez Mario Juliano

El 1º de septiembre comenzará en Necochea el primer juicio por jurados de la provincia Buenos Aires desde el comienzo de la pandemia y será televisado en vivo por el Canal de YouTube de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Será un caso de homicidio con arma de fuego, al parecer por una disputa comercial o "ajuste de cuentas" entre dos socios con negocio de pizzería. Roberto Muñoz (35) es el acusado y Emmanuel Yasevali (33) la víctima. El hecho ocurrió el 29 de octubre pasado cerca de las 23 hs, en el paraje costero conocido como "Sotavento". Ambos discutieron arriba de la Ford Ecosport de Muñoz y Yasevali recibió un tiro en la pierna izquierda que lo mató en minutos.

Para evitar riesgos de contagio, la audiencia de voir dire se realizará en el Teatro Municipal Luis Sandrini, mientras que el juicio tendrá lugar en el hermoso edificio del Concejo Deliberante. Así lo decidió el juez Mario Juliano, en una muestra de compromiso con los valores constitucionales y democráticos.


Teatro Municipal Luis Sandrini

Será un hecho muy importante. Los juicios por jurados volverán a ponerse en marcha en la provincia más poblada del país tras el impacto que implicó la llegada del COVID-19. El juez, las partes y el pueblo necochense le demostrarán al mundo que, con imaginación y voluntad, el modelo constitucional de juzgamiento puede adaptarse a los desafíos sanitarios que los tiempos exigen. 

Lejos de salidas fáciles que atenten contra las garantías constitucionales, el compromiso del juez Mario Juliano, de la fiscal Silvia Gabriele y de la defensora Florencia Angeletti ha permitido encontrar una solución que logra equilibrar el necesario distanciamiento social con los derechos del imputado, de la víctima y de la sociedad.

La bella sala del  Concejo Deliberante de Necochea

¿Cómo lo han hecho? Mirando hacia afuera de los edificios de tribunales, tal como el espíritu juradista indica. Si uno de los problemas era cómo mantener la distancia en espacios físicos reducidos, la solución fue en Necochea buscar lugares más amplios, y así lo hicieron. Por un lado, el Teatro Municipal (por completo ocioso) tendrá el privilegio de convertirse por un día en la sede de la audiencia de voir dire (selección de jurados), en donde varias decenas de ciudadanos deberán reunirse para que las partes puedan realizar sus recusaciones en pos de obtener un jurado imparcial.

Plateas del Teatro Municipal

Luego, cuando el jurado haya quedado seleccionado y el número de personas se haya reducido, pasarán al Concejo Deliberante, luego del aval prestado por el presidente de ese cuerpo, el concejal Hernán Trigo. Los distintos poderes del Estado trabajando al servicio de la comunidad, en este caso para garantizar uno de sus derechos fundamentales: el de juzgar a sus pares.

En todo momento se seguirán estrictos protocolos para evitar cualquier tipo de riesgo epidemiológico. Barbijos, máscaras, alcohol y distancia formarán parte de esta nueva normalidad. El público, por su parte, no podrá estar presente en la sala (salvo excepciones), pero podrá seguir el debate a través de la transmisión en directo que el Tribunal pondrá a disposición. Los testigos irán asistiendo de acuerdo a un cronograma previamente establecido que permitirá evitar la acumulación de personas.

El kit sanitario utilizado en el primer juicio
con jurados de Córdoba

A continuación, transcribimos la histórica resolución, que servirá de ejemplo para otras provincias y países que se encuentran arduamente trabajando en la reanudación de los juicios por jurados:

Expte. 6172
Necochea,     de Julio de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
El trámite del presente proceso donde el imputado solicitó ser juzgado bajo la modalidad del juicio por jurados, donde ya se fijó como fecha de realización el 7 de octubre del corriente año, sujeto y condicionado a las restricciones sanitarias que rijan para ese entonces.
Y CONSIDERANDO:
Que luego de haber vuelto a consultar a los representantes legales de las partes (la fiscal Silvia Gabriele y la defensora Florencia Angeletti) hemos coincidido que es factible adelantar la fecha de realización de ese juicio, con recaudos sanitarios suficientes.
Hemos coincido que es viable, sin riesgos derivados del acercamiento, realizar la audiencia de selección de jurados en un espacio suficientemente amplio como lo es el Teatro Municipal de Necochea, donde los y las potenciales jurados ocuparían la platea, con suficiente distancia entre sí, con juez, fiscal y defensora en el escenario.
Que seleccionadas las y los jurados, inmediatamente después titulares y suplentes junto a las partes y juez nos trasladaríamos al Concejo Deliberante local, donde existe la amplitud suficiente para llevar a cabo la deliberación con distancia social. En este sentido mantuve conversaciones informales con el presidente del cuerpo edilicio, el concejal Hernán Trigo, quien me confirmó la disponibilidad de las instalaciones.
Que la audiencia de juicio, salvo modificaciones en las restricciones sanitarias, se llevaría a cabo sin público, salvo fundadas excepciones, haciendo la transmisión en vivo por medios tecnológicos masivos, populares y de sencillo acceso.
En sucesivas reuniones de trabajo con las partes se analizará la posibilidad que, por acuerdo, alguno de los testigos propuestos pueda declarar por medio remoto (si ello es factible) y respecto de los que deben comparecer en forma personal y presencial lo hagan sobre la base de un cronograma horario previamente establecido, para evitar esperas y aglomeraciones, aunque sean mínimas.
Por lo que SE RESUELVE:
1. FIJAR la fecha de inicio del juicio oral, público y por jurados para el 1 de septiembre de 2020, a las 9 horas, a los fines de realizar la audiencia prevista por el artículo 338 quáter CPP (selección de jurados), la que se llevará a cabo en el Teatro Municipal de Necochea.
II. DISPONER que la audiencia de vista de la causa sea realizada en dependencias del Concejo Deliberante de Necochea, inmediatamente de seleccionados las y los jurados (artículo 342 bis CPP)
III. ESTABLECER que, sujeto y condicionado a ls restricciones sanitarias imperantes al momento de realización del juicio el mismo sea llevado a cabo sin público (salvo fundadas excepciones), transmitiendo la sesión en vivo por medios tecnológicos masivos, populares y de sencillo acceso (artículo 343 CPP).
Líbrense los oficios pertinentes y notifíquese a los y las interesadas
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 06/07/2020 12:54:12 – JULIANO Mario Alberto (mario.juliano@pjba.gov.ar) –
TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nº 1 – NECOCHEA
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- Diario La Provincia SJ (10/7/20): "Anunciaron para septiembre el primer juicio por jurados desde la cuarentena" (ver)
- Ahora Info (6/07/20): NECOCHEA: Primer juicio por jurados en plena pandemia  [Ver]