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AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

miércoles, 10 de junio de 2020

NEUQUÉN: Se reanudan los juicios por jurados tras el coronavirus con el femicidio de Cielo López

La imponente movilización en Plottier por Cielo López.

En una muestra de respeto a las instituciones republicanas y a la Constitución Nacional, la provincia de Neuquén se convirtió en el primer distrito del país en reanudar la celebración presencial de los juicios por jurados, luego de tres meses de parálisis del sistema judicial por la pandemia del virus COVID-19.

Se juzgará por jurados (con toda probabilidad a fin de julio) ni más ni menos que el femicidio de Cielo López, que conmovió a todo el país. Se juzgará a Alfredo Escobar, acusado en 2019 de haber violado, asesinado y arrojado al Río Limay a Cielo López en la localidad de Plottier.

De este modo, la culpabilidad o no del acusado de este aberrante crimen será definida de acuerdo a un proceso acorde la Constitución Nacional: por un jurado popular.




El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Neuquén, tras la finalización de la ASPO por el coronavirus y la entrada en la fase DISPO (distanciamiento social), decidió reanudar la celebración de los juicios por jurados y de todas las audiencias públicas en todo el territorio provincial.

El TSJ emitió ayer el decreto y anunció que la semana que viene estarán listos los tres protocolos sanitarios de actuación (circulación de público en los tribunales y el manejo adecuado por las OFIJU de testigos, jurados y público en general).


El TSJ de Neuquén, en reunión con el Gobernador

La decisión de Neuquén (una vez más pionera en materia de jurado clásico y marcando el camino a seguir en el país) se alinea con lo que viene sucediendo en países con siglos de tradición juradista, como Escocia e Inglaterra y Gales.

Los países británicos han tenido miles de muertos y contagiados por el coronavirus pero, a pesar de la excepcional paralización de la actividad judicial, han reanudado desde hace dos semanas los juicios por jurados, bajo la adopción de estrictas pautas y protocolos tendientes a garantizar la salud de las personas intervinientes, pero sin mermar un ápice el margen de garantías y estándares de calidad propios de este sistema de enjuiciamiento.

“La vida continúa, y debemos ser capaces de diseñar estrategias para mantener una alta calidad institucional en la vida democrática, preservando la salud pero sin ceder al miedo que paraliza”, sostuvo Alfredo Pérez Galimberti, vicepresidente del INECIP, en una columna publicada ayer en el diario Río Negro.


Sala de juicio por jurados de la ciudad judicial del Neuquén

Como lo expresa la columna del diario Ámbito Financiero, es inevitable destacar el contraste entre Neuquén y su provincia vecina, Río Negro, donde se pretende votar por ley la suspensión de los juicios por jurados por un año con la excusa del coronavirus. 

No sólo esta iniciativa aparece claramente como una “avivada” de quienes nunca han querido el juicio por jurados, sino que se trata de un proyecto que es notoriamente inconstitucional. Ni los legisladores provinciales ni los nacionales tienen facultades para suspender o derogar el juicio por jurados. Sólo se puede hacer mediante reforma de la propia Constitución. De tal modo, ninguna ley puede sacar a los acusados y sociedad de sus jueces naturales (los jurados) y obligarlos a ser juzgados por  jueces técnicos, contra la letra expresa de la Constitución (art. 118 CN).

Desde un ángulo opuesto (y con otra calidad institucional, sin ningún lugar a dudas), el TSJ de Neuquén adoptó una decisión que debe ser celebrada, pues implica un respeto absoluto por los valores constitucionales, sin por ello perder un ápice de pragmatismo atento la situación del COVID-19.

Por ejemplo, véase esta parte del decreto del TSJ de Neuquén, para contrastarla con la actitud de su par rionegrino: "Que mientras dure la situación de emergencia sanitaria y a efectos de resguardar la integridad física de las personas que sean designadas como jurados, la Oficina Judicial deberá excluir de las personas sorteadas (art. 197 del CPP) a aquellas que al momento del juicio tengan 60 años de edad o más".

Elemental. Esto es trabajar seriamente, con sensatez  y con respeto a la Constitución.


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