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AVISO (12/03/23):
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jueves, 16 de mayo de 2019

LA PLATA: Un albañil acusado de homicidio fue declarado no culpable por unanimidad

Por unanimidad, un jurado compuesto por doce ciudadanos declaró “no culpable” a un albañil de 38 años, acusado de  “homicidio agravado por el empleo de arma de fuego”. 

El acusado, junto a su abogada defensora

Según pudo probar la defensa, los hechos habían sucedido exactamente al revés de lo sostenido por la fiscalía: la víctima había agredido al acusado con un arma de fuego, que se disparó mientras éste último se defendía.

Marcos Andrés Cabral llegó al juicio tras casi cuatro años de detención pero ayer, gracias a la decisión del jurado, recuperó su libertad.

Según la hipótesis presentada en juicio por la fiscal Victoria Huergo, el 17 de noviembre de 2015, alrededor de las 23:30, Cabral se presentó  en la vivienda de calle Islas Malvinas N° 963 de la localidad de Guernica portando una pistola y preguntando por Leandro Brizuela, alias "Nano".

Instantes después, cuando Brizuela llegó a la vivienda, el acusado le disparó con intención de asesinarlo, para darse luego a la fuga. Fue encontrado casi dos meses más tarde en Quilmes, donde fue detenido por la policía.

Pero en el juicio, los testigos presentados por la defensa (a cargo de la abogada Nora Noemí Uría) desacreditaron esa hipótesis y contaron una versión diferente de los hechos: fue “Nano” Brizuela quien había atacado a Cabral con un arma, por lo que lucharon y la pistola de disparó accidentalmente.

Así planteada la controversia, el juez Andrés Vitali impartió las instrucciones al jurado y los envió a deliberar.

Tras unas dos horas, arribaron a un veredicto unánime: "nosotros, el jurado, encontramos al acusado no culpable".

En diálogo con el diario "EL EDITOR PLATENSE", la abogada de Cabral afirmó que se hizo justicia: “La fiscalía no pudo probar su acusación. Y la defensa, a través de la prueba, logró probar la legítima defensa”, sostuvo. Y agregó: “se pudo acreditar que, ese día, las cosas sucedieron como lo dijo Cabral en su declaración”.


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