Daniel Erbetta, en su doble condición de juez de la Suprema Corte de Justicia de Santa Fe y destacado profesor titular de derecho penal en la Universidad Nacional de Rosario (UNR), fue convocado a la Convención Constituyente que dictará la nueva Constitución de Santa Fe y les pidió a los constituyentes que el futuro artículo 9° -donde se establecen las garantías individuales de las personas- establezca el jurado clásico en materia penal y civil y quede redactado de la siguiente manera:
"Las causas criminales serán siempre juzgadas por tribunales de jurados formado por doce personas que se integrará en partes iguales por mujeres y varones, con un veredicto general y definitivo que se expresará de forma unánime.
La ley establecerá el jurado para los casos civiles, en las mismas condiciones que el jurado penal.
Asimismo, y en cualquier caso, se implementarán los juicios orales y públicos en todos los demás procesos judiciales bajo las condiciones que establezcan las leyes respectivas".
Santa Fe es, de las cuatro grandes provincias argentinas, la más adelantada hoy en el país en su sistema de enjuiciamiento penal. De ser el último reservorio del proceso inquisitivo puro en Latinoamérica, Santa Fe experimentó un cambio fascinante en pocos años y hoy exhibe gallardamente un proceso penal acusatorio, 100% oral y público en todas sus etapas, con colegios de jueces y división del MPF y del MPD y el recientemente implementado juicio por jurados (ver).
El sistema, aun con todas las lógicas dificultades culturales y las tensiones políticas, es un éxito indiscutible y ha acortado dramáticamente los tiempos del proceso penal. Vaya esto para los reaccionarios que todavía sostienen que un sistema pleno de audiencias orales y con jurados sólo es posible "en provincias chicas como las patagónicas sin población".
Por eso, ha llegado el tiempo en Santa Fe de darle una protección constitucional fuerte al juicio por jurados clásico, a sus notas esenciales -veredicto general unánime y con firmeza- al sistema acusatorio y a la oralidad plena en todos los fueros. Del mismo modo en que lo han hecho la 5°, 6° y 7° Enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos de 1787.
Por eso, que uno de los jueces supremos más prestigiosos del país haya sido convocado y atentamente escuchado por el pleno de la Convención con esta propuesta de artículo 9° tan de avanzada es un dato político mayúsculo para la futura Constitución y para el derecho público argentino.
Daniel Erbetta siempre ha defendido públicamente -tanto como juez como profesor- el sistema acusatorio por jurados que ordena el artículo 118 de la Constitución Nacional (ver) y ahora se ha puesto al hombro la cruzada para que la Constitución de Santa Fe sea líder en la materia en la República Argentina.
Su propuesta tuvo inmediata repercusión mediática y aquí se explaya con más detalle en una entrevista al programa de TV Aire de Santa Fe.
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Texto de la propuesta de Erbetta a la Convención Constituyente |
"Nos pidieron una ampliación, ya habíamos informado sobre el artículo 9°, básicamente la necesidad de contemplar cuatro grandes lineamientos".
"Uno vinculado a la forma de los juicios. Nosotros creemos que la Constitución debe prever la necesidad del juicio por jurados populares, la participación ciudadana en la justicia, que es una forma de democratizar la justicia, pero no sólo para los juicios criminales, sino también para cualquier otro tipo de juicios, como ocurre, por ejemplo, en la provincia de Chaco con el jurado civil. Y además referenciando que la propia Constitución Nacional tiene tres artículos vinculados al juicio por jurados populares y solamente en uno refiere a los juicios criminales. En los otros dos la Constitución Nacional ya había previsto la posibilidad, como su fuente es la de Estados Unidos, de que el jurado pueda intervenir en asuntos no penales. Cierto que no todos los juicios se van a poder hacer por jurados populares, pero por eso también propusimos la necesidad de establecer que en cualquiera de los de los fueros los juicios deben llevarse a cabo a través de un sistema del sistema de audiencias públicas y orales. Es decir, esto es reivindicar un sistema de justicia pública a través del sistema de audiencia, como ocurre hoy en el fuero penal".
¿Qué evaluación hace hasta acá de lo que ha pasado con la convención?
"Hasta ahora yo he tenido dos oportunidades de intervenir, tanto como ministro de la Suprema Corte y ahora como profesor universitario, acerca del artículo 9°. La verdad que hemos encontrado mucha receptividad. En muchos los proyectos se reflejan algunas de estas cuestiones que estamos planteando. Yo creo que los convencionales -que no necesariamente tienen que ser expertos en derecho- escuchen a las personas vinculadas a este tipo de cuestiones también les va a permitir a ellos fundamentar eh sus decisiones. Me da la impresión de que es un momento histórico, un momento importante".
"Yo creo que así como los jurados populares tampoco son expertos en derecho y sin embargo toman decisiones muy acertadas, yo confío en que los convencionales obviamente están asumiendo con una gran responsabilidad institucional este momento histórico para Santa Fe. Y si me permito señalar solamente que obviamente el mayor grado de legitimidad que puede tener una Constitución como la Carta de Navegación para los ciudadanos y ciudadanas santafesinos es tratar de alcanzar el más alto nivel de consenso. Eso es lo que a una Constitución le da un fuerte componente de legitimidad".