AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

domingo, 23 de febrero de 2014

Experiencia piloto de Juicio por Jurados en la Ciudad de Buenos Aires

Por Luciana Piñeyro

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, en pleno, la puesta en marcha de una Experiencia Piloto de Juicio por Jurados. El Proyecto Experimental, presentado por el Consejero Dr. Gustavo Letner, prevé la intervención de un jurado popular en ciertos casos penales reales que serán juzgados por ante los Tribunales Porteños.

Sucintamente la experiencia consiste en que durante el desarrollo de los debates orales (previamente seleccionados, con conformidad del imputado, su defensor y el fiscal) se implemente un Jurado Popular Experimental, constituido por ciudadanos, integrados por voluntad propia, seleccionados a través de una amplia convocatoria, bajo compromiso de participación en las audiencias que demanden el juicio a los fines de que, en un trabajo absolutamente independiente del Tribunal, se pronuncie en un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad, el cual no será vinculante para el Tribunal o Juez Técnico.

Este proyecto experimental, permitirá evaluar, entre otras cosas, el compromiso popular, deseo de participación, compromiso de asistencia, deserción, evaluación de las coincidencias y divergencias entre el veredicto técnico y el veredicto popular, así como también sondear a través de una encuesta de satisfacción a los partícipes y los abogados, ello con el objeto de conocer los aspectos a tener en cuenta en una futura implementación del juicio por jurados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Es preciso aclarar que dicha experiencia piloto no alcanzará a imputados sujetos al régimen penal juvenil.

Por último, se informa que el Jurado Popular Experimental estará integrado por doce (12) miembros titulares y dos (2) suplentes, con mujeres y hombres en partes iguales, deberán ser argentinos, mayores de edad, saber leer y escribir; contar con pleno ejercicio de los derechos políticos; tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro (4) años en la Ciudad. En cambio, no podrán ser jurados los magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público (fiscal, defensa y asesoría), los abogados, escribanos y procuradores en ejercicio y los estudiantes de derecho.