AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 26 de septiembre de 2025

“Disminuir la competencia del jurado es una regresión gravísima y que afecta derechos constitucionales”, sostuvo Silvina Manes, presidenta de la AAJJ)

 


No paran de llover críticas desde todos los sectores contra el ataque sistemático al juicio por jurados que se desarrolla por estos días en Entre Ríos, con eje en un proyecto de ley para reducir su competencia y con el fallo que dictó la Cámara de Casación de Paraná para revisar absoluciones del jurado (ver).

Silvina Manes, presidenta de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ), se pronunció en diálogo con Canal 9 Litoral sobre el debate en Entre Ríos en relación con la limitación de los juicios por jurados y, además, abordó el polémico fallo de la Cámara de Casación que habilitó la posibilidad de recurrir los veredictos absolutorios (o de no culpabilidad) dictados por un jurado popular. 

Lo hizo tras visitar Paraná con ocasión del XX Encuentro Anual de la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal (AAPDPP), que sacó un comunicado contundente en contra de los ataques al sistema de jurados por parte de estos sectores reaccionarios (ver).

La Asociación Argentina de Juicio por Jurados ha sostenido seis principios intangibles de las leyes de jurados, como son el número de doce, el veredicto general unánime (para condenar o absolver), una audiencia de voir dire, instrucciones del juez sobre la ley, un nuevo juicio en caso de no unanimidad y un veredicto inapelable en caso de absolución.

Manes recordó que uno de los principios sostenidos por la asociación es el de la competencia amplia. Según la Constitución Nacional (CN), todos los delitos criminales deberían terminar en jurados. Si bien reconoce que en la etapa inicial el legislador ha elegido algunos delitos para ser juzgados por jurados y que el camino debe ser la ampliación, consideró que disminuir la competencia es una “regresión gravísima”.

Esta disminución afecta derechos constitucionales. Manes advierte a los legisladores que, si reducen la competencia del jurado —es decir, la intervención del pueblo en el poder más grave que tiene el Estado, que es el poder penal—, están afectando directamente la Constitución Nacional.

Al abordar el fallo que permite recurrir los veredictos de no culpabilidad, Manes se mostró sorprendida. Ella describió este fallo como “absolutamente regresivo” y sostuvo que “va al corazón del juicio por jurado para destruirlo”.

Expresó la esperanza de que la Corte Provincial mantenga su jurisprudencia y revoque con rapidez dicho fallo. Si bien la víctima cuenta con todo el proceso y todas las garantías convencionales (mencionando Belén do Pará, entre otras) para actuar y exponer ante los 12 ciudadanos que el hecho fue un delito cometido por el imputado, Manes enfatizó que cuando 12 ciudadanos dicen unánimemente que el acusado no es culpable, la persecución penal se termina.

Pretender revisar el veredicto de no culpabilidad incurre en otra afectación constitucional: permitir el doble juzgamiento. Dar a los fiscales la posibilidad de recurrir veredictos emitidos por el pueblo soberano significa permitir la “persecución ad infinitum” en contra de la voluntad popular.



Encuentro de Profesores de Derecho Procesal Penal

Los Profesores de Derecho Procesal Penal de Argentina  se reunieron en Paraná y defendieron el Juicio por Jurados.

La Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal (Aapdpp) ratificó en el XX Encuentro anual que se realizó en Paraná, su “firme adhesión a la plena implementación y funcionamiento del juicio por jurados en la República Argentina”. Respecto de Entre Ríos, cuestionó el fallo que dictó la inconstitucionalidad de la irrecurribilidad del veredicto de no culpabilidad. También lo hizo con el proyecto oficial que pretende limitar el ámbito de delitos.

El instituto de Juicio por Jurados en Entre Ríos recibió un sólido respaldo en momentos en que su desempeño está siendo revisado en la Legislatura provincial. Se trata de un proyecto de ley del Poder Ejecutivo que pretende reformar la ley de Juicio por Jurados. El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados en julio de 2025 y está en tratamiento en el Senado.

En un comunicado, la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal (Aapdpp) ratificó su compromiso con la herramienta que permite la participación ciudadana en la resolución de conflictos penales, limitada a una serie de delitos. 

Así, en un comunicado se sostuvo que “concluyendo el XX Encuentro anual, en Paraná,  la Aapdpp expresa públicamente su firme adhesión a la plena implementación y funcionamiento del juicio por jurados en la República Argentina, en consecuencia con el mandato constitucional y los principios democráticos que inspiran nuestro sistema de justicia”.

La Asociación destacó que “el juicio por jurados constituye una herramienta esencial para garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia, reforzar la transparencia y la legitimidad de las decisiones judiciales y profundizar el compromiso cívico con el Estado de Derecho”.

Crítica velada a la Casación

Desde la Aapdpp se expresó que “en este sentido, destacamos la indiscutible importancia de la irrecurribilidad del veredicto de no culpabilidad dictado por el jurado, garantía que resguarda de manera efectiva el principio de non bis in ídem y que asegura que ningún ciudadano sea perseguido penalmente más de una vez por los mismos hechos. Este aspecto, inherente al modelo constitucional de jurados, reafirma la centralidad de la voz ciudadana en el proceso penal y la fortaleza en el sistema acusatorio”.

El lunes 15 la Cámara de Casación de Paraná, por una mayoría dividida, resolvió rechazar el recurso de apelación de la defensa de un hombre que fue hallado no culpable del delito de abuso sexual por un jurado popular y declaró la inconstitucionalidad del artículo de la Ley de Juicio por Jurados que sostiene la irrecurribilidad de un veredicto absolutorio. 

La Aapdpp manifestó también su “enérgico repudio a toda iniciativa que intente restringir o retrotraer el ámbito de aplicación del juicio por jurados, limitando los delitos comprendidos en su competencia, tal como se ha planteado recientemente en la provincia de Entre Ríos”.

Ante aquel escenario, se señaló: “Consideramos que tales medidas implican un retroceso contrario a los avances logrados en materia de democratización de la justicia penal y afectan directamente la consolidación de un derecho constitucional de raigambre histórica y transcendencia institucional”.

Finalmente se expresó: “Desde nuestra Asociación ratificamos nuestro compromiso con la defensa irrestricta del juicio por jurados y exhortamos a las autoridades provinciales y nacionales a profundizar su implementación, evitando toda regresión que lesione derechos consagrados y conquistas democráticas”.