AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 11 de mayo de 2018

SAN MARTÍN: Los jurados absolvieron al tío que salió a defender a su sobrino

Juan Antonio Calderon, de 27 años de edad, fue declarado no culpable por un jurado popular del cargo de homicidio simple por la muerte de Jorge Forzano que le imputó el fiscal Miguel Angel Gragnoli. El jurado consideró suficientemente probado que el acusado actuó en legítima defensa de un tercero. En este caso, de su sobrino. Esa fue la teoría del caso del abogado defensor, Juan A. Bottegal. El veredicto de no culpabilidad del jurado fue rendido tras varias horas de deliberación.

El hecho se produjo el  19 de agosto de 2016 en la calle Quito, entre las de Puerto de Palos y Sordeaux  de la localidad bonaerense  de Bella Vista, Partido de San Miguel.




Todo comenzó, como siempre, por una absurda discusión acerca de la propiedad de una bicicleta del sobrino de Calderón. La víctima Agüero Forzano, de 19 años, gran contextura fisica y muy pesado (en todo sentido), empezó a golpear fuertemente al sobrino de Calderón. Lo estaba moliendo a palos cuando, de repente, Calderón le pegó en la cabeza con una llave cruz para detener la agresión. Todos eran conocidos del barrio, pero sin relación.

Calderón le pegó tan fuerte a Forzano que le produjo una fractura y hundimiento del parietal derecho. Eso determinó que fuera trasladado a una pequeña salita barrial, y luego al Hospital Larcade de San Miguel. Estuvo varios días internado. Tras una intervención quirúrgica, falleció como consecuencia de la herida recibida cinco días después.



El fiscal Miguel Gragnoli, quizás intuyendo la fortaleza del caso de la defensa, lo acusó por homicidio simple y, subsidiariamente, por exceso en la legítima defensa.

El abogado defensor Bottegal, por el contrario, sostuvo que Calderón actuó en legítima defensa de un tercero y de que todas las exigencias típicas del art 34 inc 6° del Código Penal estaban probadas en el caso concreto. Es decir, hubo una agresión ilegítima, no provocada y en el cual se empleó un medio racional y proporcional para hacer cesar la agresión. La defensa insistió en que era muy difícil imaginarse que un golpe con una llave cruz puede matar normalmente a un ser humano. Pero que sí era una defensa necesaria para que lo dejara de golpear.

El juez del debate, Gustavo Garibaldi, debió explicarle al jurado todas estas alternativas en sus instrucciones.

La deliberación se extendió desde las 13 hs y culminó a las 18:30 hs. Cinco horas y media de deliberación. El veredicto fue no culpable por legítima defensa, con lo cual quedó en evidencia que para el jurado Calderón defendió de manera legítima a su sobrino de una agresión peligrosa para su integridad física.

Al conocerse el veredicto, la familia de la víctima estalló en llanto al conocer la decisión. Se vivieron momentos de mucha tensión, ya que en la sala se escuchaban improperios de toda clase. Eso motivó que el personal policial tuviera que despejar el recinto.