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miércoles, 26 de junio de 2019

MAR DEL PLATA: Condena unánime a mujer que baleó a su socio prestamista

Alejandra Pamela Ferreyra, de 35 años, estaba acusada de haberle disparado en la cabeza a su socio Walter Chiamino en junio de 2016. La fiscalía y el particular damnificado solicitaron que sea condenada por tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, mientras que la defensa pidió que sea declarada no culpable. El jurado popular optó por una decisión intermedia al emitir un veredicto condenatorio por el delito de lesiones graves, uno de los delitos menores incluidos que el juez les explicó durante las instrucciones.


Los hechos

El día de los hechos Walter Chiamino pasó a buscar a Ferreyra en su auto Fiat Siena para ir a cobrarle una deuda a un cliente. Mientras circulaban por el barrio Parque Peña, con Chiamino al volante y Ferreyra en el asiento trasero del auto, el conductor recibió un disparo en su cabeza.

Lo que pasó en el auto fue el eje del debate durante el juicio. Mientras que para la fiscalía Ferreyra sacó un arma y decidió dispararle por atrás con la intención de matarlo, la defensa sostuvo que los disparon fueron producto de un forcejeo por el arma de fuego, que según la imputada era propiedad de Chiamino.

Lo cierto es que con Chiamino baleado y desangrándose, Ferreyra tomó el volante y condujo el Siena hasta encontrar con un patrullero en ruta 11, cerca de Parque Camet. La mujer le explicó a los policías que al hombre “le habían pegado un tiro mientras manejaba” y, ante la urgencia de la herida de la víctima, subieron a Chiamino al patrullero y lo trasladaron al Hospital Interzonal.

Los policías autorizaron a Ferreyra a viajar en el Siena donde se produjo el hecho. Según la versión de la fiscalía, en el camino al hospital Ferreyra se detuvo en la ruta unos instantes para descartar el arma y los casquillos en el mar. La defensa, por su parte, negó esa situación.



Las pruebas

El juicio comenzó con la declaración de un perito médico de la Fiscalía, quien explicó la zona aproximada de ingreso (occipital entre el centro y la derecha) y alojamiento final de las esquirlas.

Luego declaró la propia imputada, quien dio su relato de lo sucedido ese día, así como detalles sobre su relación con Chiamino. Ferreyra negó haber ido hasta el barranco del mar pasando sobre un guard rail, momento en el que según la fiscalía habría descartado el arma. También explicó por qué ocultó el presunto forcejeo en la versión de los hechos que le dio a los policías que la auxiliaron, diciendo que fue Chiamino quien le pidió que no dijera nada.

A continuación fue el turno de la víctima, quien ratificó todo lo que dijo dos días después del hecho, cuando se enteró por los peritos y la familia que los tiros no habían venido de afuera.


También pasaron por la sala de debate los policías que auxiliaron a la víctima en la ruta y lo trasladaron al hospital, quienes narraron la versión de los hechos brindada por Ferreyra ese día; y el verdulero que vio a Ferreyra bajar del Siena mientras seguía al patrullero rumbo al hospital, momento en el cual la vio hablar por teléfono y arrimarse al barranco. Según la acusación, fue allí cuando Ferreyra descartó el arma y los casquillos.



Por último, un perito balístico explicó las conclusiones a las que arribó en base a la dirección del disparo. En particular, detalló que la víctima no podía sufrir un disparo en la nuca de izquierda a derecha si estaba forcejeando, que si hubo forcejeo el tirador debió quedarse con el arma y la víctima darle la nuca para que la bala hiciera la trayectoria que describían los datos médicos.

La defensa también presentó la declaración de un policía y de un perito médico de parte, quien relativizó la presunción de trayectoria y la secuela de disminución auditiva presentadas por los expertos de la acusación.

La decisión

Al llegar a los alegatos, la fiscalía sostuvo su acusación por tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La defensa, por su parte, solicitó que Ferreyra fuera declarada no culpable, al sostener que si hubiera tenido intención de matar, podía completar su tarea en ese lugar donde no había nadie, y en cambio lo llevó hasta la ruta y paró un patrullero para pedir ayuda.

El juez Alfredo De Leonardis decidió incluir en las instrucciones finales al jurado todos los delitos menores incluidos que el jurado razonablemente podría considerar acreditados en base a las pruebas producidas. En ese sentido, además de la tentativa de homicidio y de la posibilidad de no culpable solicitada por las partes, instruyó al jurado sobre otras calificaciones como lesiones graves, lesiones leves, abuso de armas y lesiones culposas.

El jurado, tras recibir las detalladas instrucciones del juez, analizar la prueba y deliberar, optó por uno de esos delitos menores incluidos, emitiendo un veredicto condenatorio por lesiones graves. En otras palabras: fue Ferreyra quien le disparó intencionalmente y lo lesionó gravemente, pero no tuvo intención de matarlo.

La razonada decisión del jurado fue producto de un arduo litigio, gracias al destacable trabajo realizado por todas las partes: el fiscal Guillermo Nicora, la representante del particular damnificado Silvia Pinar y la defensora oficial Laura Solari. Vale señalar que fue el primer juicio por jurados que la defensa pública enfrenta en Mar del Plata, logrando en este caso evitar que su defendida sea condenada por tentativa de homicidio.

Ferreyra había llegado a juicio bajo arresto domiciliario, el cual se le había concedido por sus problemas de salud. Ahora, seguirá en esa situación hasta que se realice la audiencia de cesura, en donde el juez determinará el monto de la pena.

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