AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

jueves, 4 de julio de 2019

LOMAS DE ZAMORA: No culpable en caso de abuso sexual

Un jurado de Lomas de Zamora absolvió ayer a Oscar Fabio Cáceres de dos hechos diferentes de abuso sexual. La prueba de cargo, durante el debate, se cayó por completo.

Comisaría 8va Lomas de Zamora

Los Hechos

El primer hecho, ocurrido en octubre de 2017, fue la tentativa de acceso carnal de su hijastra de 12 años de edad.

El segundo, estando ya en prisión preventiva por este delito, fue el de meterle un dedo en el ano a un preso sordomudo (también detenido por corrupción de menores), en la Comisaría 8va "Villa Galicia" de Lomas de Zamora. La víctima de este presunto abuso se llama Matías Jairo Castro

Santiago Márquez fue el juez del debate. Marcela Dimundo la fiscal y Mauricio Jalda el defensor oficial.

Durante el juicio, los peritos tuvieron que reconocer que la niña se había rectificado en la Cámara Gesell. "Fue todo mentira", afirmó.

Los mismos expertos dijeron que a Báez las pericias de personalidad le habían dado muy mal (rasgos psicopáticos, narcisistas y perversos), pero mucho peor eran las de la madre de la niña y denunciante original del hecho.

La fiscal Dimundo explicó que Báez no quiso saber nada con un abreviado y quiso ir sí o sí a juicio por jurados. Que todo era un invento y parte de una campaña en su contra.

La única chance de la fiscalía ante estos problemas probatorios era que que los psicólogos que atendieron a la niña en el Hospital Gandulfo no podían creer, cuando vieron la Cámara Gesell, que la niña dijera que era todo mentira. Para ellos, ella decía la verdad. 

Pero, en el juicio, la Cámara Gesell fue terminante. 

El acusado negó de plano todos los hechos ante el jurado y se comprobó el estado de hacinamiento inhumano de la Comisaría 8va. Además, el preso sordomudo sostuvo que ni siquiera recordaba bien la existencia del tocamiento inverecundo.

El jurado lo declaró no culpable de los dos hechos.