AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 7 de diciembre de 2018

BAHÍA BLANCA: CONDENA UNÁNIME A ABUELO POR ABUSAR SEXUALMENTE DE SU NIETA

En un juicio por jurados realizado en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, un hombre de 75 años fue condenado por abusar sexualmente de su nieta cuando la menor tenía entre 7 y 8 años.

Fiscal Marina Lara
El jurado arribó a un veredicto unánime de culpabilidad por “abuso sexual simple”, descartando el pedido de condena por abuso sexual gravemente ultrajante solicitada por la fiscalía y el pedido de absolución de la defensa. 

El juicio fue presidido por el juez Cristian Yésari, del Tribunal en lo Criminal Nº 1. Actuaron como fiscal Marina Lara y como defensor oficial Sebastián Cuevas.

Los hechos tenían lugar en una vivienda del macrocentro de la ciudad de Bahía Blanca cuando los padres de la niña se iban a trabajar dejando a la niña al cuidado de su abuelo paterno. 

Durante el juicio se acreditó que el abuelo se metió en la cama con la menor y la tocó en sus partes íntimas, que la hizo sentarse sobre él y que la frotó mientras miraba películas pornográficas. También se acreditó que el señor le pasó un caramelo de su boca a la de la niña para introducirle su lengua. 

La niña refirió los hechos algunos años después al confesárselo a una amiga. Expresó que tenía miedo de decirles a sus padres por la reacción que pudieran tener, ya que para ese momento estaban en un conflicto matrimonial y tenía miedo que se divorciaran. Finalmente, la niña le terminó contando los hechos a su madre, quien denunció el caso.



Defensor Sebastián Cuevas
Tras deliberar los jurados arribaron a un veredicto unánime de culpabilidad por abuso sexual simple. Una de las razones que llevaron al jurado a descartar la hipótesis de la fiscalía -abuso sexual gravemente ultrajante- es que ésta sólo contaba con la declaración de la víctima, la cual, según los peritos de la defensa, no permitían demostrar de forma fehaciente un daño psicológico que acreditara la afectación agravada de su integridad sexual. Asimismo, 3 médicos, junto con la declaración del imputado y de su esposa, probaron la impotencia del imputado desde hace 15 años.