AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

sábado, 25 de marzo de 2023

CHUBUT: El jurado popular dictó un veredicto de culpabilidad en Esquel por el crimen de Gibbons


El jurado popular integrado por 12 personas que viven en la Circunscripción Judicial Esquel resolvió de manera unánime declarar a Juan Fernando Domínguez culpable del delito de homicidio agravado por la utilización de arma de fuego y alevosía, en perjuicio de Gastón Gibbons.

La fiscal María Bottini pidió al jurado que declarase culpable a Juan Fernando Domínguez por el homicidio calificado por uso de arma y alevosía, de Gastón Gibbons. El defensor, Hugo Cancino, pidió que se lo declarase no culpable por haber actuado bajo los efectos del alcohol. 

Con las instrucciones dadas por el juez técnico, Jorge Criado, los doce jurados titulares pasaron a deliberar. Después de varias horas, volvieron con su veredicto unánime de culpabilidad por el delito que les pidió la fiscal.

EL VEREDICTO


El acusado

Bottini repasó los testimonios reconstruyendo lo sucedido la madrugada del crimen. A la noche hubo una reunión en la que estuvieron Domínguez y Gibbons además de varias personas que declararon como testigos en el debate. En un momento de la noche Domínguez fue a comprar bebidas. 

Durante su ausencia hubo una pelea entre Gastón y el hermano de Domínguez. Un grupo persiguió a Gastón y lo perdieron. Al regresar el imputado a la vivienda le contaron de lo sucedido, se subió al auto junto al dueño de la casa y salió furioso a buscar a Gibbons para matarlo. 

Se bajó del auto y su acompañante permaneció en el rodado. En la declaración testimonial contó el joven que escuchó una explosión de un disparo, bajó del vehículo y se encontró con Domínguez que regresaba. Este le dijo que le había pegado un tiro a Gastón por la espalda. Juntos regresaron a la casa. En la vivienda, Domínguez relató que había disparado a Gastón por la espalda y que luego le había pateado la cabeza.


La fiscal Bottini

Bottini habló del análisis de la cámara de seguridad que tomó la secuencia. Se refirió a la declaración del médico forense que encontró una bala calibre 22 en el cuerpo de Gastón, la que había ingresado por la espalda. Indicó que tiempo antes el imputado se había tomado una foto con un arma de ese mismo calibre. También citó al testigo que informó sobre el resultado positivo de laboratorio indicando que Domínguez había disparado un arma de fuego.

La fiscal sostuvo que la versión dada por el imputado se contradice con la prueba. “Estaba en uso de sus facultades mentales, recordaba muchos detalles salvo lo que no quería recordar”, dijo Bottini. El análisis mental del imputado arrojó como resultado que comprende y dirige sus actos y que presenta rasgos manipuladores.

“Tuvo evidente intención de matar”, dijo Bottini, añadiendo que lo hizo con alevosía porque “ocurrió cuando Gastón estaba de espalda, huyendo de la agresión, sin nada para defenderse y sin nadie en la calle. Actuó sobre seguro y sin ningún riesgo para él, aprovechando que Gastón estaba indefenso”.


El abogado defensor Cancino

El defensor Hugo Cancino, defendió la declaración testimonial de su defendido. Sostuvo que el cerebro, al recordar, suprime y añade elementos. Destacó que su defendido podría no haber declarado y sin embargo lo hizo.

Repasó los testimonios, procurando dar cuenta de que tanto Gastón como su defendido estaban en estado de ebriedad. Luego puso en duda la secuencia del disparo, indicando que debería haber mucha sangre en el lugar en que se encontró el cuerpo. Cuestionó que Domínguez no haya sido evaluado médicamente en el mismo momento de la detención, también que no se buscara ADN en la piedra que supuestamente empleó para golpear la cabeza de Gastón.

“No se puede condenar a una persona cuando por consecuencia de una intoxicación alcohólica comete delito”, dijo. “Pasaron 14 horas desde el hecho al momento en que lo vio el médico forense y lo vio lúcido”, indicó al recalcar que no se sabe que tan afectado se encontraba por el consumo alcohólico cuando sucedió el hecho. Añadió que la fiscalía no acreditó adecuadamente la alevosía.




Palabras finales de la familia de la víctima y el imputado

La tía de Gastón habló al final del debate. “Una es consciente también cuando toma alcohol. El estaba totalmente consciente de lo que hizo y de lo que le causó a mi sobrino…”, dijo. Se refirió al daño irreparable que produjo en la familia y pidió justicia.

El imputado pidió perdón a la familia de Gastón y a la suya. Luego aprovechó la transmisión para dar un mensaje a la juventud con respecto al alcohol, a las adicciones. “Esto me arruinó la vida a mí, condenado o no mi vida no va a volver a ser la misma. Mi personalidad ha cambiado mucho estando detenido. El alcohol no lleva a ningún lado, sino que arruina la vida”, sostuvo.


El juez Jorge Criado con toga


Instrucciones finales

Previo a la deliberación, el juez Jorge Criado, ataviado con estricta toga negra (hecho por demás auspicioso para el juicio oral de Argentina) les dio las instrucciones al jurado. Explicó qué es una duda razonable, resaltó que el jurado es libre de decidir y que cualquier injerencia o presión la deben denunciar. Añadió que entre los jurados ninguna opinión es más válida que otra, deben discutir y analizar los hechos que les plantearon las partes y la prueba. Les informó que deben llegar a un veredicto unánime.

"Si no llegan a esa unanimidad, la ley permite que se resuelva con una mayoría de 10".  Nadie puede decir que tiene una opinión tomada y que no la van a cambiar. No tienen que tener miedo de dudar o de reconsiderar lo que pensaron hasta ahora. Cada uno tienen que tomar la decisión. "Les doy cuatro horas para que deliberen."




Esto es un error que no debe repetirse. De ninguna manera el jurado puede saber de antemano que con 10 votos alcanza para dar un veredicto. Eso no es así. 

El veredicto debe ser unánime y sólo después de un lapso racional de deliberación (que a veces puede llevar días), el juez le informará la opción de los 10 votos. 

Nunca el jurado puede saber de entrada esa opción, que ya es inconstitucional tras el fallo Ramos vs Louisiana de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos (ver)

Tampoco puede imponerse a los jurados un plazo de deliberación. Tal cosa ni siquiera está en la ley y supone una intromisión inconstitucional en el poder del jurado para rendir un veredicto.

Leer noticias aquí:

- El Chubut (23/3/23): "Homicidio de Gibbons: El jurado pasó a deliberar" (ver)

- MPF Chubut (23/3/23): "Homicidio de Gibbons: Por unanimidad el jurado declaró culpable a Domínguez" (ver)